Sentencia Nº 958 de Tribunal Contencioso Electoral, 05-03-2020, de 5 de Marzo de 2020

Número de sentencia958
Fecha05 Marzo 2020
EmisorTribunal Contencioso Electoral (Ecuador)
DESPACHO
DR.ARTURO
CABRERA
PEÑAHERRERA
f
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL
DEL
ECUADOR
Sentencia
Causa
Nro,
958-2019-TCE
PÁGINA
WEB-CARTELERA
VIRTUAL
DEL TRIBUNAL
CONTENCIOSO ELECTORAL
A:
PÚBLICO
EN
GENERAL
Dentro
de
la
causa
signada
con
el
No.
958-2019-TCE,
se
ha
dictado
lo
que
a
continuación
me
permito
transcribir:
“SENTENCIA
CAUSA
Nro.
958-2019-TCE
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL.
-
Quito, Distrito
Metropolitano,
05
de
marzo
de
2020, las
17h27.
VISTOS.-
Agréguese
a
los
autos:
1)
Razón
de
citación
en
persona
a
la
abogada
Roxana
Esther
Chica
Castro,
efectuada
el
27 de
enero
de
2020
alas 15h09,
sentada
por la
abogada
Nancy
Mejia
Correa
y
boleta
de
citación
elaborada
por
la
Secretaria
Relatora
del
Despacho.
(Fs.
66
a
69 a
vuelta).
2)
Oficio
Nro.
TCE-SG-OM-2020-0016-O,
de
21
de
enero
de
2020,
suscrito
por
el
abogado
Alex
Leonardo
Guerra
Troya,
Secretario General
del
Tribunal
Contencioso
Electoral,
mediante
el
cual
asigna
al
denunciante
la
casilla
contencioso
electoral
No.
029.
(F.
75).
3)
Oficios
Nros.
010-2020-KGMA-ACP,
Oll-2020-KGMA-ACP
y
012-2020-
KGMA-ACP
de 20 de
enero
de
2020,
suscritos
por
la
Secretaria
Relatora
del
Despacho,
dirigidos
al
Comandante
de
Policia
de
Santa
Elena, Defensor
Público
General
y
al
licenciado
Giovanni
Guiseppe
Bonfanti
Habze,
Director
de
la
Delegación
Provincial
Electoral
de
Santa
Elena,
respectivamente.
(Fs.
78
a
79
vuelta
/
80
a
81
vuelta
/
82
a
83
vuelta).
4)
Copia
del
Certificado
Médico
de
la
Clinica
de
la
Mujer
de
11
de
febrero
de
2020,
donde
consta
“...
que
la
paciente,
MEJIA
ALCIVAR
KAREN
GABRIELA
(,..)
se
encuentra
hospitalizada
en
esta
Casa
de
Salud
desde
el
día
lunes diez
de febrero
del
dos
mil
veinte
...“
(F.
84).
5)
Documento
de
fecha
12
de
febrero
de
2020
a
las
08h07,
a
través
del
cual
el
Juez
de
instancia
designa
de
manera
temporal
como
Secretaria
Relatora
Ad
l4oc
a
la
doctora
María
Fernanda
Paredes
Loza,
mientras
dure
la
ausencia
de
la
Secretaria
Relatora
del
Despacho.
(F.
85).
6)
Acta
de
la
audiencia
oral
de
prueba
yjuzgamiento
de
13
de
febrero
de
2020
Justicia
que
garantiza
democracia
1
José
frslanuel
de
Abascal
N37-49
y
Portete
PBX:
(593)
02
381
5000
Quito
Ecuador
tce
go
b.
ec
DR.
ARTURO
CABRERA
PEÑAHERRERA
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELEaORAL
DEL
ECUADOR
Sentencia
Causa
Nra.
958-2019-TCE
alas
10h30
suscrita
por
el
Juez
de
Instancia
y
la
Secretaria
Relatora
Ad-Hoc,
asi
como
documentación
anexa
presentada
durante
esa
diligencia;
(01)
un
soporte
digital
que
contiene
la
grabación
en
video
de
la
misma;
y,
constancia
fotográfica
de
la
diligencia.
(Ps.
86
a
107).
7)
Copia
del
Memorando
Nro.
TCE-PRE-2020-0069-M
de
19
de
febrero
de
2020,
suscrito
por
la
abogada
Karen
Mejia
Alcivar,
Especialista
Contencioso
Electoral
2-Secretaria
Relatora,
dirigido al
Presidente
del
Tribunal
Contencioso
Electoral,
mediante
el
cual
solicita
que
se
justifique
su
ausencia
al
lugar
de
trabajo
durante
el
tiempo
comprendido
entre
los
días
lunes
10
de
febrero
de
2020
al
martes
18
de
febrero
de
2020,
por
motivo
de
enfermedad
y
haber
permanecido
hospitalizada
durante
ese
periodo
de
tiempo;
al
que
se
adjunta
un
certificado
médico.
(Fs.
108
a
109).
PRIMERO.-
ANTECEDENTES
1.1.
Ingresó
en
el
Tribunal
Contencioso
Electoral
el
12
de
diciembre
de
2019
a
las
14h38,
(01)
un
escrito
en
(04)
cuatro
fojas
y
en
calidad
de
anexos
(36)
treinta
y
seis
fojas,
suscrito
por
el
licenciado
Giovanni
Guiseppe
Bonfanti
Habze,
Director
de
la
Delegación
Provincial
Electoral
de
Santa
Elena,
conjuntamente
con
sus
abogados
Pedro
Cruz
Cedeño
y
Mario
Joaquin
Chiquito,
mediante
el
cual
presentó
una
denuncia
en
contra
de
la
“Abg.
ROXANA
ESTHER
CHICA
CASTRO,
(...)
Representante
Legal
del
MOVIMIENTO
FUERZA
COMPROMISO
SOCIAL,
LISTA
5.”
en
la
Provincia
de
Santa
Elena,
por
no
haber
presentado
dentro de
los
plazos
previstos
en
los
artículos 230,
233,
367
y
368
del
Código de
la
Democracia
y
articulos
40
y
41
deI
Reglamento
para
el
Control,
Propaganda,
Fiscalización
del
Gasto
Electoral,
los
informes
de
cuentas
de
campaña
electoral
de
las
siguientes
dignidades:
:.Vocales
Juntas
Parroquiales
José
Luis
Tamayo,
Vocales
Juntas
Parroquiales
Chanduy,
Vocales
Juntas
Parroquiales
Colonche,
Vocales
Juntas
Parroquiales
Manglaralto,
Vocales
Juntas
Parroquiales
Simón
Bolivar,
Concejales
Rurales
Salinas,
Concejales
Rurales Santa
Elena,
Concejales
Urbanos Santa
Elena,
Alcaldes
Municipales
Santa
Elena,
Prefecto
y
Viceprefecto”.
(Ps.
1
a
40).
1.2.
La
Secretaria
General
asígnó
a
la
causa
el
número
958—2019-TCE
y
en
virtud
del
sorteo electrónico
efectuado
el
12
de
diciembre
de
2019
a
las
16:37:46,
se
radicó
la
competencia
de
la
causa
en
el
doctor
Arturo
Cabrera
Peñaherrera,
Juez
Presidente
del
Tribunal
Contencioso
Electoral,
conforme
se
verifica
de
la
documentación
que
obra
de
autos.
(Ps.
41
a
43).
1.3.
La
causa
ingresó
en
el
Despacho
el
14
de
diciembre
de
2019
a las
JuAsticía
qce
garantiza
democracia
2
José
Ñartuoi
de
Abascal
N37-49
y
Portete
PttX:
(593)02
381
5000
Orjito
-
EcUador
-
tc
e
no
b
-
e
e

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