Resoluciones. SNAI-SNAI-2019-0003-R Deléguese al Coordinador General Administrativo Financiero, la facultad de autorización y pago de la nómina del personal de la institución

Número de Boletín161
SecciónResoluciones
EmisorSERVICIO NACIONAL DE ATENCIÓN INTEGRAL A PERSONAS ADULTAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD A ADOLESCENTES INFRACTORES SNAI
Viernes 13 de marzo de 2020 – 39Registro Of‌i cial Nº 161
4. Emitir informes respecto a los benef‌i cios penitenciarios
solicitados por las personas privadas de libertad para
prelibertad, libertad controlada, rebajas de pena, en
las modalidades vigentes a la fecha de privación de
libertad, a nivel nacional.
5. Las demás funciones que le asigne la o el Director
General del Servicio Nacional de Atención a Personas
Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes
Infractores.
DISPOSICIÓN GENERAL
Única.- Encárguese a la Secretaría General o dependencia
que haga sus veces, la notif‌i cación de la presente
Resolución y publicación en el Registro Of‌i cial.
DISPOSICIÓN FINAL
Esta Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha
de su suscripción, y será publicada en el Registro Of‌i cial.
Dada y f‌i rmada en Quito, D.M., a los 6 día(s) del mes de
Febrero de dos mil diecinueve.
f.) Dr. Ernesto Pazmiño Granizo, Director General del
Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas
Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores.
RAZÓN: siento como tal que el documento que antecede
en cuatro fojas útiles, es igual al original que reposa
en la Unidad de Secretaría General de esta Cartera de
Estado y que corresponde a la Resolución Nro. SNAI-
SNAI-2019-0001 de fecha 06 de febrero de 2019, en
el que se Resuelve: Designar a los Miembros de la
Comisión Especializada de Benef‌i cios Penitenciarios,
cambio de Régimen de Rehabilitación Social, Indultos
y Repatriaciones del Servicio Nacional de Atención
Integral a Personas Privadas de la Libertad y Adolescentes
Infractores.
Quito, D.M., 18 de febrero de 2020.
f.) Ing. Verónica Valeria Vélez Véliz, Unidad de Secretaría
General, Servicio Nacional de Atención Integral a
Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes
Infractores.
Nro. SNAI-SNAI-2019-0003-R
Quito, D.M., 03 de abril de 2019
SERVICIO NACIONAL DE ATENCIÓN INTEGRAL
A PERSONAS ADULTAS PRIVADAS DE LA
LIBERTAD Y A ADOLESCENTES
Dr. Ernesto Pazmiño Granizo
DIRECTOR GENERAL
Considerando:
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 560 de 14 de
noviembre de 2018, el Presidente Constitucional de la
República dispuso la transformación del Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos en la Secretaría
de Derechos Humanos, y creó el Servicio Nacional de
Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la
Libertad y a Adolescentes Infractores, como entidades
de derecho público, con personalidad jurídica, dotadas de
autonomía administrativa y f‌i nanciera.
Que en el artículo 4 del indicado Decreto se dispuso que
el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas
Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes
Infractores ejerza todas las atribuciones constantes en
leyes y demás normativa vigente sobre rehabilitación,
reinserción, seguridad, indultos, conmutación o rebaja
de penas y medidas cautelares para personas adultas
privadas de libertad, así como sobre desarrollo integral de
adolescentes infractores.
Que en la Disposición General Segunda del mismo Decreto
Ejecutivo se determinó que los derechos y obligaciones
que le correspondían al Ministerio de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos pasen a formar parte de las respectivas
entidades de la Función Ejecutiva; y, en la Disposición
Transitoria Segunda, que el proceso de transición para la
reorganización institucional, transferencia y redistribución
de las competencias tenga un plazo máximo de sesenta
días, contados a partir de esa fecha y que, vencido el
mismo, el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y
Cultos se extinga de pleno derecho.
Que con Decreto Ejecutivo No. 631 de 4 de enero de 2019,
se amplió en treinta días el plazo para la transferencia de
las competencias de la Secretaría de Derechos Humanos al
Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas
Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores.
Que dentro del mencionado proceso de transición, el
Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Of‌i cio No.
MEF-VGF-2019-0056-O de 22 de enero de 2019, emitió
dictamen presupuestario favorable para la implementación
de la estructura provisional y creación de cincuenta y
seis puestos del Nivel Jerárquico Superior del Servicio
Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas
de la Libertad y a Adolescentes Infractores.
Que el Viceministro del Servicio Público (S) del
Ministerio del Trabajo, mediante Resolución No. MDT-
VSP-2019-007 de 28 de enero de 2019, aprobó la creación
de los antedichos cincuenta y seis puestos del Nivel
Jerárquico Superior del Servicio Nacional de Atención
Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a
Adolescentes Infractores.
Que según el No.1 del artículo 69 del Código Orgánico
Administrativo, los órganos administrativos pueden
delegar el ejercicio de sus competencias, incluida la
de gestión, en otros órganos o entidades de la misma
administración pública, jerárquicamente dependientes.
Que de acuerdo con lo prescrito en el artículo 70
del mismo Código, la delegación debe contener la
especif‌i cación del delegado; la especif‌i cación del órgano
delegante y la atribución para delegar dicha competencia;

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