Acuerdo SGPR-2019-0217 Acéptese la renuncia presentada por el señor Hugo Alberto Borja Vivero

Fecha de publicación19 Julio 2019
Número de Gaceta534
4 – Viernes 19 de julio de 2019 Segundo Suplemento – Registro O cial Nº 534
2. Señor José Valencia Amores, Ministro de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana;
3. Señor Iván Ontaneda Berrú, Ministro de Pro-
ducción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca;
4. Señor José Agusto Briones, Secretario General de la
Presidencia de la República;
5. Señor Juan Sebastián Roldán Proaño, Secretario
Particular de la Presidencia de la República;
6. Señor Eduardo Khalifé Moraga, Secretario General
de Comunicación de la Presidencia de la República;
7. Señor Patricio Zambrano Restrepo, Representante
Permanente de la República del Ecuador ante la
UNESCO, con sede en París-Francia: y,
8. Señora María de la Paz Donoso Castellón,
Embajadora del Ecuador en Francia.
Reino de los Países Bajos:
1. Señora Rocío González de Moreno, Presidenta
de! Comité Interinstitucional del Plan “Toda Una
Vida”;
2. Señor José Valencia Amores, Ministro de
Relaciones Exteriores y Movilidad Humana;
3. Señor Iván Ontaneda Berrú, Ministro de Pro-
ducción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca;
4. Señor Eduardo Khalifé Moraga, Secretario General
de Comunicación de la Presidencia de la República.
Artículo Segundo.- Las delegaciones y atribuciones de los
señores Ministros, en su ausencia, se regirán a lo dispuesto
en el Artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva
Artículo Tercero.- Los viáticos y más gastos que
demanden estos desplazamientos, se cubrirán con cargo a
los presupuestos de las instituciones a las que pertenecen
los integrantes de esta comitiva.
Artículo Cuarto.- Este Decreto entrará en vigencia a partir
de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el
Registro O cial.
Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 4 de julio de 2019,
f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la
República
Quito, 16 de julio del 2019, certi co que el que antecede es
el copia del original.
Documento rmado electrónicamente
Dra. Johana Pesántez Benítez
SECRETARIA GENERAL JURÍDICA
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL
ECUADOR
No. SGPR-2019-0217
Margarita Isabel Rodríguez Romero
SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE
LA REPÚBLICA (S)
Considerando:
Que, el artículo 154, numeral 1 de la Constitución de la
República determina “A las ministras y ministros de Estado,
además de las atribuciones establecidas en la ley, les
corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas
del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestión”;
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República
establece que las instituciones del Estado, sus organismos,
dependencias, las servidoras o servidores públicos y las
personas que actúen en virtud de una potestad estatal,
ejercerán las competencias y facultades que les sean
atribuidas en la Constitución y la ley y tendrán el deber de
coordinar acciones para el cumplimiento de sus nes y hacer
efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en
la Constitución;
Que, el mismo texto constitucional, señala en su artículo
227, que la administración pública constituye un servicio
a la colectividad que se rige por los principios de
e cacia, e ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
plani cación, transparencia y evaluación;
Que, el artículo 98 del Código Orgánico Administrativo,
respecto del Acto Administrativo, prescribe: “Acto
administrativo es la declaración unilateral de voluntad,
efectuada en ejercicio de la función administrativa que
produce efectos jurídicos individuales o generales, siempre
que se agote con su cumplimiento y de forma directa. Se
expedirá por cualquier medio documental, físico o digital y
quedará constancia en el expediente administrativo”;
Que, el artículo 54 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva determina que la
titularidad y el ejercicio de las competencias atribuidas a
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