Acuerdos. SGPR-2019-0348 Deléguese a la magíster Dora Azucena Ordoñez Cueva, Secretaria Anticorrupción Encargada de la Presidencia de la República, la expedición de acuerdos y la suscripción de convenios interinstitucionales, notas reversales, cartas de intención, memorandos de entendimiento, entre otros, con organismos nacionales o internacionales, públicos o privados, con sus respectivas adendas, actas de cierre y liquidación, así como la documentación necesaria para el exclusivo cumplimiento de las atribuciones de la Secretaría Anticorrupción de la Presidencia de la República, conferidas mediante Decreto Ejecutivo No. 395 de 24 de mayo de 2018

Número de Boletín72
SecciónAcuerdos
EmisorSecretaría General de la Presidencia de la República
2 – Jueves 31 de octubre de 2019 Suplemento – Registro Of‌i cial Nº 72
No. SGPR-2019-0348
José Iván Agusto Briones
SECRETARIO GENERAL DE LA
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Considerando:
República determina “A las ministras y ministros de Estado,
además de las atribuciones establecidas en la ley, les
corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas
del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestión”;
establece que las instituciones del Estado, sus organismos,
dependencias, las servidoras o servidores públicos y las
personas que actúen en virtud de una potestad estatal,
ejercerán las competencias y facultades que les sean
atribuidas en la Constitución y la ley y tendrán el deber de
coordinar acciones para el cumplimiento de sus f‌i nes y hacer
efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en
la Constitución;
Que, el mismo texto constitucional, señala en su artículo
227, que la administración pública constituye un servicio
a la colectividad que se rige por los principios de
ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
planif‌i cación, transparencia y evaluación;
respecto del Acto Administrativo, prescribe: Acto
administrativo es la declaración unilateral de voluntad,
efectuada en ejercicio de la función administrativa que
produce efectos jurídicos individuales o generales, siempre
que se agote con su cumplimiento y de forma directa. Se
expedirá por cualquier medio documental, físico o digital y
quedará constancia en el expediente administrativo”;
Que, el artículo 69 del mismo cuerpo legal, dispone que:
Delegación de competencias. Los órganos administrativos
pueden delegar el ejercicio de sus competencias, incluida
la de gestión, en: 1. Otros órganos o entidades de la misma
administración pública, jerárquicamente dependientes.- 2.
Otros órganos o entidades de otras administraciones.- 3.
Esta delegación exige coordinación previa de los órganos o
entidades afectados, su instrumentación y el cumplimiento
de las demás exigencias del ordenamiento jurídico en
caso de que existan.- 4. Los titulares de otros órganos
dependientes para la f‌i rma de sus actos administrativos.-
5. Sujetos de derecho privado, conforme con la ley de la
materia.- La delegación de gestión no supone cesión de la
titularidad de la competencia”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 395, de 24 de mayo
de 2018, reformado mediante Decreto Ejecutivo No. 665 de
6 de febrero de 2019, se reorganizó la institucionalidad de
la Presidencia de la República, así como se establecieron
las atribuciones de la Secretaría General de la Presidencia,
entre las cuales se encuentran las siguientes: “1. Ejercer
la representación legal de la Presidencia de la República;
(…)21. Expedir acuerdos, resoluciones y demás
instrumentos necesarios para el adecuado cumplimiento
de su gestión, funciones y atribuciones (…)”. De igual
manera, se establecieron las atribuciones de la Secretaría
Anticorrupción de la Presidencia de la República;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 571, de 23 de
noviembre de 2018, el señor Presidente Constitucional de
la República del Ecuador, designó al Mgs. José Iván Agusto
Briones como Secretario General de la Presidencia de la
República del Ecuador;
Que, mediante Acuerdo No. SGPR-2019-0027 de 11 de
febrero de 2019, se expide la Reforma al Estatuto Orgánico
Sustitutivo de Gestión Organizacional por Procesos de la
Presidencia de la República, que en su artículo 10, numeral
1.1.1., establece como atribuciones y responsabilidades
del Secretario General de la Presidencia, entre otras las
siguientes: literal “a. Ejercer la representación legal de la
Presidencia de la República; (…) u. “expedir acuerdos,
resoluciones y demás instrumentos necesarios para
el adecuado cumplimiento de su gestión, funciones y
atribuciones”;
Que, mediante Acuerdo No. SGPR-2019-0041, de
21 de febrero de 2019, se delegaron atribuciones y
responsabilidades establecidas legalmente al Secretario
General de la Presidencia de la República, a favor de las
autoridades de la Presidencia de la República, para la buena
marcha institucional;
Que, mediante Acuerdo No. SGPR-2019-0046, de 21 de
febrero de 2019, se reformó el Acuerdo No. SGPR-2019-
0041;
Que, mediante Acuerdo No. SGPR-2019-0072, de 19 de
marzo de 2019, se reformó el Acuerdo No. SGPR-2019-
0041;
Que, mediante memorando No. PR-SAPR-2019-0215-M,
de 22 de octubre de 2019, la magister Dora Azucena Ordoñez
Cueva, Secretaria Anticorrupción de la Presidencia,
Encargada, solicitó al magíster José Iván Agusto Briones,
Secretario General de la Presidencia de la República, se emita
la respectiva actualización a la delegación emitida mediante
Acuerdo No. SGPR-2019-0096, que le faculte expedición
de acuerdos y suscripción de convenios interinstitucionales
con organismos nacionales o internacionales, públicos
o privados con sus respectivas adendas, actas de cierre y
liquidaciones así como la documentación necesaria para el
exclusivo cumplimiento de las atribuciones de la Secretaría
Anticorrupción de la Presidencia de la República; y,
En ejercicio de las atribuciones constitucionales, legales y
reglamentarias.
Acuerda:
Artículo 1.- Delegar a la magíster Dora Azucena Ordoñez
Cueva, Secretaria Anticorrupción Encargada de la
Presidencia de la República, la expedición de acuerdos
y la suscripción de convenios interinstitucionales,
notas reversales, cartas de intención, memorandos de
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