Sentencia Nº 130 de Tribunal Contencioso Electoral, 03-05-2019, de 3 de Mayo de 2019

Número de sentencia130
Fecha03 Mayo 2019
EmisorTribunal Contencioso Electoral (Ecuador)
rce
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELEaORAL
DEL
ECUADOD
PÁGINA
WEB-CARTELERA
VIRTUAL
DEL
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL
A:
PÚBLICO
EN
GENERAL
Dentro
de
la
causa
signada
con
el
No.
130-2019-TCE,
se
ha
dictado
lo
que
a
continuación
me
permito transcribir:
“SENTENCIA
CAUSA
No.
130-2019-TCE
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL.-
Quito,
Distrito
Metropolitano,
3
de
mayo
de
2019.
a
las
19h54.
VISTOS.-
Agéguese
a
los
autos:
a)
Acta
de
realizada
-recepción,
suscrito
entre
la
abogada
Karen
Mía.
Oficial
Mayor
de
este
Tribunal
y
el
señor
Carlos
Anibal Zabala
Yánez.
por
la
que
se
atiende
su
solicitud
de
copias
simples
de
documentación
incorporada
a
la
causa
mediante
Oficio
No.
CNE-JPEI-2019-020-OF,
suscrito
por
la
Secretaria Ad-Hoc
de la
Junta Provincial
Electoral
de
Imbabura.
b)
Copia
certificada
de
la
Convocatoria
a
SESIÓN
No.
088-2019-PLE-TCE
para
el
tratamiento
de
asuntos
jurisdiccionales.
¡
.ANTECEDENTES
1.1.
El
15
de
abril
de
2019
a
las
23h37,
ingresó
en
el
Tribunal
Contencioso
Electoral,
el
OFICIO
N°-CNE-SG-2019-00487-Of
de
15
de
abril
de
2019.
suscrito por
el
doctor
Victor Hugo
Ajila
Mora,
Secretario General
del
Consejo
Nacional
Electoral,
por
el
cual
en
(1)
una
foja
y
en
calidad
de
anexos
(1267)
mil
doscientos
sesenta
y
siete
fojas.
(Fs.
1
a
1268),
que
remite
a
este
Tribunal
el
expediente
original
del
recurso
ordinario
de
apelación,
interpuesto
por
el
señor
Antonio
Posso
Salgado,
Procurador
Común
de
la
Alianza
Todos
por Ibarra,
Listas 8-12-20-1-6-33
y
el
señor
Álvaro
Castillo
Aguirre,
candidato
de
la
refenda
alianza
a
la
dignidad
de
Alcalde
del
cantón
Ibarra,
provincia
de
Imbabura,
en
contra
de
la
Resolución
No.
PLE-CNE-9-8-4-2019.
1.2.
La
Secretaria
General
del
Tribunal
Contencioso
Electoral,
le
asignó
a
la
causa
el
número 130-2019-TCE
yen
virtud
del
sorteo
electrónico efectuado
el 16
de
abril
de
2019,
se
radicó
la
competencia
en
el
doctor
Arturo
Cabrera
Peñaherrera.
Juez
del
Tnbunal
Contencioso Electoral.
(E.
1269)
1.3.
Auto
de
19
de
abril
de
2019
a
las
12h34,
mediante
el
cual
el
Juez
Sustanciador,
dispuso: que
los
recurrentes
en
el
plazo
de
(1)
un
dia
contado
a
partir
de la
noiificación
del
referido
auto,
justifiquen
la
calidad
en
la
que
comparecen, de
confomidad
con
lo
dispuesto
en
el
artículo
9
deI
Reglamento
de
Trámites
Contencioso
Electorales
del
Tribunal
Contencioso
Electoral
y
que
en
el
mismo
plazo
1
Justicia
que
garantiza
democracia
José
Manuel
de
Abascal
NS?
49y
Pçnter-t
PFlX:
1393102
381
5000
fltji
la
-
Fc:s,ado,
sS.vwlcegabelc
rc
TflISUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL
DEL
ECUADOR
aclaren
y
completen
su
recurso,
dando
cumplimiento
a
los
requisitos
expresamente
determinados
en
el
artículo
13
numeral
7
del
mismo Reglamento.
Adicionalmente
soliciió
al
Consejo
Nacional Electoral
y
a
la
Junta
Provincial
Electoral,
respectivamente
remiran
información.
(Fs.
1270
a
1271)
1.4.
Oficio
Nro.
TCE-SG-OM-2019-0439-O
de
19
de
abril
de
2019,
mediante
el
cual
el
Secretario General
del
Tribunal
Contencioso
Electoral,
asigna
a
los
recurrentes
la
casilla
contencioso
electoral
N
074.
(F.
1273)
1.5.
OFICIO
CNE-SG-2019-00519-Ofde
20
de
abril
del
2019,
suscrito
por
el
doctor
Victor
Hugo
Aula
Mora,
Secretario
General
del
Consejo Nacional Electoral,
a
través
del
cual
remite
“...en
tres
fojas copia
certificada
de
los
memorando
Nro.
CNE
DNAJ-2019-0678-M
de
5
de
abril
del
2019:
y
memorando
Nro.
CNE-CNTPE-2019-
0521
de
6
de
abril
del
2019
suscrito
por
la
abogada
Nora
Gioconda
Guzmán
Galárraga. Directora
Nacional
de
Asesoría
Jurídica
e
ingeniera
Lucy
Oderay
Pomboza
Granizo.
Coordinadora
Nacional
Técnica
de
Procesos
Electorales..
ingresado
en
el
Tribunal
Contencioso
Electoral
en
la
misma
fecha,
a
las
18h51.
en
(1)
una
foja
con
(3)
tres
fojas
de
anexos.
(Es.
1275
a
1278)
1.6.
Escrito de
los
recurrentes, suscrito
por
su
abogado
patrocinador
doctor
Carlos
J.
Aguinaga
A..
ingresado
en
el
Tribunal
Contencioso
Electoral
el
20
de
abril
de
2019
a
las
19h02.
en
(2) dos
fojas
con
(46)
cuarenta
y
seis
fojas
de
anexos.
(Es.
1280
a
1327
vuelta)
1.7.
Escrito
firmado
por
la
señora
Elizabeth
Andrea
Scacco
Carrasco
y
el
abogado
Erik
Esteban
Estrella
León
ingresado
en
este
Tribunal
el
21
de
abril
de
2019
a
las
14h23,
en
(3)
tres
fojas
con
(2)
dos
fojas
de
anexos.
(Fs.
1329
a
1333)
1.8.
Oficio
N.°CNE.JPEI.20l9-020-OF
de
21
de
abril
de
2019,
firmado
por
la
abogada
Damarís
Priscila
Ortiz
Pasuy,
en
su
calidad
de
Secretaria
Ad-Hoc
de
la
Junta
Provincial
Electoral
de
Imbabura.
inresado
en
este
Tribunal
el
21
de
abril
de
2019
a
las
20h46.
en
(1) una
foja
y
en
calidad
de
anexos
(500)
quinientas
fojas.
(Es.
1835)
1.9.
Auto
dictado
por
el
Juez
Sustanciador
el
23
de
abril
de
2019,
a
las 14h44,
mediante
el
cual
en
lo
principal,
dispuso admitió
a
trámite
la
presente
causa:
remitió
en
formato digital
el
presente expediente
a
los
Jueces
que
confonnan
el
Pleno
de
este
Tnbunal
para
su
análisis
y
estudio;
ordenó
el
desglose
de
los
originales
de
las
actas
de
escrutinio
remitidas
por
la
Junta Provincial
Electoral
de
Imbabura
y
dispuso
que
la
señora
Elizabeth
Andrea
Scacco
Carrasco.
justifique
su
calidad de
representante
legal
de
la
organización
política
UNETE.
(Es.
1837
a
1837
vuelta)
2
Justicia
que
garantiza
democracia
José
Manuel
ce
ALnsrc,I
NJ37-42
y
Potrete
Ft1X
02
301 501)0
fr)
Ecttoclc,,
VV\VW
tc;e
ano
nc
rc
7
TRIBUNAL
C
ONTEI’dC
loso
ELECTORAL
DEL
ECUADOR
1.10.
Oficio
Nro.
TCE-SG-OM-2019-0461-O
de
23
de
abril
de
2019.
firmado
por
el
Secretario General
de
este
Tribunal,
a
través
del
cual
asigna
la
casilia
contencioso
electoral
Nc
11
a
la
señora
Elizabeth
Andrea
Scacco
Carrasco.
(F.
1839)
1.11.
Escrito firmado
por
la
señora
Elizabeth
Andrea
Scacco
Carrasco
y
su
abogado, ingresado
en
este
Tribunal
el
24
de
abril
de
2019
a
las
9h31,
en
(1)
una
foja
con
(10)
diez
fojas
de
anexos, copias simples.
(Fs.
1842
a
1852)
1.12.
Escrito
en
(2)
dos
fojas,
de
los
señores
Antonio
Posso
Salgado,
Procurador
Común
de
la
Alianza
Todos por
Ibarra,
Listas
8-12-20-1-6-33
y
Álvaro
Castillo Aguirre,
candidato
a
la
alcaldía
del
cantón
Ibarra,
por
la
misma
alianza,
firmado
por
su
abogado
patrocinador
e
ingresado
en
este
Tribunal
el
26deabrilde2ol9alas
17h28.
(Fs.l854al855vue11a)
1.13. Auto
de
29
de
abril
de
2019
a
las
11h04,
mediante
el
cual
el
Juez
Sustanciador
en
lo
principal. adjuntó
documentación
y
contestó
a
peticiones formuladas
por
los
recurrentes. (Fs.1857
a
1857
vuelta)
1.14.
Acta
de
entrega
recepción,
suscrito
entre
la
abogada Karen Mejía,
Oficial
Mayor
de
este
Tribunal
y
el
señor
Carlos
Aníbal
Zabala
Yánez,
por
la
que
se
atiende
su
solicitud
de
copias
simples
de
documentación
incorporada
a
la
causa
mediante Oficio
No.
CNE-JPEI-20
19-020-OF
suscrito
por
la
Secretaria
Ad-Hoc
de
la
Junta
Provincial
Electoral
de
Imbabura.
(F.
1860)
1.15.
Copia
certificada
de
la
Convocatoria
a
SESIÓN
No.
088-20l9-PLE-TCE
realizada
a
los
Jueces
de este
Tribunal,
para
el
tratamiento
de
asuntos
jurisdiccionales.
(F.
)
II.
ANÁLISIS
DE
FONDO
2.1.
JURISDICCIÓN
Y
COMPETENCIA
La
Constitución
de
la
República
del
Ecuador,
establece
en
el
artículo
221
numeral
1.
que
el
Tribunal Contencioso Electoral
es
competente
para:
‘1.
Conocer
y
resolver
los
recursos
electorales
contra
los
actos
del
Consejo
Nacional Electoral
y
de
los
organismos
desconcentrados,
y
os
asuntos
litigiosos de
las
organizaciones
políticas.”,
disposición
que
guarda
relación
con
las
atribuciones
de éste
órgano
de
administración
de
justicia
electoral,
determinadas
en
el
3
Justicia
que
garantiza
democracia
José
Monuel
de
Abc
sca)
N37-4?
y
Po,
Tete
OX.
(593)
02 38
50(X)
-
Fcoodor
.wwtcegob.c-,c

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