Resoluciones. SEPS-IGT-IGJ-IFMR-DNLQSF-2019-0456 Declárese el cierre del proceso de liquidación de la Cooperativa de Ahorro y Crédito PRODEPA Ltda. “En liquidación”

Número de Boletín135
SecciónResoluciones
EmisorSuperintendencia de Economía Popular y Solidaria
38 – Martes 4 de febrero de 2020 Registro Of‌i cial Nº 135
y una vez que el liquidador ha sustentado debidamente su
solicitud, la Dirección Nacional de Liquidación del Sector
Financiero recomienda a usted Señor Intendente, proponer
a la Señora Superintendente, autorizar la ampliación del
plazo de liquidación de la COOPERATIVA DE AHORRO
Y CRÉDITO PRODUACTIVA LTDA. EN LIQUIDACIÓN,
por tres años más, uno adicional, esto es hasta el 21 de
diciembre de 2021, (…)”;
Que, mediante Memorando No SEPS-SGD-IFMR-
DNLQSF-2019-2142 de 11 de diciembre de 2019, el
Director Nacional de Liquidación del Sector Financiero,
pone en conocimiento del Intendente de Fortalecimiento
y Mecanismos de Resolución, el Informe Técnico No.
SEPS-IFMR-DNLQSF-2019-212 de 10 de diciembre
de 2019, señalando que el mismo contiene el análisis y
motivaciones para la ampliación de plazo solicitada, por lo
cual recomienda: (…) a usted señor Intendente, proponer
a la señora Superintendente, autorizar la ampliación del
plazo de liquidación de la COOPERATIVA DE AHORRO
Y CRÉDITO PRODUACTIVA LTDA. EN LIQUIDACIÓN,
hasta el 21 de diciembre del 2021 (…);
Que, con Memorando No. SEPS-SGD-IFMR-2019-2164
de 12 de diciembre de 2019, el Intendente de
Fortalecimiento y Mecanismos de Resolución, recomienda:
“(…) proponer a la señora Superintendente, autorizar la
ampliación del plazo de liquidación de la COOPERATIVA
DE AHORRO Y CRÉDITO PRODUACTIVA LTDA. EN
LIQUIDACIÓN hasta el 21 de diciembre de 2021, conforme
a las disposiciones del código (sic) Orgánico Monetario y
Financiero (…)”;
Que, por medio del Memorando No. SEPS-SGD-
IGJ-2019-2763 de 19 de diciembre de 2019, la Intendencia
General Jurídica considera factible la emisión de la
resolución para la ampliación del proceso de liquidación
de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO
PRODUACTIVA LTDA. “EN LIQUIDACIÓN”;
Que, como se desprende de la instrucción agregada en el
Sistema de Gestión Documental de esta Superintendencia el
20 de diciembre de 2019, en los comentarios del Memorando
No. SEPS-SGD-IGJ-2019-2763, la Intendencia General
Técnico emite su “Proceder” para continuar con el trámite
de ampliación de plazo solicitado;
Que, a través de la Resolución No. SEPS-IGJ-2018-010
de 20 de marzo de 2018, el Superintendente de Economía
Popular y Solidaria, delega al Intendente General Técnico,
suscribir las resoluciones de ampliación de plazo de
liquidación de las organizaciones controladas por la
Superintendencia; y,
Que, con acción de personal No. 0733 de 25 de junio
de 2018, el Intendente General de Gestión (E), delegado
del Superintendente de Economía Popular y Solidaria
conforme Resolución No. SEPS-IGG-2016-090 de 28 de
abril de 2016, nombró como Intendente General Técnico a
la señora Catalina Pazos Chimbo.
En ejercicio de sus atribuciones legales.
Resuelve
ARTÍCULO ÚNICO.- Ampliar el plazo para la liquidación
de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO
PRODUACTIVA LTDA. “EN LIQUIDACIÓN”, con
Registro Único de Contribuyentes No. 1891743838001,
con domicilio en el cantón Quero, provincia de Tungurahua,
hasta el 21 de diciembre de 2021, de conformidad a lo
establecido en el numeral 4 del artículo 307 del Código
Orgánico Monetario y Financiero.
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA.- Notif‌i car con la presente Resolución al/a
la liquidador/a de la COOPERATIVA DE AHORRO Y
CRÉDITO PRODUACTIVA LTDA. “EN LIQUIDACIÓN”,
para los f‌i nes pertinentes.
SEGUNDA.- Disponer a la Secretaría General de esta
Superintendencia, la publicación de la presente Resolución
en el Registro Of‌i cial, así como su inscripción en los
registros correspondientes.
TERCERA.- La presente Resolución regirá a partir de
la fecha de su expedición, sin perjuicio de su publicación
en el Registro Of‌i cial. De su ejecución y cumplimiento,
encárguese la Intendencia de Fortalecimiento y Mecanismos
de Resolución de esta Superintendencia.
CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.
Dado y f‌i rmado en la ciudad de Quito, Distrito
Metropolitano, a 20 de diciembre de 2019.
f.) Catalina Pazos Chimbo, Intendente General Técnico.
SUPERINTENDENCIA DE ECONOMÍA POPULAR Y
SOLIDARIA.- CERTIFICO que el presente documento
es f‌i el copia del original que reposa en los archivos de
esta Superintendencia.- 13 de enero de 2020.- 3 fojas.- f.)
Ilegible, Dirección Nacional de Certif‌i caciones.
No. SEPS-IGT-IGJ-IFMR-DNLQSF-2019-0456
SUPERINTENDENCIA DE ACONOMÍA
POPULAR Y SOLIDARIA
Catalina Pazos Chimbo
INTENDENTE GENERAL TÉCNICO
Considerando:
Que, el artículo 318 ibídem dispone: “Cierre de la
liquidación. Concluido el proceso de liquidación, el
liquidador efectuará la conciliación de cuentas y cierre
contable del balance de liquidación, así como el informe

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