Acuerdos interinstitucionales. SGP-SNPD-001-2018 Emítese la Norma Técnica de Levantamiento de Trámites Administrativos

Número de Boletín315
SecciónAcuerdos interinstitucionales
EmisorSecretaría General de la Presidencia de la República
Miércoles 29 de agosto de 2018 – 21Registro Of‌i cial Nº 315
Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a los
28 días del mes de junio del año 2018.
f.) Sr. Ing. Carlos Pérez García, Ministro de Minería (E).
MINISTERIO DE MINERÍA.- Visto el original es copia
auténtica.- Doy Fe: Ilegible.- Firma: Ilegible.- Fecha: 20
de julio de 2018.- Art. 117 ERJAFE.
No. SGP-SNPD-001-2018
Eduardo Jurado Béjar
SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA
DE LA REPÚBLICA
José Agusto Briones
SECRETARIO NACIONAL DE
PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO
Considerando:
establece que: “las personas tienen derecho a disponer
de bienes y servicios de óptima calidad y a elegirlos con
libertad, así como una información precisa y no engañosa
sobre su contenido y características”;
Que, el numeral 1 del artículo 154, de la Constitución de
la República dispone que: “A las ministras y ministros de
Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley,
les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiere su gestión (...)”;
Que, el artículo 226 ibídem dispone que: “Las instituciones
del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras
o servidores públicos y las personas que actúen en
virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las
competencias y facultades que les sean atribuidas en
la Constitución y la Ley. Tendrán el deber de coordinar
acciones para el cumplimiento de sus f‌i nes y hacer
efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos
en la Constitución”;
dispone que: “La administración pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de
ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
planif‌i cación, transparencia y evaluación”;
Que, el objetivo 7 del Plan Nacional de Desarrollo 2017-
2021- Toda una Vida, apunta al incentivo de una sociedad
participativa, con un Estado cercano al servicio de la
ciudadanía y, plantea como políticas: 7.4 Institucionalizar
una administración pública democrática, participativa,
incluyente, intercultural y orientada hacia la ciudadanía,
basada en un servicio meritocrático profesionalizado que
se desempeñe en condiciones dignas; y, 7.6 Mejorar la
calidad de las regulaciones y simplif‌i cación de trámites
para aumentar su efectividad en el bienestar económico
político social y cultural;
Que, la disposición transitoria quinta del Código Orgánico
Administrativo dispone que en plazo de dos años contados
a partir de la fecha de su publicación, las entidades u
órganos responsables del diseño de procesos dentro
de la correspondiente administración pública, pondrán
a disposición de la máxima autoridad administrativa,
un estudio de reingeniería de los procedimientos
administrativos dirigidos a cumplir de manera general a la
simplif‌i cación de trámites;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 372, de 19 de abril
del 2018, publicado en el Registro Of‌i cial Nro. 234, del
04 de mayo de 2018, se declaró como política de Estado
la mejora regulatoria y la simplif‌i cación administrativa
y de trámites a f‌i n de asegurar una adecuada gestión
gubernamental;
Que, la Disposición Transitoria Primera del Decreto
Ejecutivo Nro. 372, de 19 de abril del 2018, establece
que la Secretaría Nacional de Planif‌i cación y Desarrollo
y la Secretaría General de la Presidencia de la República,
emitirán el acuerdo interministerial que desarrolle la
Norma Técnica para el Levantamiento de Trámites
Administrativos;
Que, la Disposición Transitoria Segunda del mencionado
Decreto Ejecutivo No. 372, de 19 de abril de 2018,
establece que: “(…) El Comité Interinstitucional de
Política Regulatoria y Simplif‌i cación de Trámites,
conocerá y validará los informes remitidos y dispondrá la
ratif‌i cación o derogatoria de los trámites correspondientes
en un plazo adicional de 60 días de conformidad con el
procedimiento que se establezca en la norma técnica (…)
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 416, de 16 de mayo
de 2018, se nombró al señor Eduardo Jurado Béjar como
Secretario General de la Presidencia de la República;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 416, de 16 de mayo
de 2018, se nombró al Mgs. José Iván Agusto Briones,
como Secretario Nacional de Planif‌i cación y Desarrollo;
En ejercicio de las atribuciones y facultades que les
conf‌i eren el número 1 del artículo 154, el artículo 226
Disposición Transitoria Primera del Decreto Ejecutivo No
372, de 19 de abril de 2018,
Acuerdan:
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