Resoluciones. SENAE-DDG-2019-0074-RE Referencia al Procedimiento Simplifi cado para Facilidades de Pago en las Obligaciones Aduaneras

Número de Boletín453
SecciónResoluciones
EmisorServicio Nacional de Aduana del Ecuador - Senae
4 – Lunes 25 de marzo de 2019 Suplemento – Registro O cial Nº 453
Comuníquese.
Dado en Azogues, a 06 de febrero del 2019.
f.) Dr. Melvin Alvarado Ochoa, Director Provincial del
Ambiente de Cañar.
Nro. SENAE-DDG-2019-0074-RE
Guayaquil, 12 de marzo de 2019.
SERVICIO NACIONAL
DE ADUANA DEL ECUADOR
Adjunto a la presente sírvase encontrar resolución No.
SENAE-SENAE-2019-0015-RE, suscrita por la Ab.
Maria Alejandra Muñoz Seminario, Directora General del
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador de fecha 11 de
marzo de 2019, en el cual hace referencia al procedimiento
simpli cado para Facilidades de Pago en las obligaciones
Aduaneras, comunicando lo siguiente:
“...DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA.- A las liquidaciones relacionadas a tributos,
intereses y recargos determinados en un control posterior,
procedimientos de ejecución coactiva y multas que
correspondan a una autorización de facilidades de pago,
no les será aplicable lo dispuesto en la resolución Nro.
SENAE-SENAE-2018-0168-RE sobre “Requisitos para
Transmitir Declaraciones Aduaneras en el Sistema
Informático Ecuapass”.
SEGUNDA.- Es responsabilidad de las Direcciones
Distritales mantener actualizada la información de los
procesos coactivos y de las garantías noti cadas para
el cobro en el sistema informático Ecuapass, dicha
información permitirá conocer si el OCE o deudor cuenta
con un impedimento para acceder a las facilidades de
pago.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
ÚNICA.- Deróguese la Resolución Nro. SENAE-DGN-
2016-0068-RE “Expedir el Procedimiento General para
Otorgar Facilidades de Pago sobre Bienes de Capital que
Incrementen el Activo Fijo del Operador de Comercio
Exterior” de fecha 18 de enero de 2016, y sus reformas.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA: Notifíquese del contenido de la presente
resolución a las Subdirecciones Generales, Direcciones
Nacionales, Direcciones Distritales y Direcciones
Técnicas de Área del Servicio Nacional de Aduanas
del Ecuador. Publíquese en la página web del Servicio
Nacional de Aduana del Ecuador para su difusión.
SEGUNDA: La presente resolución entrará en vigencia a
partir de su publicación en el Registro O cial.
TERCERA: Encárguese a la Secretaría General de la
Dirección General del Servicio Nacional de Aduana del
Ecuador, el formalizar las diligencias necesarias para
la publicación de la presente resolución en el Registro
O cial...”
Por lo antes expuesto, se anexa lo indicado para su
cumplimiento de acuerdo a ley.
Documento rmado electrónicamente
Ing. Rodolfo Antonio Arce Ramirez, Director Distrital
Guayaquil.
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR-
SENAE.- Dirección Distrital Guayaquil.- Dirección de
Secretaría General.- Jefatura de Documentación y Archivo.-
Certi co: Que este documento, es el re ejo del documento
electrónico que se encuentra almacenado en el Sistema de
Gestión documental QUIPUX.- f.) Ilegible.- 12 de marzo
de 2019.
No. PLE-TCE-1-22-03-2019-EXT
El Pleno del Tribunal Contencioso Electoral, con
los votos a favor del doctor Joaquín Viteri Llanga,
Presidente; doctora María de los Ángeles Bones Reasco,
Vicepresidenta; doctor Arturo Cabrera Peñaherrera;
doctora Patricia Guaicha Rivera; y, doctor Ángel Torres
Maldonado, resolvió aprobar la siguiente resolución:
EL PLENO DEL TRIBUNAL
CONTENCIOSO ELECTORAL
Considerando:
Que, la Constitución de la República del Ecuador
determina que la Función Electoral debe garantizar el
ejercicio de los derechos políticos que se expresan a través
del sufragio así como los referentes a la organización
política de la ciudadanía;
Que, el Tribunal Contencioso Electoral se rige, entre
otros, por los principios de autonomía, independencia,
publicidad, transparencia, equidad, celeridad y probidad;
Que, de conformidad con los artículos 221 de la
Constitución de la República y 70 del Código de la
Democracia, el Tribunal Contencioso Electoral, debe
conocer y resolver los recursos electorales contra los
actos del Consejo Nacional Electoral y de los organismos
desconcentrados, así como está facultado para expedir las
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