Acuerdos. SENESCYT-2018-071 Deléguense a el/la Subsecretario/a General de Ciencia, Tecnología e Innovación, para que realice la adjudicación a los proyectos de investigación y/o desarrollo tecnológico susceptibles de nanciamiento

Número de Boletín372
SecciónAcuerdos
EmisorSecretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación
30 – Miércoles 21 de noviembre de 2018 Registro Of‌i cial Nº 372
No. SENESCYT -2018 – 071
Xavier Adrián Bonilla Soria
SECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR,
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN (E)
Considerando:
Que el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República del Ecuador, determina que a las ministras
y ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la ley, les corresponde: “Ejercer la rectoría
de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los
acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su
gestión”;
Ecuador, señala que: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la ley.”;
del Ecuador, prescribe: “La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planif‌i cación, transparencia y evaluación.”;
Ecuador establece que: “El sistema nacional de ciencia,
tecnología, innovación y saberes ancestrales, en el marco
del respeto al ambiente, la naturaleza, la vida, las culturas
y la soberanía, tendrá como f‌i nalidad: 1. Generar, adaptar
y difundir conocimientos científ‌i cos y tecnológicos (…) 3.
Desarrollar tecnologías e innovaciones que impulsen la
producción nacional, eleven la ef‌i ciencia y productividad,
mejoren la calidad de vida y contribuyan a la realización
del buen vivir”;
Que el artículo 182 de la Ley Orgánica de Educación
Superior, publicada en el Registro Of‌i cial Suplemento
No. 298, de 12 de octubre de 2010, establece que: “La
Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia,
Tecnología e Innovación, es el órgano que tiene por objeto
ejercer la rectoría de la política pública de educación
superior y coordinar acciones entre la Función Ejecutiva y
las instituciones del Sistema de Educación Superior. (…)”;
publicado en el Registro Of‌i cial Suplemento No. 899, de 09
de diciembre de 2016; establece que: “(…) La Secretaría
de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación,
es parte de la Función Ejecutiva, tiene a su cargo la
rectoría de la política pública nacional en las materias
regladas por este Código, así como la coordinación entre
el sector público, el sector privado, popular y solidario,
las instituciones del Sistema de Educación Superior y los
demás sistemas, organismos y entidades que integran la
economía social de los conocimientos, la creatividad y la
innovación.(…)”;
Que el Código Orgánico Administrativo, publicado en el
suplemento del Registro Of‌i cial No. 31 de 07 de julio de
2017, en su artículo 70 dispone: “La delegación contendrá:
1. La especif‌i cación del delegado. 2. La especif‌i cación
del órgano delegante y la atribución para delegar dicha
competencia. 3. Las competencias que son objeto de
delegación o los actos que el delegado debe ejercer para el
cumplimiento de las mismas. (…) 5. El acto del que conste
la delegación expresará además lugar, fecha y número…
determina que el acto normativo: “Es toda declaración
unilateral efectuada en ejercicio de una competencia
administrativa que produce efectos jurídicos generales,
que no se agota con su cumplimiento y de forma directa.
Que el literal j) del numeral 11.1.1 del artículo 11 del
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos
de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología
e Innovación, expedido mediante Acuerdo No. 2015-133, de
01 de septiembre de 2015, publicado en el Registro Of‌i cial
Edición Especial No. 372, de 24 de septiembre de 2015;
establece entre las atribuciones y responsabilidades del
Secretario/a de Educación Superior, Ciencia, Tecnología
e Innovación, la siguiente: “j) Expedir y suscribir los
instrumentos jurídicos necesarios en el cumplimiento
de deberes y obligaciones de la Secretaría de Educación
Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación”;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 478 de fecha 13
de agosto de 2018, Lenin Moreno Garcés, Presidente
Constitucional de la República del Ecuador, encargó al Dr.
Adrián Bonilla Soria la Secretaría de Educación Superior,
Ciencia, Tecnología e Innovación;
Que mediante Acción de Personal No. 360-DTH-2018, de
16 de julio de 2018, el Secretario de Educación Superior,
Ciencia, Tecnología e Innovación, nombra a la magister
Carolina Gabriela Zambrano Barragán como Subsecretaria
General de Ciencia, Tecnología e Innovación;
Que mediante Acuerdo No. 029-2018, de 23 de abril
de 2018, el Secretario de Educación Superior, Ciencia,
Tecnología e Innovación, expidió el Reglamento de
Incentivos Financieros y Administrativos a la Investigación,
Desarrollo Tecnológico y Transferencia de Tecnología, con
el objeto de regular el acceso a los incentivos f‌i nancieros y
administrativos a la investigación, desarrollo tecnológico,
y a la transferencia de tecnología, previstos en el Código
Que el artículo 45 Reglamento de Incentivos Financieros y
Administrativos a la Investigación, Desarrollo Tecnológico
y Transferencia de Tecnología, establece que: “El Comité
Científ‌i co seleccionará y priorizará los proyectos de
fomento a la investigación y/o desarrollo tecnológico a ser
f‌i nanciados, de conformidad a los criterios establecidos en
las bases específ‌i
cas de cada convocatoria, y de acuerdo
a la disponibilidad presupuestaria. La resolución del
Comité Científ‌i co será vinculante y deberá contener el
detalle de los proyectos de fomento a la investigación y/o
desarrollo tecnológico a ser f‌i nanciados, ordenados según
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