Acuerdo SENESCYT-2019-124 Concédese personería jurídica a la “Fundación IAVQ NARANJA”

Fecha de publicación13 Enero 2020
Número de Gaceta119
8 – Lunes 13 de enero de 2020 Registro Of‌i cial Nº 119
Acuerda:
Artículo 1.- Cesar en funciones como miembro principal
del Órgano Colegiado de Derechos Intelectuales por
parte de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia,
Tecnología e Innovación, a Jairo Augusto Jarrín Farías,
agradeciendo por los servicios prestados a la institución.
Artículo 2.- Designar como miembro principal del
Órgano Colegiado de Derechos Intelectuales por parte de
la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología
e Innovación, a Verónica Vanessa Pazmiño Figueroa, en
reemplazo de Jairo Augusto Jarrín Farías, la misma que
desempeñará sus funciones a partir del 01 de noviembre
de 2019.
DISPOSICIÓN REFORMATORIA
Única.- En virtud de la designación realizada, sustitúyase
el numeral 1 del primer inciso del artículo 1, del Acuerdo
No. SENESCYT-2018-058, de 19 de julio de 2018, por el
siguiente texto:
“ 1. Verónica Vanessa Pazmiño Figueroa.”
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Única.- Deróguese el artículo 2 del Acuerdo No.
SENESCYT-2019-115 de 13 de septiembre de 2019.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Notifíquese con el contenido del presente
Acuerdo al Servicio Nacional de Derechos Intelectuales y
a la señorita Verónica Vanessa Pazmiño Figueroa.
Segunda.- Encárguese a la Coordinación General de
Asesoría Jurídica de esta Cartera de Estado, la notif‌i cación
del presente Acuerdo.
Tercera.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir
de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el
Registro Of‌i cial.
Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a los
treinta y un (31) días del mes de octubre de 2019.
Notifíquese y publíquese.
f.) Agustín Guillermo Albán Maldonado, Secretario de
Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.
SENESCYT.- ASESORÍA JURÍDICA.- 11 de diciembre
de 2019.- f.) Ilegible.- Fiel copia del original que reposa en
el archivo de esta Dirección.
No. SENESCYT-2019-124
Agustín Guillermo Albán Maldonado
SECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR,
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
Considerando:
artículo 66, numeral 13 consagra: “El derecho a asociarse,
reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria”;
del Ecuador establece que: “Se reconocen todas las
formas de organización de la sociedad, como expresión
de la soberanía popular para desarrollar procesos
de autodeterminación e incidir en las decisiones y
políticas públicas y en el control social de todos los
niveles de gobierno, así como de las entidades públicas
y de las privadas que presten servicios públicos. Las
organizaciones podrán articularse en diferentes niveles
para fortalecer el poder ciudadano y sus formas de
expresión; deberán garantizar la democracia interna,
la alternabilidad de sus dirigentes y la rendición de
cuentas.”;
artículo 154 numeral uno, dispone que a las ministras
y ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la ley, les corresponde: “Ejercer la
rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión.”;
artículo 226 dispone que “Las instituciones del Estado,
sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias
y facultades que les sean atribuidas en la Constitución
y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para
el cumplimiento de sus f‌i nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
artículo 227 dispone que “La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planif‌i cación, transparencia y evaluación”;
artículo 350 establece que “El sistema de educación
superior tiene como f‌i nalidad la formación académica
y profesional con visión científ‌i ca y humanista; la
investigación científ‌i ca y tecnológica; la innovación,
promoción, desarrollo y difusión de los saberes y las
culturas; la construcción de soluciones para los problemas
del país, en relación con los objetivos del régimen de
desarrollo”;

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