Sentencia Nº 041 de Tribunal Contencioso Electoral, 16-07-2018, de 16 de Julio de 2018

Fecha16 Julio 2018
Número de sentencia041
EmisorTribunal Contencioso Electoral (Ecuador)
TRIBUNAL
CONTENCIOSO ELECTORAL
¡
WS
TRIBUNAL
CONT#NCIØ$O
DOCTOR
VICENTE
CARDENAS
CEDILLO
CAUSA
Nro.
041-2018-TCE
PÁGINA
WEB
INSTITLCIONAL:
wwwicc.gob.ec
A:
Público
en
General
Dentro
de la
causa
electoral
041-2018-TCE,
se ha
dispuesto
lo
que
a
continuación
me
permito
transcribir:
“TRIBUNAL
CONTENCIOSO ELECTORAL.-
Quito,
DM.,
16
de
julio
de 2018,
las
13h00.-
ANTE
(‘EDENTES.
1)
El
2
de
julio
de
2018.
a
las
14h57
se
recibe
en
la
Secretaria
General
dL’l
flihunal
Contencioso
Electoral.
el
oficio
Nro.
CNE-DPL-2018-0159-Of
en
una
(1)
foja
suscrito
por
el
Ing.
Roberto
Andrés
Cabrera
González.
director
de
la
Delegación
Provincial
Electoral
de
Loja
y
(911
ca/alad
de
anexos
cinco
(5)Jo/as...4
fojas
3
constan
tre.ç
í3
CD
‘s.
‘Es.
1
a
6)
2)
Luego
del
sorteo
realizado, con/orine
se
desprende
de
la
razón
sentada
por
la
doctoro
Blanca
Cáceres
Cabezas,
Prosecretaria
General
de
este
Tribunal,
se
asignó
a
la
causa
el
número
041—
20]8—TCE
radicándose
la
competencic
en
la
persona
del
doctor
Vicente
Cárdenas
Cedilla,
Juez
Principal
del
Tribunal
Contencioso Electoral.
(Es.
7)
3)
El
e.vpediente
llegó
al
despacho del
Juez
de
instancia
el
2
de/uI/o
de
2018.
a
las
1
hÜ4.
E.v.
8)
4,?
Con
fecha
3
dejztlio
cíe
2018.
mediante
Memorando
Nro.
TCE-
VCC-2018-0]94-M
se
presentó
la
e.vcusa
al
Pleno
del
Tribunal Contencioso
Electoral
para
conocer
la
causa
041—2018—TCE.
5)
El
12
de
julio
de
2018,
a
las
10h06.
se
recibe
en
c’te
despacho
la
resolución
PLE-TCE-598-
10-O
7-2018
de
10
dejulio
de
2018,
por
la que
se
niega
la
excusa.
6,?
Mediante
providencia
de
12
de
julio
de
2018,
las
12h00,
dispuse:
SEGUNDA.
Conforme
a
lo
dispuesto
en
el
artículo
27
de
la
Lev
Orgánica
Electoral
i’
de
Organizaciones Políticas
de
la
República
del
Ecuador.
Código
tIc
la
Democracia
en
concordancia
con
los
numerales
2.
3.
4, 5.
7,
9
del
artículo
84
del
Reglamento
de
Trámites
Contencioso
Electorale.ç
del
Tribunal
Contencioso
Electoral,
en
el
plazo
de
dos
(2)
días,
contado
a
partir
de
la
notificación
del
presente
tuno.
el
recurrente,
doctor
José
Bolívar
(‘astillo
Vivanco.
aclare
y
complete
el
recurso
7)
A
fojas
dieciocho
(18)
del
expediente
consta
la
razón
sentada
por
la
Abogada
Jenni’
Layo
Pacheco,
Secretaria
Relatora
de
este
despacho,
de
la
cual
se
desprende
que,
el
día
12
de
julio
de
2018.
a
las
13h15.
y
a
las
13h21,
se
notificó
con
el
contenido
de
la
providencia
de
la
Causa
Nro.
041—2018—TCE,
al
recu/’rente
en
las
direcciones
electrónicas:
clq/matinoZ4lo/a.ob,ec,
di%’e12pei’tegz,,loia.
goh,ec
señaladas
para
el
ef&’to
y
además
en
la
página
web
del
Tribunal
Contencioso
Electoral:
unu’.
tce.
gob.
cc

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