Sentencia Nº 062 de Tribunal Contencioso Electoral, 21-04-2021, de 21 de Abril de 2021

Número de sentencia062
Fecha21 Abril 2021
EmisorTribunal Contencioso Electoral (Ecuador)
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL
ycr
TltUNAL
CONTNCOSO
aECtOM.
OH.
ECUADOR
Causa
No.
062-2021-TCE; 064-2021-TCE;
065-2021-TCE;
066-2021-TCE;
063-202
[-TCE
ACUMULADAS
Juez
de
Instancia:
Ángel
Eduardo
Torres Maldonado
Página
web
institucional:
www,tce,gob.ec
A:
Público
en
General
Dentro
de
la
causa signada
con
el
No.
062-2021-TCE
se
ha
dispuesto
lo
que
a
continuación
me
permito
transcribir:
“Quito.
D.M.,
21
de
abril
de
2021,
las
11h40.
SENTENCIA
CAUSA
No.
062-2021-TCE;
064-2021-TCE;
065-2021-TCE;
066-2021-TCE;
063-
202
1-TCE ACUMULADAS
VISTOS.-
Agréguese
al
expediente:
Escrito
ingresado
a
la
Secretaría
General
de
este
Tribunal
el
lunes
19
de
abril
de
2021,
a
las
16h47
con
el
trámite
FE-22831-202l-TCE,
suscrito
electrónicamente
por
el
economista
Diego
Fernando
Madrid
Lalangui
conjuntamente
con
la
firma
de
su
abogado
Patricio
Coronel
Subía.
1.
ANTECEDENTES
PROCESALES:
1.
El
12
de
marzo
de
2021,
a
las
12h21
se
recibe
en
la
Secretaría
General
de
este
Organismo
Electoral,
un
escrito
en
dos
(02) fojas
y
en
calidad
de
anexos
veinte
y
cuatro
(24)
fojas,
suscrito
por
el
licenciado
Manuel
Luis
Cunuhay,
director
de
la
Delegación
Provincial
Electoral
de
Cotopaxi,
y
los
abogados:
Ana
Lisseth
Pérez
Bedón
y
Gerardo
Rueda
Osorio,
mediante
el
cual,
presentan una
denuncia contra
el
economista
Diego
Fernando
Madrid
Lalangui, responsable
del
manejo
económico
de
la
Alianza
CREO
UNION
ECUATORIANA-PODEMOS,
Listas
21-19-33.
(Fs.1
a
126
vta.).
2.
A la
causa,
la
Secretaría
General
de
este
Tribunal
le
asignó
el
número
062-2021-TCE
y
en
virtud
del
sorteo
electrónico
efectuado
el
12
de
marzo
de
2021;
según
la
razón
sentada
por
el
abogado
Alex
Guerra
Troya, secretario
general
del
Organismo,
se
radicó
la
competencia
en
el
doctor
Ángel
Torres Maldonado,
juez
del
Tribunal
Contencioso
Electoral.
(Fs.
127- 129).
1
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL
TRI!UNAL
CONT!NCIOSO
ELECTORAl.
Da
ECUADOR
Causa
No.
062-2021-TCE;
064-2021-TCE; 065-2021-TCE;
066-2021-TCE;
063-2021
-TCE
ACUMULADAS
Juez
de
Instancia:
Ángel
Eduardo Torres Maldonado
3.
El
15
de
marzo
de
2021,
a
las
08h37,
se
recibe
en
la
Secretaría
Relatora
de
este
Despacho,
la
causa
062-2021-TCE,
según
la
razón sentada
por
la
abogada
Jenny
Loyo
Pacheco.
(F.130).
4.
Mediante
auto
de
25
de
marzo
de 2021
a
las
15h30
se
admite
a
trámite
la
causa
062-
202
1-TCE
y
se
dispone
la
acumulación
de
la
causa
064-2021-TCE;
a
la
causa
062-202
1-
TCE,
por
lo
cual,
en
adelante
a
esta
causa
se
la
identifica
con
el
número.
062-2021-TCE;
064-2021-TCE ACUMULADAS.
Adicionalmente,
se
dispuso
la
realización
de
la
Audiencia
para
el
día
lunes
19
de
abril
de
2021,
a
las
10h00
en
el
Auditorio
dondc
funciona
el
Tribunal
Contencioso
Electoral.
(Es.
256—257
vta.)
5.
El
día
12
de
marzo
de
2021
a
las
12h38,
ingresa
un
escrito
del
licenciado
Manuel
Luis
Cunuhay,
en
dos
(2)
fojas
y
en
calidad
de
anexos
ciento trece (113)
fojas,
mediante
el
cual,
interpone una
denuncia contra
el
economista Diego
Fernando Madrid
Lalangui, responsable
del
manejo
económico
de
la
Alianza
CREO
UNIÓN
ECUATORIANA
PODEMOS,
LISTA
21
-
19-33
(Fs.
398
-512).
6.
A la
causa,
¡a
Secretaría
General
de
este
Tribunal
le
asignó
el
número
066-2021-TCE
y
en
virtud
del
sorteo
electrónico
efectuado
el
12
de marzo
de
2021;
según
la
razón sentada
por
el
abogado
AIex
Guerra
Troya,
secretario
general
del
Organismo,
se
radicó
la
competencia
en
el
doctor Arturo
Cabrera
Peñaherrera,
juez
del
Tribunal
Contencioso
Electoral.
(Fs.
390-
392).
7.
Mediante
oficio
Nro.
029-2021-KGMA-ACP
de
26
de
marzo
de
2021, suscrito
por
la
abogada Karen
Mejía
Alcívar,
secretaria
relatora
del
Despacho
del
juez
Arturo
Cabrera
Peñaherrera,
se
remite
a
la
Relatoría
del
Despacho
del
juez,
doctor
Ángel
Torres
Maldonado
el
expediente
de
la
causa
No.
066-2021-TCE,
a
fin
de que
se
proceda
a
la
acumulación
(F.
397)
8.
El
día
12
de
marzo
de
2021
a
las
12h24,
ingresa
un
escrito
del
licenciado
Manuel
Luis
Cunuhay,
en
dos
(2)
fojas
y
en
calidad
de
anexos
ciento
veinticuatro
(124)
fojas,
mediante
el
cual,
interpone
una
denuncia
contra
el
economista
Diego
Fernando
Madrid
Lalangui,
responsable
del
manejo
económico
de
la
Alianza
CREO
UNIÓN
ECUATORIANA
PODEMOS,
LISTA
21
-
19-33
(Es.
521-
646).
2
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL
TRiSUNALCONTfl4CIDSO
ELECTORAL
DEL
ECUADOR
Causa
No.
062-2021-TCE; 064-2021-TCE;
065-2021-TCE;
066-2021-TCE;
063-2021-TCE ACUMULADAS
Juez
de
Instancia: Ángel
Eduardo
Torres
Maldonado
9.
A la
causa,
la
Secretaría
General
de
este
Tribunal
le
asignó
el
número
063-2021-TCE
y
en
virtud
del
sorteo
electrónico
efectuado
el
12
de
marzo
de
2021;
según
la
razón
sentada
por
el
abogado
Alex
Guerra
Troya,
secretario
general
del
Organismo,
se
radicó
la
competencia
en
la
doctora
Patricia
Guaicha
Rivera,
jueza
del
Tribunal
Contencioso
Electoral.
(Fs.
647-
649).
10.
Mediante
oficio
Nro.
TCE-PGR-JA-004-2021
de
30
de
marzo
de
2021, suscrito
por
la
magíster Jazmín
Almeida
Villacís, secretaria relatora
del
Despacho
de
la
jueza
Patricia
Guaicha
Rivera,
se
remite
a
la
Relatoría
del
Despacho
del
juez,
doctor
Ángel
Torres
Maldonado
el
expediente
de
la
causa
No.
063-2021-TCE,
a
fin
de
que
se
proceda
a
la
acumulación
(F.
520)
11.
Mediante
auto
de
30
de
marzo
de
2021,
estejuez
dispuso
lo
siguiente:
“PRIMERO:
En
el
auto
de
25
de
marzo
del
2021
a
las
15h30,
en
el
numeral
“DÉCIMO
PRIMERO”
consta
que
actúa
en
la
presente
causa
el
abogado
Alex
Guerra
Troya,
secretario
general
de
este
Organismo, siendo
lo
correcto
que
actúe
la
abogada
Jenny
Loyo
Pacheco,
secretaria
relatora
de
este
Despacho;
en
tal
virtud,
se
procede
a
subsanar
el
error
de
buena
fe
cometido
en
el
anterior
auto.
Todo
lo
demás
contenido
en
el
auto
de
25
de
marzo
de
2021
se
deja
en
firme.
SEGUNDO:
De
la
revisión
de
los
expedientes 065-2021-TCE; 066-2021-TCE;
y,
063-
2021
-TCE
que
contienen
los
escritos
mediante
los
cuales
se
presentan
las
denuncias contra
el
economista
Diego
Fernando Madrid
Lalangui,
responsable
del
manejo
económico
de
la
Alianza CREO-UNION ECUATORIANA-PODEMOS,
Listas
21-19-33,
se
evidencia
que
existe identidad
de
sujeto
y
acción
respecto
de
la
causa
No.
062-2021
-TCE, dado que
las
causas
se
refieren
a
denuncias
formuladas contra
el
economista Diego
Fernando Madrid
Lalangui,
responsable
del
manejo
económico
de
la
Alianza CREO-UNION
ECUATORIANA-PODEMOS,
Listas
21-19-33,
en
la
provincia
de
Cotopaxi,
por
la
falta
de
entrega
del
informe
de
las
cuentas
de
campaña
del
proceso electoral
“Elecciones
Seccionales
y
CPCCS 2019”,
al
amparo
de
lo
dispuesto
en
el
artículo
248
de
la
Ley
Orgánica
Electoral
y
de
Organizaciones
Políticas
de la
República
del
Ecuador, Código
de
la
Democracia,
dispongo
la
acumulación
de
las
causas
065-2021-TCE;
066-202l-TCE;
y,
063-202I-TCE
a
la
causa
062-2021-TCE,
por
lo
cual
en
adelante
a
esta
causa
se
la
identificará
con
el
número.
062-2021-TCE; 064-2021-TCE;
065-2021-TCE;
066-2021-
TCE;
063-2021-TCE
ACUMULADAS.
3

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