Resoluciones. SENAE-SENAE-2021-0070-RE Expídese la actualización de los procedimientos documentados 1. SENAE-ISIE-2-6-022-V2: Instructivo de Sistemas para Rendimiento de los Sujetos a Control en Tiempo Real

Número de Boletín478
SecciónResoluciones
EmisorServicio Nacional de Aduana del Ecuador - Senae
Registro Ocial - Segundo Suplemento Nº 478
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Martes 22 de junio de 2021
Resolución Nro. SENAE-SENAE-2021-0070-RE
Guayaquil, 20 de mayo de 2021
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR
LA DIRECCIÓN GENERAL
CONSIDERANDO
Que, el numeral 3 del artículo 225 de la Constitución de la República del Ecuador expresamente
señala que son entidades del Sector Público, los organismos y entidades creados por la Constitución
o la ley para el ejercicio de la potestad estatal, para la prestación de servicios públicos o para
desarrollar actividades económicas asumidas por el Estado;
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador señala que la administración
pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia,
calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación,
transparencia y evaluación;
Que, en el Capítulo I, Naturaleza y Atribuciones, Título IV de la Administración Aduanera,
Suplemento del Registro Oficial No. 351 del 29 de diciembre de 2010, se señala: “El servicio de
aduana es una potestad pública que ejerce el Estado, a través del Servicio Nacional de Aduana del
Ecuador, sin perjuicio del ejercicio de atribuciones por parte de sus delegatarios debidamente
autorizados y de la coordinación o cooperación de otras entidades u órganos del sector público,
con sujeción al presente cuerpo legal, sus reglamentos, manuales de operación y procedimientos, y
demás normas aplicables...”;
Que de conformidad a las competencias y atribuciones que tiene el Director General del Servicio
Nacional de Aduana del Ecuador, se encuentra determinado en el literal l) del Art. 216 del Código
Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, “l) Expedir, mediante resolución los
reglamentos, manuales, instructivos, oficios circulares necesarios para la aplicación de aspectos
operativos, administrativos, procedimentales, de valoración en aduana y para la creación,
supresión y regulación de las tasas por servicios aduaneros, así como las regulaciones necesarias
para el buen funcionamiento de la administración aduanera y aquellos aspectos operativos no
contemplados en este Código y su reglamento...”;
Que, con requerimiento de desarrollo de sistemas “RE2019-0-002 Ponderación de factores de
riesgo asociados a la Declaración Aduanera de Importación”, se ejecutaron mejoras a las pantallas
“Adm. Factor de Riesgo por Sujeto de Control” y “Rendimiento de los Sujetos a Control en
Tiempo Real”.
Que, es menester actualizar los procedimientos, manuales e instructivos de aplicación interna y
externa, siempre que se implemente una mejora en el sistema informático Ecuapass, los cuales
serán de aplicación a nivel nacional y con carácter obligatorio; y,
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 1105 de fecha 21 de julio de 2020, la Ing. Andrea Colombo
Cordero fue designada Directora General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, de
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux
Segundo Suplemento Nº 478 - Registro Ocial
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Martes 22 de junio de 2021
Resolución Nro. SENAE-SENAE-2021-0070-RE
Guayaquil, 20 de mayo de 2021
conformidad con lo establecido en el artículo 215 del Código Orgánico de la Producción, Comercio
e Inversiones; y el artículo 11, literal d) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva,
En tal virtud, la Directora General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, en ejercicio de la
atribución y competencia dispuesta en el literal l) del artículo 216 del Código Orgánico de la
Producción, Comercio e Inversiones, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 351 del
29 de diciembre de 2010.
RESUELVE:
Artículo Único.- Expedir la actualización de los procedimientos documentados denominados:
1. SENAE-ISIE-2-6-022-V2: INSTRUCTIVO DE SISTEMAS PARA RENDIMIENTO DE
LOS SUJETOS A CONTROL EN TIEMPO REAL”.
2. SENAE-ISIE-2-6-027-V2: INSTRUCTIVO DE SISTEMAS PARA LA ADMINISTRACIÓN
DE FACTOR DE RIESGO POR SUJETO A CONTROL".
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
ÚNICA.- Se deja sin efecto los procedimientos documentados denominados:
1. SENAE-ISIE-2-6-022-V1: INSTRUCTIVO DE SISTEMAS PARA RENDIMIENTO DE
LOS SUJETOS A CONTROL EN TIEMPO REAL” expedido mediante Resolución Nro.
SENAE-DGN-2015-0685-RE de fecha 21 de agosto de 2015.
2. SENAE-ISIE-2-6-027-V1: INSTRUCTIVO DE SISTEMAS PARA LA
ADMINISTRACIÓN DE FACTOR DE RIESGO POR SUJETO A CONTROL"
expedido mediante Resolución Nro. SENAE-DGN-2015-0652-RE de fecha 7 de agosto de
2015.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro
Oficial.
SEGUNDA.- Encárguese a la Dirección de Secretaría General del Servicio Nacional de Aduana del
Ecuador, la publicación de la presente resolución junto al referido documento en el Registro
Oficial.
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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