Resoluciones SENAE-DGN-2013-0127-RE. Expídese el procedimiento documentado denominado. 'SENAE-ME-3-2-002-V3 Manual Especí-fico para la Gestión de Hojas de Cambio'

Número de Boletín952
SecciónResoluciones
EmisorServicio Nacional de Aduana del Ecuador
Fecha de la disposición23 de Abril de 2013

Guayaquil, 23 de abril de 2013

SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL

ECUADOR

DIRECCIÓN GENERAL

Considerando:

Que el numeral 3 del artículo 225 de la Constitución de la República del Ecuador expresamente señala que son entidades del Sector Público, los organismos y entidades creados por la Constitución o la ley para el ejercicio de la potestad estatal, para la prestación de servicios públicos o para desarrollar actividades económicas asumidas por el Estado.

Que el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador señala que la administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación.

Que en el Capítulo I, Naturaleza y Atribuciones, Título IV de la Administración Aduanera, regulado en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 351 del 29 de diciembre de 2010, se señala: "El servicio de aduana es una potestad pública que ejerce el Estado, a través del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, sin perjuicio del ejercicio de atribuciones por parte de sus delegatarios debidamente autorizados y de la coordinación o cooperación de otras entidades u órganos del sector público, con sujeción al presente cuerpo legal, sus reglamentos, manuales de operación y procedimientos, y demás normas aplicables…".

Que, de conformidad a las competencias y atribuciones que tiene el Director General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, se encuentra determinado en el literal l) del Art. 216 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones,

"… l. Expedir, mediante resolución los reglamentos, manuales, instructivos, oficios circulares necesarios para la aplicación de aspectos operativos, administrativos, procedimentales, de valoración en aduana y para la creación, supresión y regulación de las tasas por servicios aduaneros, así como las regulaciones necesarias para el buen funcionamiento de la administración aduanera y aquellos aspectos operativos no contemplados en este Código y su reglamento…"

Que, mediante Decreto Ejecutivo Nº 934, de fecha 10 de noviembre del 2011, el Econ. Xavier Cárdenas Moncayo, fue designado Director General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, de conformidad con lo establecido en el artículo 215 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones; y el artículo 11, literal d) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva

En tal virtud, el Director General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, en ejercicio de la atribución y competencia dispuesta en el literal l) del artículo 216 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 351 del 29 de diciembre de 2010,

Resuelve:

PRIMERO.- Expedir el procedimiento documentado denominado. "SENAE-ME-3-2-002-V3 Manual Específico para la Gestión de Hojas de Cambio".

SEGUNDO.- Se deja sin efecto el documento: "Manual Específico para la Gestión de las Hojas de Cambio emitidas por

las áreas de Dirección de los Distritos Aduaneros y de las Direcciones Nacionales del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador", publicado en el Registro Oficial No. 637, de fecha 09 de febrero de 2012.

DISPOSICIÓN FINAL

Notifíquese del contenido de la presente Resolución a las Subdirecciones Generales, Direcciones Nacionales, Direcciones Distritales y Direcciones Técnicas de Área del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.

Publíquese en la Página Web del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador y encárguese a la Dirección de Secretaría General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador el formalizar las diligencias necesarias para la publicación de la presente resolución junto con el referido "SENAE-ME-3-2-002-V3 Manual Especifico para la Gestión de Hojas de Cambio", en el Registro Oficial.

La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado en el Despacho Principal de la Dirección General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, en la ciudad de Santiago de Guayaquil.

f.) Econ. Pedro Xavier Cárdenas Moncayo, Director General.

MANUAL ESPECÍFICO PARA LA GESTIÓN DE HOJAS DE CAMBIO Código: SENAE-ME-3-2-002 Versión: 3 Fecha: Abril/2013 Página 1 de 17

SENAE-ME-3-2-002-V3

MANUAL ESPECÍFICO PARA LA GESTIÓN DE HOJAS DE CAMBIO

ABRIL 2013

HOJA DE RESUMEN

Descripción del documento:
Este documento detalla el procedimiento para la gestión de hojas de cambio
Objetivo:
Definir y estandarizar las actividades necesarias para la gestión de las hojas de Cambio.
Elaboración / Revisión / Aprobación

Nombre / Cargo / Firma / Fecha Área Acción
X Econ. Andrés Navarro Analista de Mejora Continua y Normativa Dirección Nacional de Mejora Continua y Tecnologías de la Información Elaboración
X Ing. Alberto Galarza Hernández Jefe de Calidad y Mejora Continua Dirección Nacional de Mejora Continua y Tecnologías de la Información Revisión
X Ing. Javier Morales Vélez Director de Mejora Continua y Tecnologías de ... Dirección Nacional de Mejora Continua y Tecnologías de la Información Revisión
X Ing. Luis Villavicencio Franco Director Nacional de Mejora Continua y Tecnol... Dirección Nacional de Mejora Continua y Tecnologías de la Información Aprobación

Elaboración / Revisión / Aprobación:
Versión Fecha Razón Responsable
3 Abril 2013 Actualización de acuerdo a nueva operativa. Econ. Andrés Navarro
2 Agosto 2011 Inclusión de actividades del área de base de datos y nueva estructura orgánica funcional. Econ. Andrés Navarro
1 Febrero 2011 Versión Inicial Econ. Andrés Navarro

ÍNDICE

  1. OBJETIVO

  2. ALCANCE

  3. RESPONSABILIDAD

  4. NORMATIVA VIGENTE

  5. CONSIDERACIONES GENERALES

  6. PROCEDIMIENTO

  7. FLUJOGRAMA

  8. INDICADORES

  9. Anexos

  10. OBJETIVO

    Definir y estandarizar las actividades necesarias para la gestión de las hojas de cambio, elaboradas por las diversas Jefaturas y Direcciones Técnicas de Área de los Distritos Aduaneros y de las Direcciones Nacionales; y aprobadas por los Directores Distritales, Directores Nacionales, Subdirector de Zona de Carga Aérea, Directores de Despacho y Directores de Zona Primaria del Distrito de Guayaquil Marítimo; mediante las cuales se dispone a la Dirección Nacional de Mejora Continua y Tecnología de la Información, del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, realizar un registro o corrección en la información que consta en el sistema informático de la Aduana, que permita darle continuidad a un proceso paralizado por efecto de un evento no contemplado en el sistema informático; a fin de mejorar los tiempos de atención y la determinación de cambios frecuentes que sirvan para realizar mejoras al sistema.

  11. ALCANCE

    Este manual está dirigido a los servidores aduaneros: Técnicos Operadores, Jefes de Procesos Aduaneros, Directores Técnicos de Áreas de los Distritos Aduaneros, Directores Distritales, Subdirector de Zona de Carga Aérea, servidores de las Direcciones Nacionales y Directores Nacionales, que requieran realizar algún registro o corrección que debe constar en la información existente en el sistema informático de la Aduana y que guarda relación con el área de su competencia; y, a los servidores aduaneros Analistas Informáticos de la Dirección Nacional de Mejora Continua y Tecnologías de la Información, de la Dirección General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, encargados de atender dichos registros o correcciones. El proceso inicia con la necesidad del registro o corrección, comprende las actividades de elaboración, comunicación, atención y ejecución de las Hojas de Cambio y finaliza con la respuesta a la necesidad del cambio.

  12. RESPONSABILIDAD

    Los servidores aduaneros Técnicos Operadores, Jefes de Procesos Aduaneros, Directores Técnicos de Área de los Distritos Aduaneros y servidores de las Direcciones Nacionales de la Aduana, en adelante para el presente documento...

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