Acuerdos. SGPR-2019-0151 Refórmese el Acuerdo No. SNPD-077-2018, de 26 de diciembre de 2018

Número de Boletín500
SecciónAcuerdos
EmisorSecretaría General de la Presidencia de la República
2 – Lunes 3 de junio de 2019 Suplemento – Registro Of‌i cial Nº 500
Págs.
SERVICIO NACIONAL DE
ADUANA DEL ECUADOR:
SENAE-DDG-2019-0165-RE Deléguense fun-
ciones y atribuciones al Director de
Puerto Marítimo de la Dirección Distrital
de Guayaquil ............................................. 38
No. SGPR-2019-0151
José Iván Agusto Briones
SECRETARIO GENERAL DE LA
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Considerando:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República, dispone que: “A las ministras y ministros
de Estado, además de las atribuciones establecidas en la
ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiere su gestión (...)”;
dicta que: “Las instituciones del Estado, sus organismos,
dependencias, las servidoras o servidores públicos y las
personas que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que les
sean atribuidas en la Constitución y la ley (…)”;
Que, el artículo 227 de la misma Norma Suprema,
establece que:
La administración pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de
ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación, planif‌i ca-
ción, transparencia y evaluación”;
Que, el artículo 233 establece que ninguna servidora o
servidor público estará exento de responsabilidades por
los actos realizados en ejercicio de sus funciones, o por
sus omisiones, y serán responsables administrativa, civil
y penalmente por el manejo y administración de fondos,
bienes o recursos público;
de la Contraloría General del Estado, establece como una de
las atribuciones y obligaciones específ‌i cas del titular de la
entidad: “Dictar los correspondientes reglamentos y demás
normas secundarias necesarias para el ef‌i ciente, efectivo y
económico funcionamiento de sus instituciones
dispone que: “Principio de desconcentración. La función
administrativa se desarrolla bajo el criterio de distribución
objetiva de funciones, privilegia la delegación de la
repartición de funciones entre los órganos de una misma
administración pública, para descongestionar y acercar las
administraciones a las personas
Que, el numeral 1 del artículo 69 del Código Orgánico
Administrativo, dispone que: “Los órganos administrativos
pueden delegar el ejercicio de sus competencias, incluida
la de gestión, en: 1. Otros órganos o entidades de la misma
administración pública, jerárquicamente dependientes”;
Que, el artículo 70 y siguientes del Código Orgánico
Administrativo, establecen el contenido, los efectos, las
prohibiciones y extinciones de las delegaciones en materia
administrativa;
Que, con Decreto Ejecutivo No. 395 de 24 de mayo de
2018, se reorganizó la institucionalidad de la Presidencia
de la República, así como se establecieron las atribuciones
de la Secretaría General de la Presidencia, entre las
cuales se encuentran las siguientes: “(…) 13. Delegar
las responsabilidades y atribuciones pertinentes para
la buena marcha de la institución; (…) 21. Expedir
acuerdo, resoluciones y demás instrumentos necesarios
para el adecuado cumplimiento de su gestión, funciones y
atribuciones (…)”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 571, de 23 de
noviembre de 2018, el señor Presidente Constitucional de
la República del Ecuador, designó al Mgs. José Iván Agusto
Briones como Secretario General de la Presidencia de la
República del Ecuador;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 732, de 13 de mayo
de 2019, el licenciado Lenin Moreno Garcés, Presidente de
la República del Ecuador dispone: “Suprímase la Secretaría
Nacional de Planif‌i cación y Desarrollo (SENPLADES)”
Que, en la Disposición General Quinta del Decreto Ejecutivo
No. 732, de 13 de mayo de 2019, se dispone: “Suprímase el
cargo de Secretario Nacional de Planif‌i cación y Desarrollo.
Para la implementación del presente Decreto la máxima
autoridad de la Secretaría General de la Presidencia de
la República encabezará el proceso de transferencia de
las atribuciones, partidas presupuestarias, asignaciones,
bienes muebles, inmuebles, activos y pasivos, así como,
los derechos y obligaciones; en consecuencia, tendrá
plena facultad para disponer las acciones necesarias para
su ejecución y ejercer la representación legal, judicial y
extrajudicial de la Secretaría Nacional de Planif‌i cación y
Desarrollo durante el proceso de transición (…)”;
Que, mediante Acuerdo No. SNPD-077-2018, de 26 de
diciembre de 2018, la Secretaría Nacional de Planif‌i cación
y Desarrollo designó a los delegados permanentes,
principales y alternos, que representen a dicha cartera de
Estado, en los diferentes cuerpos colegiados en los que
participa;
Que, mediante Acuerdo No. SNPD-008-2019, de 13 de
febrero de 2019, la Secretaría Nacional de Planif‌i cación y
Desarrollo reformó el literal b) del artículo 5 y literal c)
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