Sentencia Nº 002 de Tribunal Contencioso Electoral, 02-04-2024, de 2 de Abril de 2024
Fecha | 02 Abril 2024 |
Número de sentencia | 002 |
Emisor | Tribunal Contencioso Electoral (Ecuador) |
DESPACHO
ABO.
I.
.C.
.P.
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL
DEL
ECUADOR
Sentencia
Causa
Nro.
002-2024-TCE
(ACUMULACIÓN)
PÁGINA
WEB-CARTELERA
VIRTUAL
DEL
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL
A:
PÚBLICO
EN
GENERAL
Dentro
de
la
causa
signada
con
el
Nro.
002-2024-TCE
(ACUMULADA),
se
ha
dispuesto
lo
que
a
continuación
me
permito
transcribir:
“SENTENCIA
CAUSA
Nro.
OO2-2024-TCE
(ACUMULADA)
Tema:
En
esta
sentencia
se
analizan
las
denuncias
presentadas
por
la
magíster
E.
.M.
.R.
.O.,
directora
de
la
Delegación
Provincial Electoral
de
Morona
Santiago,
en
contra
de
la
ingeniera
L.
.X.
.B.
.T.
y
de
la
señora
M.
.E.
.M.
.V.,
en
sus
calidades
de
representante
legal
y
responsable
del
manejo
económico
del
Movimiento
de
Unidad
Plurinacional
Pachakutik,
lista
18
en
la
provincia
de
Morona Santiago,
respectivamente,
por
presuntamente
haber
cometido
la
infracción
electoral tipificada
en
el
numeral
1
del
artículo
281
del
Código
de
la
Democracia.
Una
vez
efectuado
el
análisis
correspondiente,
se
concluye
que
la
denunciante
no
logró
acreditar
la
real
existencia
de
los
hechos
que
motivaron
las
denuncias
de
la
causa
acumulada,
por
lo
que
se
desestiman
las
mismas.
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL.-
Quito,
Distrito
Metropolitano,
02
de
abril
de
2024,
a
las
15h23.
VISTOS.-
Agréguese
a
los
autos:
a)
Correo
electrónico’
desde
la
dirección
electrónica:
luma-32(áhotmail.com,
con
el
asunto
“CAUSAN.
OOZ-2024-TCE’Ç
con
dos
(02)
archivos
adjuntos2.
b)
Acta
de
la
audiencia
oral
única
de
prueba
y
alegatos3
suscrita
por
la
jueza
de
instancia
y
la
secretaria relatora
del
despacho4.
1.
Antecedentes
1.
El
24
de
enero
de
2024,
la
magíster
E.
.M.
.R.
.O.,
directora
de
la
Delegación
Provincial
Electoral
de
Morona
Santiago
(e)6,
presentó
una
denuncia
en
contra
de
las
señoras
L.
.X.
.B.
.T.
y
Es. 6
15-620.
2
Es.
621
conforme
consta
la
razón
sentada
por
la
secretaria
relatora
del
despacho.
Es.
622-625
vuelta.
4
Consta
como
documentos
adjuntos
las
copias
simples
de
los
documentos
de
identidad
de
las
partes
procesales
y
sus
abogados
patrocinadores;
y.
dos
(2)
soportes
digitales
que
contienen
la
grabación
en
audio
y
video
de
dicha
diligencia
Es.
1
a
37
vuelta.
Escrito
contenido
en
cuatro
(04) tolas
con
treinta
y
tres
(33j
fojas
en
calidad
de
anexos.
&GÁPÁNTIZÁMOS
(593j23s1
Quito
Ecuado,
®
.tce.gob.ec
1
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