Resoluciones. SEPS-IGJ-IFMR-DNLQSF-2019-0063 Amplíese el plazo para la liquidación de la Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Pequeña Empresa de Macará CACPE MACARÁ LTDA., en liquidación

Número de Boletín493
SecciónResoluciones
EmisorSuperintendencia de Economía Popular y Solidaria
36 – Miércoles 22 de mayo de 2019 Registro Of‌i cial Nº 493
Una vez recibido el Informe técnico f‌i nal, el Ministerio
de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca
a través de la Subsecretaría de Calidad emitirá una
resolución otorgando la designación al laboratorio
solicitante como LND la cual será of‌i cializada;
Después de emitida la resolución de designación,
la Subsecretaría de Calidad del Ministerio de
Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca
iniciará los trámites necesarios para la suscripción
del convenio de reconocimiento del LND como
miembro de la Red Ecuatoriana de Metrología de
Laboratorios Nacionales Designados, incluyendo
además los compromisos y actividades a cumplirse
durante los cinco años de vigencia de este convenio;
Una vez of‌i cializada la designación, el INEN solicitará
su inclusión en la lista de Institutos Designados del
BIPM a f‌i n de que el LND participe en los Comités
correspondientes y, en comparaciones claves y
suplementarias regionales;
El INEN incluirá al LND en la base de datos de los
laboratorios miembros del Sistema Nacional de
Calibración;
El INEN y el LND suscribirán un convenio específ‌i co
para establecer los compromisos y el plan de trabajo
anual para obtener el reconocimiento de las Capacidades
de Medición y Calibración (CMCs) y su registro en
el Apéndice C del Arreglo de Reconocimiento Mutuo
de la Conferencia Internacional de Pesas y Medicas
(ARM-CIPM), el cual deberá contener:
o El compromiso de participación cada vez que
sea factible en rondas de comparaciones claves y
suplementarias y, su registro en la Base de Datos
de Comparaciones Claves (KCDB) de la Of‌i cina
Internacional de Pesas y Medidas (BIPM), a partir de
la f‌i rma del convenio; y,
o El compromiso para lograr la aprobación del sistema de
calidad de su laboratorio por parte del Quality System
Task Force -QSTF- del Sistema Interamericano de
Metrología -SIM, en un plazo no mayor a 18 meses, a
partir de la f‌i rma del convenio específ‌i co.
Artículo 2.- La presente Resolución entrará en vigencia a
partir de su suscripción sin perjuicio de su publicación en
el Registro Of‌i cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
Documento f‌i rmado electrónicamente
f.) Mgs. Armin Pazmiño Silva, Subsecretario de Calidad.
CERTIFICA.- ES FIEL COPIA DEL ORIGINAL QUE
REPOSA EN SECRETARÍA GENERAL.- f.) Ilegible.-
Fecha: 06 de mayo de 2019.
SUPERINTENDENCIA DE ECONOMÍA
POPULAR Y SOLIDARIA
No. SEPS-IGJ-IFMR-DNLQSF-2019-0063
Catalina Pazos Chimbo
INTENDENTE GENERAL TÉCNICO
Considerando:
del Ecuador señala: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias
y facultades que les sean atribuidas en la Constitución
y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para
el cumplimiento de sus f‌i nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
Que, el artículo 309 ibídem manif‌i esta: “El sistema
f‌i nanciero nacional se compone de los sectores público,
privado, y del popular y solidario, que intermedian
recursos del público. Cada uno de estos sectores
contará con normas y entidades de control específ‌i cas
y diferenciadas, que se encargarán de preservar su
seguridad, estabilidad, transparencia y solidez. Estas
entidades serán autónomas. Los directivos de las
entidades de control serán responsables administrativa,
civil y penalmente por sus decisiones”;
Que, el numeral 4) del artículo 307 del Código Orgánico
Monetario y Financiero, dispone: “El plazo para la
liquidación que será de hasta tres (3) años, pudiendo
ser prorrogada por dos (2) años, previa solicitud
debidamente sustentada por el liquidador y autorizada
por el Superintendente”;
Que, el octavo inciso del artículo 312 de la norma citada,
indica: “El plazo para la liquidación establecido en el
Código Orgánico Monetario y Financiero se aplicará
también a las entidades cuya liquidación se hubiere
resuelto a partir de la vigencia de este cuerpo legal (…)”;
Que, como consta de la Resolución No. SEPS-
ROEPS-2013-000113 de 5 de abril de 2013, la
Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, aprobó
la adecuación del Estatuto Social de la COOPERATIVA
DE AHORRO Y CRÉDITO DE LA PEQUEÑA EMPRESA
DE MACARÁ CACPE MACARÁ LTDA., con domicilio
en el cantón Macará, provincia de Loja;
Que, conforme a la Resolución SEPS-IGT-IGJ-IFMR-
DNLSF-2016-057, de 24 de marzo de 2016, esta
Superintendencia, resolvió la liquidación en el plazo de
hasta dos años, de la COOPERATIVA DE AHORRO Y
CRÉDITO DE LA PEQUEÑA EMPRESA DE MACARÁ
CACPE MACARÁ LTDA., con Registro Único de
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