Sentencia Nº 145 de Tribunal Contencioso Electoral, 30-04-2021, de 30 de Abril de 2021

Fecha30 Abril 2021
Número de sentencia145
EmisorTribunal Contencioso Electoral (Ecuador)
ycq
TRIBUNAL
CONTENCIOSO ELECTORAL
SEN
TENCIA
CAUSA
No.
1
45-2020-TCE
(ACUMULADA)
CARTELERA
VIRTUAL-PÁGINA
WEB
INSTITUCIONAL
www.tce.gob.ec
A:
PÚBLICO
EN
GENERAL
Dentro
de
la
causa
signada
con
el
No.
145-2020-TCE
(ACUMULADA),
se
ha
dictado
lo
que
a
continuación
me
permito
transcribir:
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL.-
Quito,
Distrito
Metropolitano,
30
de
abril
de
2021.-
Las
10h03.-
VISTOS:
Agréguese
al
expediente:
A)
Oficio
Nro.
TCE-SG-OM-2021-0352-O,
de
19
de
abril
del
2021,
suscrito
por
el
abogado
Alex
Guerra
Troya,
Secretario
General
del
Tribunal
Contencioso
Electoral.
B)
Memorando
Nro.
TCE-SG-OM-2021-0101-M,
de
19
de
abril
del
2021,
suscrito
por
el
abogado
Alex
Guerra
Troya,
Secretario
General
del
Tribunal
Contencioso Electoral.
C)
Escrito
presentado
en
este Tribunal
el
20
de
abril
del
2021,
a
las
14h29, por
los
señores
José
Luis
Nango
Cuji
y
Henry
Fredy
Moreno
Guerrero,
en
una
(01)
foja.
D)
Oficio
No.
AN-HM-202
1-133-O,
de
20 de
abril
del
2021,
suscrito
por
el
Asambleísta
abogado
Henry
Moreno
Guerrero,
en
una
(01)
foja,
ingresado
en
este
Tribunal
el
21
de
abril
del
2021,
a
las
12h30.
1.-
ANTECEDENTES
1.1.
El
03
de
diciembre
de
2020
a las
09h24,
ingresó
en
el
Tribunal
Contencioso
Electoral
(01)
un
escrito SIN
de
fecha
02
de
diciembre
de
2020,
suscrito
por
la
ingeniera
Martha
Beatriz
Cox
Dávalos,
Directora
de
la
Delegación
Provincial
Electoral
de
Pastaza
y
otras
funcionarias
del referido
organismo
desconcentrado
electoral,
mediante
ese
documento,
remitió
una
denuncia
presentada
por
el
abogado
Henry
Moreno,
Asambleista
por
la
provincia
de
Pastaza,
a
través
del
Oficio
Nro.
AN-HM-2020-
128-O,
con
el
que
se
adjunta
un
CD.
1.2.
La
Secretaría
General
del
Tribunal
Contencioso
Electoral,
le
asignó
a la
causa
el
Nro.
145-2020-TCE
y
en
virtud
del
sorteo
electrónico
efectuado
el
03
de
diciembre
de
2020
a
las
15h29,
radicó
la
competencia
en
el
doctor
Arturo
Cabrera
Peñaherrera,
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cernocro
cia
M/-49
y
PHX
(-9)
tce
7wcq
TRIBUNAL
CONTENCIOSO ELECTORAL
SENTEN
CIA
CAUSA
No.
145-2020-
TCE
(ACUMULADA)
juez
de
este Tribunal,
conforme
se
verifica
de
la
documentación
que
obra
de
autos.
1.3.
Memorando
Nro.
TCE-PRE-2020-0227-M,
de
11
de
diciembre
de
2020,
mediante
el
cual,
el
doctor Arturo
Cabrera
Peñaherrera,
juez
presidente
de
este
Tribunal:
a)
informó
al
director
administrativo
financiero
de
este
Tribunal,
que
haria
uso
de
sus
vacaciones desde
el
04
hasta
el
29
de
enero
de
2021;
y,
b)
solicitó
que
se
convoque
al
Juez
Suplente
que
corresponda
para
la
subrogación
de
sus funciones
como
juez
principal.
1.4.
Con
Acciones
de
Personal
Nros.
093-TH-TCE-2020
de
15
de
diciembre
de
2020
y
097-TH-TCE-2020
de
21
de
diciembre
de
2020,
se
dispuso
la
subrogación
del
doctor
Arturo
Cabrera
Peñaherrera
como
juez
principal,
a
favor
del
magister
Guillermo
Ortega
Caicedo,
desde
ci
04
hasta
el
29
de
enero
de
2021.
1.5.
Auto
dictado
por
el
juez
de
instancia
magíster
Guillermo
Ortega
Caicedo
el
30
de
diciembre
de
2020
a
las
17h47,
a
través
del
cual
se
dispuso
en
lo
principal:
i)
Admitir
a
trámite
la
presente
causa;
u)
Acumular
la
causa
Nro.
147-2020-TCE
a la
causa
Nro. 145-
2020-TCE;
señalar
que
en
adelante
la
causa
pasaría
a
denominarse
como
145-2020-TCE
(ACUMULADA);
iii)
Citar
a
los
presuntos
infractores
Jaime
Patricio
Guevara
Blaschke,
Prefecto
de
Pastaza
y
a
la
señora
Narcisa
Arboleda,
Presidenta
del
Patronato
Provincial
de
Servicio Social
de
Pastaza
y
señalar
que
dentro
del
plazo
de
(05)
cinco
dias
de
efectuada
la
citación,
contesten
las
denuncias
presentadas
en
su
contra;
iv)
Señalar
la
audiencia
oral
única
de
prueba
y
alegatos
para
el
jueves
28 de
enero
de
2021
a las
10h00;
y)
Atender
los
requerimientos
de
prueba
de
los
denunciantes
Henry
Fredy
Moreno
Guerrero
y
José
Luis
Nango
Cuji; vi)
Designar
a
la
señora
Julieta
Valdivieso
como
perito
en
la
presente
causa;
fijar
día
y
hora
para
su
posesión
en
los
términos
señalados
en
el
referido
auto,
entregar
bajo
cadena
de
custodia
y
con
acta
entrega-recepción
los
soportes
digitales
sobre
los
que
efectuará
la
pericia,
señalar
el
tiempo
de
entrega
de
los
informes periciales
correspondientes;
vii)
Notificar
a la
Defensoría
Pública
para
que
se
designe
un
defensor
público
que
asuma
la
defensa
de
los
denunciados;
vii)
Oficiar
al
Comandante
Provincial
de
Policia
del
Distrito
Eugenio
Espejo
para
que
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