Recursos 781-2009. Recursos de casación en los juicios seguidos en contra de las siguientes personas: Eduardo Fabián Castellanos Gómez

Número de Boletín21-Edición Especial
SecciónRecursos
EmisorCorte Nacional de Justicia Segunda Sala de lo Penal
Fecha de la disposición12 de Octubre de 2009

JUICIO PENAL No. 513-2009, SEGUIDO EN CONTRA DE EDUARDO FABIAN CASTELLANOS GÓMEZ, COMO AUTOR DEL DELITO TIPIFICADO Y SANCIONADO EN EL ART. 76 DE LA LEY DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRES, VIGENTE A LA FECHA DE LA PERPETRACIÓN DEL DELITO, CON LA CONCURRENCIA DE LA CIRCUNSTANCIA AGRAVANTE CONTEMPLADA EN EL LITERAL b) DEL ART. 70 IBIDEM.

No. 781-2009

CORTE NACIONAL DE JUSTICIA

SEGUNDA SALA DE LO PENAL

Quito, a 12 de octubre de 2009, las 15h25.

VISTOS: Avocamos conocimiento de la presente causa en calidad de Jueces de la Segunda Sala de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia.- En lo principal, el recurrente Eduardo Fabián Castellanos Gómez, interpone recurso de casación de la sentencia dictada por la Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Cotopaxi, del delito tipificado y sancionado en el Art. 76 de la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre vigente a la fecha de perpetrado el delito, con la concurrencia de la circunstancia agravante contemplada en el literal b) del Art. 70 ibídem, imponiéndole la pena de dos años de prisión ordinaria. Concluido el trámite y siendo el estado de la causa, el de resolver, para hacerlo se considera: PRIMERO: Esta Segunda Sala Especializada de lo Penal es competente para conocer y resolver este recurso de casación, en virtud del Art. 184 de la Constitución Política de la República del Ecuador, vigente a partir del 20 de octubre de 2008, publicada en el Registro Oficial No. 449; por lo dispuesto en los literales a) y b) del numeral 4 de la Sentencia Interpretativa: 001-08-SI-CC, de fecha 28 de noviembre de 2008, dictada por la Corte Constitucional de la República, publicada en el Registro Oficial No. 479, de 2 de diciembre de 2008; por el Art. 349 del Código de Procedimiento Penal y por sorteo de 10 de febrero de 2009. SEGUNDO: A fojas 4 a 4 vta. del cuadernillo de casación, el recurrente Eduardo Fabián Castellanos Gómez, realiza un análisis desde su particular punto de vista de las actuaciones probatorias practicadas en esta causa y a continuación fundamenta el recurso de casación expresando en lo principal: Que se han infringido los Arts. 70 literal b) y 76 de la Ley de Tránsito, Arts. 85 y 86 del Código de Procedimiento Penal porque ha existido aplicación indebida, falta de aplicación y errónea interpretación de normas de derecho y que no es el responsable del presunto delito del que se le acusado. TERCERO: El señor Representante del Ministerio Público, contestando el traslado con la fundamentación del...

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