Sentencia Nº 83-16-IN/21 de la Corte Constitucional, , 2021-03-12

Sentido del falloDeclara la inconstitucionalidad
Tipo de procesoAcción Pública de Inconstitucionalidad (Corte Constitucional de Ecuador)
Número de sentencia83-16-IN/21
Fecha11 Marzo 2021
Normativa aplicadaArt. 35. Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria,Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica,Art. 361. El Estado ejercerá la rectoría del sistema a través de la autoridad sanitaria nacional, será responsable de formular la política nacional de salud…,Art. 11. 4. Principio de no restricción del contenido de los derechos,Art. 137. El proyecto de ley será sometido a dos debates.,Art. 287. Toda norma que cree una obligación financiada con recursos públicos establecerá la fuente de financiamiento correspondiente.,Art. 367. El sistema de seguridad social es público y universal, no podrá privatizarse y atenderá las necesidades contingentes de la población.,Art. 11. 8. Principio de progresividad de los derechos,Art. 368. El sistema de seguridad social comprenderá las entidades públicas, normas, políticas, recursos, servicios y prestaciones de seguridad social…,Art. 370. El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, entidad autónoma regulada por la ley, será responsable de la prestación de las contingencias…,Art. 132. 1. Regular el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales.,Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones,Art. 11. 2. Principio de igualdad y no discriminación en razón de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género…,Art. 38. Derecho a la adopción de políticas públicas en atención a las personas adultas mayores,Art. 160. Las personas aspirantes a la carrera militar y policial no serán discriminadas para su ingreso…,Art. 369. El seguro universal obligatorio cubrirá las contingencias de enfermedad, maternidad, paternidad, riesgos de trabajo, cesantía, desempleo…,Art. 136. Los proyectos de ley deberán referirse a una sola materia y serán presentados a la Presidenta o Presidente de la Asamblea Nacional…,Art. 147. 3. Definir y dirigir las políticas públicas de la Función Ejecutiva.
    • Este documento está disponible en versión original sólo para clientes de vLex

      Consulta este documento y prueba vLex durante 7 días
    • PRUÉBALO

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR