Resoluciones. SETEJU-DST-2018-019 Expídese el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos

Número de Boletín336
SecciónResoluciones
EmisorSECRETARÍA TÉCNICA DE JUVENTUDES
Jueves 27 de septiembre de 2018 – 15Registro Of‌i cial Nº 336
15.4 Por denuncia motivada por parte de un tercero que,
luego de la correspondiente sustanciación de un
proceso administrativo, arrojen responsabilidades
por parte de la ONG. Sin perjuicio de las acciones
penales, civiles y administrativas a cargo de la
autoridad competente.
Para constancia, las partes suscriben el presente convenio
en la ciudad de Quito D.M., el 15 de agosto de 2018, en
cinco (5) originales de igual tenor y valor.
Por el Gobierno de la República del Ecuador.
f.) Mauricio Montalvo, Subsecretario de Cooperación
Internacional.
Por la ONG.
f.) Natalie Ann Fiszer, Apoderada en Ecuador, ONG
Fundación Internacional para la Promoción de la Salud,
FIMRC.
REPÚBLICA DEL ECUADOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Y MOVILIDAD HUMANA
RAZÓN: Siento por tal que las cuatro (04) fojas que
anteceden, son copias del “CONVENIO BÁSICO DE
FUNCIONAMIENTO ENTRE EL GOBIERNO
DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Y LA
ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL
EXTRANJERA FUNDACIÓN INTERNACIONAL
PARA LA PROMOCIÓN DE LA SALUD FIMRC”.
Convenio No. CBF-MREMH-2018-025, del 15 de
agosto de 2018, conforme el siguiente detalle fojas:
1-5, son copias originales, documentos que reposan en
la SUBSECRETARIA DE COOPERACIÓN I- LO
CERTIFICO.
Quito, D.M., 22 de agosto de 2018.
f.) Ab. Pablo Gudberto Viteri Jácome, Director de Gestión
Documental y Archivo, Encargado.
OBSERVACIÓN: Esta Dirección de Gestión Documental
y Archivo del Ministerio de Relaciones Exteriores y
Movilidad Humana no se responsabiliza por el estado
y la veracidad de los documentos presentados para la
certif‌i cación por parte de la Dirección que los custodia,
y que puedan inducir a equivocación o error, así como
tampoco por el uso doloso o fraudulento que se pueda hacer
de los documentos certif‌i cados.
No. SETEJU-DST-2018-019
LA SECRETARÍA TÉCNICA DE JUVENTUDES
Considerando:
Ecuador, establece: “El Ecuador es un Estado constitu-
cional de derechos y justicia, social, democrático, soberano,
independiente, unitario, intercultural, plurinacional y
laico. Se organiza en forma de república y se gobierna de
manera descentralizada. La soberanía radica en el pueblo,
cuya voluntad es el fundamento de la autoridad, y se ejerce
a través de los órganos del poder público y de las formas
de participación directa previstas en la Constitución. Los
recursos naturales no renovables del territorio del Estado
pertenecen a su patrimonio inalienable, irrenunciable e
imprescriptible”;
Ecuador, establece: “El Estado garantizará los derechos
de las jóvenes y los jóvenes y promoverá su efectivo
ejercicio a través de políticas y programas, instituciones y
recursos que aseguren y mantengan de modo permanente
su participación e inclusión en todos los ámbitos, en
particular en los espacios del poder público”;
Que, de conformidad con el artículo 141 de la Constitución
de la República del Ecuador, el Presidente de la República
ejerce la Función Ejecutiva y de Gobierno, es el Jefe del
Estado de Gobierno y responsable de la administración
pública; y, entre sus atribuciones y deberes constan, entre
otras las establecidas en los numerales 5 y 6 del artículo
147 de la Carta Magna que, en su orden, son los siguientes:
“dirigir la administración pública en forma desconcentrada
y expedir los decretos necesarios para su integración,
organización, regulación y control” (numeral 5); y, “crear,
modif‌i car y suprimir los Ministerios, entidades e Instancias
de Coordinación (numeral 6)”;
del Ecuador, establece: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
f‌i nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución”;
del Ecuador, establece: “La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planif‌i cación, transparencia y evaluación”;
del Ecuador, establece: “Ninguna servidora ni servidor
público estará exento de responsabilidades por los actos
realizados en el ejercicio de sus funciones o por omisiones,
y serán responsable administrativa, civil y penalmente por
el manejo y administración de fondos, bienes o recursos
públicos (…)”;
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16 – Jueves 27 de septiembre de 2018 Registro Of‌i cial Nº 336
Ecuador, establece: “(...) El sistema nacional de inclusión
y equidad social es el conjunto articulado y coordinado
de sistemas, instituciones, políticas, normas, programas
y servicios que aseguran el ejercicio, garantía y exigibi-
lidad de los derechos reconocidos en la Constitución y el
cumplimiento de los objetivos del régimen de desarrollo
(…)”;
Que, el artículo 9 y Disposición General Segunda del
Decreto Ejecutivo No. 11, publicado en el Registro Of‌i cial
Suplemento No. 16, de 16 de junio de 2017, establece:
“(…) Transfórmese la Dirección de Juventudes del
Ministerio de Inclusión Económica y Social en la Secretaría
Técnica de Juventudes, adscrita al Ministerio de Inclusión
Económica y Social, para la coordinación, seguimiento,
monitoreo y evaluación de las políticas, estrategias y
acciones encaminadas a garantizar los derechos de los
jóvenes de manera intersectorial y articulada entre niveles
de gobierno, generando ef‌i ciencia y ef‌i cacia en el marco de
la Misión “Toda una Vida””;
Que, mediante el artículo 1 del Acuerdo Ministerial No.
13, de 15 de agosto de 2017, publicado en el Registro
Of‌i cial No. 78, de 13 de septiembre de 2013, el Ministro
de Inclusión Económica y Social, nombró al señor Elías
Alberto Tenorio Martínez, como Secretario Técnico
de Juventudes, adscrito a dicha Cartera de Estado, en
cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo No.
11, de 25 de mayo de 2017;
Que, el artículo 2 del Acuerdo Ministerial No. 13, de 15
de agosto de 2017, publicado en el Registro Of‌i cial No.
78, de 13 de septiembre de 2013, establece: “Delegar
a la Secretaría Técnica de Juventudes realice ante las
diferentes Instituciones del Estado, las gestiones que sean
necesarias, a f‌i n de ejecutar lo dispuesto en el artículo 9
y Disposición General Segunda del Decreto Ejecutivo No.
11 de 25 de mayo de 2017; mediante la cual transforma
la Dirección Nacional de la Juventud del Ministerio de
Inclusión Económica y Social, en Secretaría Técnica de
Juventudes, adscrita al Ministerio de Inclusión Económica
y Social, para la coordinación, seguimiento, monitoreo
y evaluación de las políticas, estrategias y acciones
encaminadas a garantizar los derechos de los jóvenes
de manera intersectorial y articulada entre niveles de
gobierno, generando ef‌i ciencia y ef‌i cacia en el marco de la
Misión “Toda una Vida”;
Que, el artículo 3 de la norma ibidem, establece: “La
Secretaría Técnica de Juventudes, contará con la estructura
administrativa, recursos humanos y bienes de la Dirección
Nacional de la Juventud y sus procesos”;
Que, el artículo 11, literal h) del Estatuto del Régimen
Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, establece:
“(…) El Presidente de la República tendrá las atribuciones
y deberes que le señalan la Constitución Política de la
República y la ley: (…) Suprimir, fusionar y reorganizar
organismos de la Función Ejecutiva (…)”;
Que, mediante Of‌i cio No. MIES-MIES-2018-0934-O,
de 21 de marzo de 2018, el Ministerio de Inclusión
Económica y Social (s), solicita a la Secretaría Nacional
de Planif‌i cación y Desarrollo, la aprobación de la Matriz de
Competencias y del Modelo de Gestión Institucional de la
Secretaría Técnica de Juventudes;
Que, mediante Of‌i cio No. SENPLADES-2018-0249-
OF, de 27 de marzo de 2018, la Secretaría Nacional de
Planif‌i cación y Desarrollo, emite Informe Aprobatorio a la
Matriz de Competencias, Modelo de Gestión Institucional
y Pertinencia de la presencia institucional en el Territorio
de la Secretaría Técnica de Juventudes (SETEJU), a f‌i n de
continuar con el proceso de reforma institucional;
Que, mediante Of‌i cio No. SETEJU-DST-2018-0110-O,
de 03 de abril de 2018, el señor Secretario Técnico de
Juventudes, solicitó al señor Ministro de Trabajo, la
asesoría técnica correspondiente para coordinar el proceso
de formulación de los instrumentos de institucionalidad de
la Secretaría Técnica de Juventudes, en lo correspondiente
a: Estructura Institucional, Estatuto Orgánico,
Implementación de la Estructura Institucional, Manual
de Descripción, Valoración y Clasif‌i cación de Puestos y
Planif‌i cación del Talento Humano;
Que, mediante Of‌i cio No. SETEJU-DAF-2018-0084-O, de
24 de abril de 2018, el Director Administrativo Financiero
de la Secretaría Técnica de Juventudes, solicitó al
Subsecretario de Fortalecimiento del Servicio Público del
Ministerio de Trabajo, asesoría técnica para la validación
de la cadena de valor de la SETEJU;
Que, mediante Of‌i cio No. MDT-SFSP-2018-0766, de
04 de mayo de 2018, el Ministerio del Trabajo, validó la
Cadena de Valor de la Secretaría Técnica de Juventudes
y recomienda la utilización del mismo como insumo para
continuar con el proceso de institucionalización de esta
Cartera de Estado;
Que, mediante Of‌i cio No. MIES-MIES-2018-1806-O, de
10 de mayo de 2018, el Ministerio de Inclusión Económica
y Social, solicitó al Ministerio del Trabajo la aprobación
del Proyecto de Estatuto de Gestión Organizacional por
Procesos de la Secretaría Técnica de Juventudes;
Que, mediante Of‌i cio No. MDT-VSP-2018-0127-O, de
04 de junio de 2018, el Ministerio del Trabajo, solicita al
Ministerio de Economía y Finanzas, se emita el dictamen
presupuestario correspondiente;
Que, mediante Of‌i cio No. MEF-VGF-2018-0186-O, de 30
de julio de 2018, el Viceministro de Economía y Finanzas,
emitió al Ministerio del Trabajo el Dictamen Presupuestario
Favorable Para el Diseño De La Estructura Institucional, al
Estatuto Orgánico De Gestión Organizacional Por Procesos
y a La Valoración de Puestos del Nivel Jerárquico Superior,
de la Secretaría Técnica de Juventudes;
Que, mediante Of‌i cio No. MDT-SES-2018-0087-O, de 16
de agosto de 2018, el Ministerio del Trabajo, en el ámbito
de sus competencias, “Aprueba el Diseño de la Estructura
Institucional, Proyecto De Estatuto Orgánico y Aprueba
la Implementación de la Estructura Orgánica de la
Secretaría Técnica de Juventudes”;
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