Senescyt, 2017-209 Refórmese El Estatuto Del Colegio De Contadores Del Azuay Y Su Codifi Cación
Fecha de disposición | 17 Noviembre 2017 |
Fecha de publicación | 17 Noviembre 2017 |
Número de Gaceta | 122 |
20 – Viernes 17 de noviembre de 2017 Registro Ofi cial Nº 122
Que mediante memorando No. SENESCYT-SDIC-
2017-0191-MI de 25 de abril de 2017, la Subsecretaría
de Investigación Científi ca, remite el Informe Técnico
de trámite No. SDIC-2017-233-CT, el cual recomienda
que: “[...] se aprueben las reformas estatutarias del Club
de Ciencia, Tecnología e Innovación del Ecuador [...]”
en razón que los fi nes establecidos en los literales u), v),
z), bb) y ff) se enmarcan dentro de las atribuciones de la
Subsecretaría;
Que mediante memorando No. SENESCYT-SFA-2017-
0256-M, de 26 de abril de 2017, la Subsecretaría de
Formación Académica remite el Informe Técnico No.
SFAP-DPRE-ITINT-035-2017, en el cual concluye
que: “[...] respecto de las reformas al Estatuto de la
“Corporación (sic) de Ciencia, Tecnología e Innovación
del Ecuador”, no interfi eren con los objetivos de educación
superior; sin embargo u considerando las atribuciones de
cada subsecretaría, se recomienda que el criterio lo emita la
Subsecretaría de Investigación Científi ca. [...]”;
Que mediante memorando No. SENESCYT-CGAJ-
DAJ-2017-0309-M de 14 de julio de 2017, el Director de
Asesoría Jurídica de la Secretaría de Educación Superior,
Ciencia, Tecnología e Innovación, emitió el informe
favorable para que se aprueben las reformas al Estatuto del
CLUB DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
DEL ECUADOR; y
Que mediante memorando No. SENESCYT-CGAJ-DAJ-
2017-0452-MI de 31 de julio de 2017, el Coordinador
General de Asesoría Jurídica de la Secretaría de Educación
Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, confi rma el
criterio emitido por la Dirección de Asesoría Jurídica;
En ejercicio de las facultades que le confi ere el artículo
154 numeral 1 de la Constitución de la República
del Ecuador, en concordancia con el artículo 8 del
“Reglamento para el Funcionamiento del Sistema Unifi cado
Información de Organizaciones Sociales” reformado y
codifi cado:
Acuerda:
Artículo 1.- Aprobar las reformas al Estatuto del CLUB
DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
DEL ECUADOR y el cambio de denominación por el
de CORPORACIÓN DE CIENCIA, TECNOLOGÍA
E INNOVACIÓN DEL ECUADOR, la cuales fueron
discutidas y aprobadas según consta en el Acta
de Asamblea General Extraordinaria No. ACTA-
CLUBTIC-001-05-03-2017, celebrada el 05 de marzo de
2017, con la siguiente reforma de ofi cio:
a) Sustitúyase el inciso tercero del numeral 10.4 del
artículo 10, por el siguiente texto: “Todos los socios
contarán con una membresía, según lo establecido
en el Reglamento de Membresías, que elaborará el
Directorio Ejecutivo de la “CORPORACIÓN DE
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DEL
ECUADOR”.”.
Artículo 2.- Disponer que de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 17 del Reglamento para el Funcionamiento del
Sistema Unifi cado Información de Organizaciones Sociales
y Ciudadanas, reformado y codifi cado, la CORPORACIÓN
DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DEL
ECUADOR, remita el proyecto de codifi cación del
estatuto, incorporando las reformas de ofi cio establecidas
en el artículo precedente.
Artículo 3.- Disponer que la Dirección de Asesoría
Jurídica de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia,
Tecnología e Innovación, registre en la base de datos a su
cargo el presente Acuerdo con el que se reforma el Estatuto
de la CORPORACIÓN DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E
INNOVACIÓN DEL ECUADOR y actualice el cambio de
denominación de la organización mencionada.
Artículo 4.- Encargar a la Dirección de Asesoría Jurídica de
la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología
e Innovación, la aprobación de la codifi cación de las
reformas al Estatuto de la CORPORACIÓN DE CIENCIA,
TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DEL ECUADOR,
observando el cumplimiento de lo dispuesto en el presente
Acuerdo.
Artículo 5.- Encargar a la Dirección de Asesoría Jurídica de
la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología
e Innovación, la notifi cación del presente Acuerdo de
aprobación de reformas al Estatuto de la CORPORACIÓN
DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DEL
ECUADOR.
Artículo 6.- El presente acuerdo entrará en vigencia a
partir de su expedición sin perjuicio de su publicación en
el Registro Ofi cial.
Comuníquese y publíquese.
Dado en el Distrito Metropolitano de la ciudad de San
Francisco de Quito, a los veintiún (21) días del mes de
agosto de 2017.
f.) Augusto Barrera Guarderas, Secretario de Educación
Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR,
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.-
COORDINACIÓN GENERAL DE ASESORÍA
JURÍDICA.- 12 de octubre de 2017.- FIRMA: Ilegible.-
Fiel copia del original que reposa en el archivo de esta
Coordinación.
No. SENESCYT, 2017-209
Adrián Augusto Barrera Guarderas
SECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR,
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
Considerando:
Que la Constitución de la República en el artículo 66,
numeral 13 consagra: “El derecho a asociarse, reunirse y
manifestarse en forma libre y voluntaria”;
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