Sentencia Nº 84-15-IN/20 de la Corte Constitucional, 2020

Sentido del falloDesestimar
Tipo de procesoAcción Pública de Inconstitucionalidad (Corte Constitucional de Ecuador)
Año2020
Número de sentencia84-15-IN/20
Fecha01 Diciembre 2020
Número de expediente84-15-IN/20
Normativa aplicadaArt. 326. 7. Se garantizará el derecho y la libertad de organización de las personas trabajadoras, sin autorización previa.,Art. 326. 8. El Estado estimulará la creación de organizaciones de las trabajadoras y trabajadores, y empleadoras y empleadores, de acuerdo con la ley,Art. 66. 13. Derecho a la asociación,Art. 66. 29. d. Que ninguna persona pueda ser obligada a hacer algo prohibido o a dejar de hacer algo no prohibido por la ley.,Art. 328. La remuneración será justa, con un salario digno que cubra al menos las necesidades básicas de la persona trabajadora, así como las de su familia
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