Sentencia Nº 160-2002

AutorGalo Pico Mantilla
Páginas120-120
120
Civil, que se refiere a cómo son representadas las corporaciones. Invoca
las causales segunda y primera del Art. 3 de la Ley de la materia.
Respecto de esta impugnación, se advierte: a) El … sostiene que hay falta
de personería de su Gerente, pero a través de las copias de los juicios
ejecutivo y de insolvencia aparece que el actor en esos juicios es el
representante legal del …, y siendo tal no puede haber falta de personería,
máxime que, según la copia que obra a fojas 3 del cuaderno de primera
instancia, dirigida por el Gerente General del …, C. A., a … ... “a usted
corresponde la representación legal en todas las negociaciones, asuntos
judiciales y extrajudiciales relacionados con el … en la provincia de
Imbabura...”. b) Como consecuencia, tampoco se ha infringido el Art. 355
ordinal tercero del propio artículo. c) En definitiva, no se ha justificado el
recurso interpuesto a nombre del….
SENTENCIA No. 160-2002 75
TERCERO: Del contrato de donación que obra a fojas 24 a 28 del cuaderno
de primera instancia se viene en conocimiento que los
cónyuges…y…donan gratuita e irrevocablemente a favor de… “el inmueble
ubicado en la parroquia Eloy Alfaro del Cantón Quito, cuya historia de
dominio consta en antecedentes de este mismo instrumento, inmueble
comprendido dentro de la siguiente superficie y linderos”. Como bien dice
la Tercera Sala de la Corte Superior de Justicia de Quito, se dona una cosa
singular, y el Art. 1450 del Código Civil exige inventario de los bienes
cuando la donación es a título universal, sea de la totalidad o de una cuota
de los bienes; lo que quiere decir que en el caso no se requería de
inventario alguno y que carece de fundamento la impugnación. … .
SENTENCIA No. 161 - 2002 76
75 Nº 160-2002. CSJ. TSCYM. Quito, 29 de julio del 2002. VISTOS (301-2001):
Recurso de casación contra la sentencia de la Tercera Sala de la Corte Superior de
Justicia de Quito. Se deniega el recurso. R. O. No. 700 de 8/11/2002
76 Nº 161-2002. CSJ. TSCYM. Quito, 29 de julio del 2002. VISTOS (216-2001):
Recurso de casación contra la sentencia de la Tercera Sala de la Corte Superior de
Justicia de Guayaquil. Se casa la sentencia y se rechaza la demanda. R. O. No.
700 de 8/11/2002

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