Resoluciones. SENAE-SENAE-2021-0075-RE Expídese el procedimiento documentado: SENAE-MEE-2-2-010-V3: Manual específico para las mercancías que ingresan por sala internacional de pasajeros, expedido mediante Resolución Nro. SENAEDGN-2016-0102-RE de 29 de enero de 2016 y SENAE-MEE-2-2-009-V1: Manual específico para la devolución al exterior de mercancías en sala internacional de pasajeros, expedido mediante Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0244-RE de 30 de junio de 2013

Número de Boletín507
SecciónResoluciones
EmisorServicio Nacional de Aduana del Ecuador - Senae
Lunes 2 de agosto de 2021 Sexto Suplemento Nº 507 - Registro Ocial
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Resolución Nro. SENAE-SENAE-2021-0075-RE
Guayaquil, 21 de mayo de 2021
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR
LA DIRECCIÓN GENERAL
CONSIDERANDO
Que, el numeral 3 del artículo 225 de la Constitución de la República del Ecuador
expresamente señala: “Los organismos y entidades creados por la Constitución o la
ley para el ejercicio de la potestad estatal, para la prestación de servicios públicos o
para desarrollar actividades económicas asumidas por el Estado”;
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador señala que la “La
administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los
principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y
evaluación”;
Que, en el Capítulo I, Naturaleza y Atribuciones, Título IV de la Administración
Aduanera, regulado en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones,
publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 351 del 29 de diciembre de 2010, se
señala: El servicio de aduana es una potestad pública que ejerce el Estado, a través
del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, sin perjuicio del ejercicio de atribuciones
por parte de sus delegatarios debidamente autorizados y de la coordinación o
cooperación de otras entidades u órganos del sector público, con sujeción al presente
cuerpo legal, sus reglamentos, manuales de operación y procedimientos, y demás
normas aplicables...”;
Que, de conformidad a las competencias y atribuciones que tiene el Director General del
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, se encuentra determinado en el literal l) del
Art. 216 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, “l) Expedir,
mediante resolución los reglamentos, manuales, instructivos, oficios circulares
necesarios para la aplicación de aspectos operativos, administrativos, procedimentales,
de valoración en aduana y para la creación, supresión y regulación de las tasas por
servicios aduaneros, así como las regulaciones necesarias para el buen funcionamiento
de la administración aduanera y aquellos aspectos operativos no contemplados en este
Código y su reglamento...”;
Que, mediante Resolución Nro. SENAE-SENAE-2017-0345-RE del 09 de mayo de
2017, se expidió el “Procedimiento general para el despacho de equipaje de pasajeros y
tripulantes que ingresan o salen de los aeropuertos internacionales del Ecuador” que
regula el proceso general al que deben someterse los efectos personales y bienes
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux
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Resolución Nro. SENAE-SENAE-2021-0075-RE
Guayaquil, 21 de mayo de 2021
tributables que ingresan o salen de los aeropuertos internacionales del país, pertenecientes
a los pasajeros o tripulantes;
Que, mediante Resolución Nro. SENAE-SENAE-2017-0408-RE del 24 de mayo de
2017, se reformó la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2017-0345-RE que expidió el
“Procedimiento general para el despacho de equipaje de pasajeros y tripulantes que
ingresan o salen de los aeropuertos internacionales del Ecuador”;
Que, mediante Resolución Nro. SENAE-SENAE-2017-0348-RE del 10 de mayo de
2017, se expidió el “Procedimiento para la selección y el control de los pasajeros y su
equipaje en las salas internacionales de viajeros”, a través del cual se instituye el
procedimiento obligatorio para la selección y el control a través del Sistema de
Evaluación del Pasajero;
Que, mediante Resolución Nro. SENAE-SENAE-2017-0495-RE del 07 de julio de 2017,
se reformó la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2017-0348-RE que expidió el
“Procedimiento para la selección y el control de los pasajeros y su equipaje en las salas
internacionales de viajeros”;
Que, con requerimiento de desarrollo de sistemas Nro. PY2017-0-086, se implementó en
el sistema informático Ecuapass una herramienta tecnológica de detección no invasiva
denominada Sistema de Evaluación del Pasajero, que a través del escaneo del pasaporte
permite determinar el nivel de riesgo del pasajero y establecer el tipo de control al que
será sometido el equipaje del pasajero;
Que, es menester actualizar los procedimientos, manuales e instructivos de aplicación
interna y externa, siempre que se implemente una mejora en el sistema informático
Ecuapass, los cuales serán de aplicación a nivel nacional y con carácter obligatorio; y,
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 1105 de fecha 21 de julio de 2020, la Ing. Andrea
Colombo Cordero fue designada Directora General del Servicio Nacional de Aduana del
Ecuador, de conformidad con lo establecido en el artículo 215 del Código Orgánico de la
Producción, Comercio e Inversiones; y el artículo 11, literal d) del Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
En tal virtud, la Directora General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, en
ejercicio de la atribución y competencia dispuesta en el literal l) del artículo 216 del
Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, publicado en el Suplemento
del Registro Oficial No. 351 del 29 de diciembre de 2010.
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux
Lunes 2 de agosto de 2021 Sexto Suplemento Nº 507 - Registro Ocial
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Resolución Nro. SENAE-SENAE-2021-0075-RE
Guayaquil, 21 de mayo de 2021
RESUELVE:
Artículo 1.- Expedir la reforma del procedimiento documentado denominado:
SENAE-MEE-2-2-010-V4: MANUAL ESPECÍFICO PARA LAS MERCANCÍAS
QUE INGRESAN POR SALA INTERNACIONAL DE VIAJEROS.
Artículo 2.- Expedir la reforma del procedimiento documentado denominado:
SENAE-MEE-2-2-009-V2: MANUAL ESPECÍFICO PARA LA DEVOLUCIÓN
AL EXTERIOR DE MERCANCÍAS EN SALA INTERNACIONAL DE
VIAJEROS.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Única: Dejar sin efecto los procedimientos documentados denominados:
SENAE-MEE-2-2-010-V3: MANUAL ESPECÍFICO PARA LAS MERCANCÍAS
QUE INGRESAN POR SALA INTERNACIONAL DE PASAJEROS, expedido
mediante Resolución Nro. SENAE-DGN-2016-0102-RE de fecha 29 de enero de
2016.
SENAE-MEE-2-2-009-V1: MANUAL ESPECÍFICO PARA LA DEVOLUCIÓN
AL EXTERIOR DE MERCANCÍAS EN SALA INTERNACIONAL DE
PASAJEROS, expedido mediante Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0244-RE de
fecha 30 de junio de 2013.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su
publicación en el Registro Oficial.
SEGUNDA.- Encárguese a la Dirección de Secretaría General del Servicio Nacional de
Aduana del Ecuador la notificación del contenido de la presente Resolución y su anexo a
las Subdirecciones Generales, Direcciones Nacionales, Direcciones Distritales del
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.
TERCERA.- Encárguese a la Dirección de Secretaría General del Servicio Nacional de
Aduana del Ecuador el formalizar las diligencias necesarias para la difusión y
publicación de la presente en el Registro Oficial y en la Gaceta Tributaria.
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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