Acuerdos. SGPR-2019-0197 Deléguese atribuciones a la magíster Sandra Katherine Argotty Pfeil

Número de Boletín529
SecciónAcuerdos
EmisorSecretaría General de la Presidencia de la República
2 – Viernes 12 de julio de 2019 Registro O cial Nº 529
Págs.
CONSEJO DE PLANIFICACIÓN
Y DESARROLLO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN TERRITORIAL
ESPECIAL AMAZÓNICA:
005-2019-006 Expídese el Reglamento Sustitutivo
al Reglamento para los Lineamientos de
Priorización para la Asignación de los
Recursos del Fondo Común y Modelo de
Incentivos ................................................... 39
SERVICIO DE GESTIÓN
INMOBILIARIA DEL SECTOR
PÚBLICO - INMOBILIAR:
INMOBILIAR-SGLB-2019-0072 Trans érese a
título gratuito un inmueble, de propiedad
del MIES, a favor de INMOBILIAR ....... 43
No. SGPR-2019-0197
José Iván Agusto Briones
SECRETARIO GENERAL DE LA
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Considerando:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República, dispone que: “A las ministras y ministros
de Estado, además de las atribuciones establecidas en la
ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiere su gestión (...)”;
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República,
dicta que: “Las instituciones del Estado, sus organismos,
dependencias, las servidoras o servidores públicos y las
personas que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que les
sean atribuidas en la Constitución y la ley (…)”;
Que, el artículo 227 de la misma Norma Suprema,
establece que: “La administración pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de
e cacia, e ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
plani cación, transparencia y evaluación”;
Que, el artículo 233 establece que ninguna servidora o
servidor público estará exento de responsabilidades por
los actos realizados en ejercicio de sus funciones, o por
sus omisiones, y serán responsables administrativa, civil
y penalmente por el manejo y administración de fondos,
bienes o recursos público;
Que, el artículo 77, numeral 1, literal e) de la Ley Orgánica
de la Contraloría General del Estado, establece como una
de las atribuciones y obligaciones especí cas del titular
de la entidad: “Dictar los correspondientes reglamentos
y demás normas secundarias necesarias para el e ciente,
efectivo y económico funcionamiento de sus instituciones”;
Que, el artículo 7 del Código Orgánico Administrativo,
dispone que: “Principio de desconcentración. La función
administrativa se desarrolla bajo el criterio de distribución
objetiva de funciones, privilegia la delegación de la
repartición de funciones entre los órganos de una misma
administración pública, para descongestionar y acercar
las administraciones a las personas”;
Que, el numeral 1 del artículo 69 del Código Orgánico
Administrativo, dispone que: “Los órganos administrativos
pueden delegar el ejercicio de sus competencias, incluida
la de gestión, en: 1. Otros órganos o entidades de la misma
administración pública, jerárquicamente dependientes”;
Que, el artículo 70 y siguientes del Código Orgánico
Administrativo, establecen el contenido, los efectos, las
prohibiciones y extinciones de las delegaciones en materia
administrativa;
Que, con Decreto Ejecutivo No. 395 de 24 de mayo de
2018, se reorganizó la institucionalidad de la Presidencia
de la República, así como se establecieron las atribuciones
de la Secretaría General de la Presidencia, entre las
cuales se encuentran las siguientes: “(…) 13. Delegar
las responsabilidades y atribuciones pertinentes para
la buena marcha de la institución; (…) 21. Expedir
acuerdos, resoluciones y demás instrumentos necesarios
para el adecuado cumplimiento de su gestión, funciones y
atribuciones (…)”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 571, de 23 de
noviembre de 2018, el señor Presidente Constitucional
de la República del Ecuador, designó al Mgs. José Iván
Agusto Briones como Secretario General de la Presidencia
de la República del Ecuador;
Que, el artículo 5 del Decreto Ejecutivo No. 712, de 11 de
abril de 2019, dispone lo siguiente: “Créase la Unidad del
Registro Social, como un organismo de derecho público,
adscrito a la entidad rectora de la administración pública,
con personalidad jurídica propia, dotado de autonomía
administrativa, operativa y nanciera (…)”;
Que, la Disposición General Primera del Decreto
Ejecutivo No. 712, dispone lo siguiente: “Todas las
representaciones, delegaciones, responsabilidades,
partidas presupuestarias, bienes muebles, activos y
pasivos; así como los derechos y obligaciones constantes
en convenios, contratos u otros instrumentos jurídicos
nacionales e internacionales, relacionados con la
administración, mantenimiento y actualización del
Registro Social a cargo de la Secretaría Nacional de
Plani cación y Desarrollo, serán asumidos y pasarán a
formar parte del patrimonio de la Unidad del Registro
Social, de acuerdo con la disposiciones establecidas en el
presente Decreto Ejecutivo (…)”;
E
eral 1 d
dispone q
ás de las atribuciones esta
e: 1. Ejercer
su cargo y e
ativas qu
Agusto B
NCIA DE LA REP
Considerando
del artículo 154 de la Co
que: “
A las
one
e las atribuciones establecidas e
ercer la rectoría de las polític
expedir los acuerd
do:
el artículo 154 de l
201
ván A
TAR
EN
1 del artículo 154 de la Constitu
ne que: “
A las ministras y mi
atribuciones estab
A
C
20
de l
d
ód
la
cua
las r
ab
la
ales
esp
p
Se
ee
públi
etar
eto
rganizó
a, así
Ejecu
ó la i
utiv
o
de las d
teni
elegac
el Cód
o, lo
ros
atrib
uerdo
a el ad
na m
os, res
ue
sabilid
archa
tran
ades
eneral
las
ituci
se esta
de
No. 3
cionalid
ble
vo
SE
INMO
PÚBL
SGLB-2019-0072 Trans
tuito un inm
a favor de INM
a los
ara la As
el Fondo Común
s
.............................
ERVICIO DE GES
OBILIARIA DEL SECTOR
LICO - INMOBILIAR:
B-2019-0072 Trans érese a
n inmueble, de propiedad
NMOBILIAR
y
.......
ESTIÓN
DEL SECTOR
LICO - INMOBILIA
Reglam
o para l
n par
del
os
E
OBILIARIA DEL SECTOR
BLICO - INMOBILIAR:
019-0072 Transér
elo de
...
3
Que
d
re
adm
objet
epa
pone
dminis
va
ne q
rat
artíc
e: “
m
lo 7
cun
co fun
nda
cio
os cor
rias n
ta
aciones
rrespo
do, e
espec
) de la
stable
Qu
minis
admin
ción
tració
s
e func
de fun
desar
ones,
C
ipio de
rrolla
digo
des
mien
Org
cia
zación
ión, tra
ulo 233
o estará
exento de respons
os en ejercicio de sus fu
rán responsable
manejo y ad
o;
la m
inistración
idad que se rige p
, calidad, jerarquía
, coordinación
nsparencia y evalu
3 establece que ningu
tará
ade
n ejercicio de sus funciones, o
onsables administrativa, civ
or
a, des
ón, p
aluación
”;
establece que n
de la
dmin
ivida
a, c
n,
an
233 establece que ninguna serv
ará
exento de responsabilida
id
ti
princip
ncentra
rticipa
ye un
ios de
a,
n
ad
Q
pació
,
p
Eje
repre
art
e,
ecuti
en
la
oN
Disp
ad
va, ope
d r
jurídi
erativ
rect
ica
n orga
ora de
e
uiente:
anism
l
utiv
Créa
No.
por
naci
ad
sivos
conve
s pr
; así c
ciones,
esupu
12,
de
ón Ge
dispo
y na
enera
pia,
nanciera

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR