SENTENCIAS, RESOLUCIONES, JUICIOS Y AUTOS
Fecha de publicación | 16 Febrero 2023 |
Sección | Sentencias |
Número de Gaceta | 48 |
instrumentation | Sentencias |
Año II - Nº 48 - 105 páginas
Quito, jueves 16 de febrero de 2023
Edición Jurídica
CORTE NACIONAL DE JUSTICIA
SALA ESPECIALIZADA
DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO:
SENTENCIAS, RESOLUCIONES,
JUICIOS Y AUTOS
AÑO 2020:
J17811-2013-1184, J17811-2018-00453,
J11804-2018-00379, J09802-2015-00252,
J09802-2019-01053, J17811-2017-00968,
J17811-2013-9984, J01803-2016-00190,
J17741-2015-0838, J17811-2017-01110,
J17811-2013-4578, J11802-2016-00007
Jueves 16 de febrero de 2023 Edición Jurídica Nº 48 - Registro Ocial
2
ResoluciónNo 764-2020
Juicio No.17811-2013-1184
CONJUEZ PONENTE:BOSSANO RIVADENEIRAMIGUELANGEL,CONJUEZ NACIONAL
(PONENTE)
AUTOR/A:BOSSANORIVADENEIRA MIGUELANGEL
CORTENACIONALDEJUSTICIA.- SALAESPECIALIZADA DE LOCONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO. Quito,jueves1de octubre del 2020,las10h15.VISTOS:JURISDICCIÓN Y
COMPETENCIAConocemoslapresente causaen virtud de que:a) Eldoctor ÁlvaroOjedaHidalgofue
designadocomo JuezNacionalpor elConsejo delaJudicaturade Transición,ResoluciónNe4-2012 de25 de
enerode 2012;b) Ladoctora Cynthia GuerreroMosquera yeldoctor Pablo Tinajero Delgadofuerondesignados
como Jueza y JuezdelaCorteNacionaldeJusticia,respectivamente,medianteResolución Ne341-2014de17
de diciembre de2014del PlenodelConsejo de laJudicatura;c) Mediantesorteopertinente,elpresente proceso,
signadoconelNo.17811-2013-1184,correspondiósuconocimientoaesta SalaEspecializada y laponenciade
laJuezaNacionaldoctoraCynthia GuerreroMosquera;d)La doctoraPaulina Aguirre Suarez,Presidentede la
Corte Nacionalde Justicia,mediante oficios No.2281-SG-CNJ-ROGde 20de noviembre de 2019y2280-SG-
CNJ-ROG de 20de noviembre de noviembre de 2019,respectivamente,de conformidad conlos174y201.1del
Código Orgánicode la Función Judicialy laResoluciónNo.187-2019 expedidapor elConsejode la Judicatura,
dispuso quelosConjuecesNacionales doctorPatricio Secaira Durango y doctorIvánLarco Ortuño,se
encarguendelosdespachosdelosjuecesnacionalesdoctora Cynthia GuerreroMosquera ydoctor Pablo
TinajeroDelgado,respectivamente;e)Eldoctor PatricioSecairaDurango,Juez Nacional(e)presentaexcusa el
lunes17defebrero de2020,excusaqueseencuentraaceptadaconprovidenciade20 defebrero de 2020;f) A
finde reemplazaraldoctor Patricio SecairaDurango, medianteactade sorteo de21de febrero de 2020 se
designó al doctorMiguel Ángel Bossano Rivadeneira,ConjuezNacionalTemporal,quien fuere nombrado por el
Pleno delConsejo de laJudicaturamedianteResoluciónNo.197-2019de28 denoviembre de 2019ydel acta
que contiene lapropuesta consensuada de asignaciónde lasConjuezasylosConjuecesenlasSalas
Especializadasde laCorteNacional de Justiciade 28de noviembre de 2019;asícomo del nombramiento
constante delaacción depersonalNo.2459-DNTH-2019-JTde 29denoviembre de2019 y delarecepción del
procesoel 27de febrerode 2020;disponiéndoseque lareferida actasea agregada alexpediente,enatencióna lo
previstoenlosartículos184numeral1dela Constitución dela República del Ecuador,185segundaparte,
numeral1del Código Orgánicode laFunciónJudicial y 269incisoprimerodel Código OrgánicoGeneralde
Procesos.El Tribunal de la SalaEspecializada de lo Contencioso Administrativode laCorteNacional de
Justicia,enesteprocesoestá integrada porlosdoctores:ÁlvaroOjeda Hidalgo,Juez Nacional,Iván Larco
Ortuño, Juez Nacional(e), yMiguel ÁngelBossanoRivadeneira,ConjuezNacionalTemporal(Ponente),
avocamosconocimiento de lapresente causa;por lo quesiendoel estado pararesolver,paralo cualse considera:
PRIMERO.- ANTECEDENTESEl Banco Central del Ecuador,pormedio de su ProcuradorJudicial,interpuso
recurso decasación encontradelasentenciaexpediday notificada el13de enerode 2017 porelTribunal
Contencioso Administrativo con sedeenelDistritoMetropolitanode Quito,dentro deljuicio No.17811-2013
1184,que encontradel Banco de PréstamosS.A.,en liquidación,delaGerente Generalde laAgenciade
Garantíade Depósitos, Gerente Generaldel Banco CentraldelEcuador,delMinisterio deFinanzas,del
FUNCIÓN JUDICIAL
DOCUMENTO FIRMADO
ELECTRÓNICAMENTE
Jueves 16 de febrero de 2023Registro Ocial - Edición Jurídica Nº 48
3
ProcuradorGeneral delEstado tienepropuesto laciudadanaAnaMaríaFalconíGarcés,pormedio de su
ProcuradorJudicial;procesojudicialde instancia enel quesepretende el pagodelCertificadode AhorrosNo.
4904, porel valor deUSD32.514,66 dólares,más los intereseslegalesylosdemora.
1.1.La sentencia objetodel recursode casación,ensu parte resolutiva,acepta lademanda deducidapor eldoctor
PercivalGustavo Rodríguez FajardoGarcésencalidadde ProcuradorJudicialde la señora AnaMaríaFacolní
Garcésyse dispone quelaentidaddemandadael Bancode PrestamosS.A.,en Liquidación,olainstitución que
lahaya subrogado enel cumplimentode lasobligacionesde dichaentidad,en el plazodetreintadíasquesele
concedeparaelefecto,pague afavor delaactora el Certificado de Ahorros No. 4904, porun valordeUSD$
32.514,66dólares,máslosinteresespactados que serán calculados en atenciónalreferido certificado deahorros
al15.50%anualdesdesuvencimiento hasta la fecha enqueseverifique el pago respectivo.
1.2. Elrecursode casaciónha sido calificadopor elTribunal deInstancia,conforme loordenadoen el artículo 6
de laLey de Casación medianteAuto de12dejunio de 2017que obraafojas720 del expedientejudicial de
instancia,remitiendo elproceso ala SalaEspecializada de lo Contencioso AdministrativodelaCorte Nacional
deJusticiapara el análisis de admisibilidad.
1.3.Mediante autointerlocutorioexpedidoel 8demayo de 2019,porelConjuezNacionalDr.IvánLarco
Ortuño,se ha admitidoel recursodecasación,por la causal primera delartículo3de laLeydeCasación.
SEGUNDO.-VALIDEZPROCESAL2.1.Noseobserva de lasustanciacióndelprocesoen estaSala
Especializada de laCorteNacionalde Justicia,omisióndesolemnidad oprocedimientoalgunoque lohaya
viciado;enconsecuencia,alno existirnulidadquelo afecte,se declara su validez.
TERCERO.-PLANTEAMIENTODEL PROBLEMAJURÍDICO 3.1. Comohaquedadoestablecido,el
recurso de casacióninterpuesto porel BancoCentral delEcuador,fue admitido por lacausal primera del artículo
3de la Leyde Casación,enrazón de queel casacionistaestimaque la sentenciarecurridaexiste falta de
aplicacióndelos artículos151y154 de laLeyGeneral deInstitucionesdel SistemaFinanciero,delartículo313
del Código OrgánicoMonetarioFinanciero,de laResoluciónNo.JB-2009-1427de 21deseptiembre de 2009,
delasclausulasnoventa ydecima dela escriturade cesióndeactivossuscrita entreelLiquidador delBanco del
PrestamosS.A.yelBancoCentraldelEcuador,delaDisposiciónTransitoriaSexta dela LeyDerogatoria a la
Ley de Burosde InformaciónCrediticiayreformatoria alaLey delSistemaNacionalde RegistrosdeDatos
Públicosy otras,del artículo286 del Código de ProcedimientoCivil y de losartículos9,12,y 13delaLey
OrgánicaparaelCierredelaCrisisBancariade1999,porlo que severificarási enla sentenciarecurridaestán
presenteslos mencionadoserroresacusados por el casacionista.
CUARTO.-CONSIDERACIONESGENERALESSOBRELA CASACIÓN. PLANTEAMIENTOS DEL
RECURSO INTERPUESTO.
4.1.El recursode casación,desdelavisiónde ladoctrinajurídico-procesalesconcebidocomoun recurso
extraordinario,formalydealtatécnicajurídica, alefecto, Hernando DevisEchandía, explicaque: “(%) Setrata
deunrecurso extraordinario,razón porlacual está limitado a los casos en quelaimportancia del litigioporsu
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