Resoluciones. SIS-DG-2017-011 Refórmese La Resolución N° SIS-DG-2017-008
Número de Boletín | 107 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Servicio Integrado de Seguridad Ecu 911 |
Miércoles 25 de octubre de 2017 – 45Registro Ofi cial Nº 107
d) Factura debidamente legalizada.
e) Garantía técnica.
2.- En el caso de contratos se deberán adicionar a los
documentos señalados anteriormente, los que se
detallan a continuación:
f) Memorando de designación de la comisión técnica
para la entrega recepción de los bienes.
g) Informe de satisfacción del administrador del
contrato.
h) Acta entrega recepción defi nitiva, debidamente
legalizada.
i) Documentos que sustenten las prórrogas autorizadas
o no concedidas, en caso de existir.
j) Documentos adicionales determinados en el
contrato.
En caso de servicios:
1.- Cuando la adquisición es a través de un contrato, orden
de Servicio, se deberá considerar los documentos
mínimos que se detallan a continuación:
a) Informe por parte del proveedor, en el que se
detalle todas las actividades realizadas durante su
ejecución.
b) Informe de satisfacción del administrador del
contrato.
c) Factura debidamente legalizada.
2.- En el caso de contratos se deberán adicionar a los
documentos señalados anteriormente, los que se
detallan a continuación:
d) Memorando de designación de la comisión técnica
para la entrega recepción de los servicios.
e) Acta entrega recepción defi nitiva, debidamente
legalizada.
f) Documentos que sustenten las prórrogas autori-
zadas o no concedidas, en caso de existir.
g) Documentos adicionales determinados en el
contrato.
Artículo 16.- Liquidación del Contrato.- La liquidación
económico contable del contrato, que forma parte
integrante del acta entrega recepción, se dejará constancia
de lo ejecutado, se determinaran los valores recibidos por el
contratista, los pendientes de pago o los que deban deducirse
o deba devolver por cualquier concepto, aplicando los
reajustes correspondientes, podrá también procederse a las
compensaciones a que hubiere lugar, la liquidación fi nal
será parte de la recepción defi nitiva.
Los valores liquidados deberán pagarse dentro de los diez
días siguientes a la liquidación, vencido el término causaran
intereses legales y los daños y perjuicios que justifi care la
parte afectada.
Disposición General.- La presente resolución entrará
en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Ofi cial.
Dado en la Dirección General del Servicio Integrado de
Seguridad ECU 911, a los 18 días de julio de 2017.
f.) Mgs. Andrés Sandoval Vargas, Director General,
Servicio Integrado de Seguridad ECU 911.
ECU 911.- SERVICIO INTEGRADO DE SEGU-
RIDAD.- LÍNEA ÚNICA PARA EMERGENCIA.- Es
fi el copia del original.- f.) Ilegible.
Nº SIS-DG-2017-011
MGS. Andrés Sandoval Vargas
DIRECTOR GENERAL
SERVICIO INTEGRADO DE SEGURIDAD
ECU 911
Considerando:
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República,
establece: “La administración pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de
efi cacia, efi ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
planifi cación, transparencia y evaluación”;
Que, el artículo 233 inciso primero de la Norma Suprema,
dispone: “Ninguna servidora ni servidor público estará
exento de responsabilidades por los actos realizados en
el ejercicio de sus funciones, o por omisiones, y serán
responsables administrativa, civil y penalmente por el
manejo y administración de fondos, bienes o recursos
públicos”;
Que, el artículo 80 de la Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Contratación Pública prescribe lo siguiente: “El
supervisor y el fi scalizador del contrato son responsables
de tomar todas las medidas necesarias para su adecuada
ejecución, con estricto cumplimiento de sus cláusulas,
programas, cronogramas, plazos y costos previstos. Esta
responsabilidad es administrativa, civil y penal según
corresponda”;
Que, el artículo 121 del Reglamento General a la Ley
Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública,
determina que: “En todo contrato, la entidad contratante
designará de manera expresa un administrador del mismo,
to.
Factura d
aso de
s señalados anteriormente
ntinuación:
de designaci
recep
e satisfacción de
debidamente legal
contratos se deberá
eñalados anteriormente, los q
ación:
l
galizada.
ontratos se de
el
activida
de
d
de contratos se deberán adicion
alados anteriormente, los
ni
dor de
l
ERV
D
ICIO
S. A
DIREC
ndré
C
S-DG
rés S
DG-2017
7-
os
se
er
efi
ue,
tablec
ic
el artíc
l
C
E
C
GRAD
ECU
R GE
O D
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba