Resoluciones. SNP-SNP-2021-0065-R Deléguese ante el Directorio de la Empresa Pública de Servicios Postales del Ecuador SPE EP., a el/la Coordinador/a General de Asesoría Jurídica o quien hiciera sus veces

Número de Boletín620
SecciónResoluciones
EmisorSECRETARÍA NACIONAL DE PLANIFICACIÓN
Martes 18 de enero de 2022 Registro Ocial Nº 620
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Resolución Nro. SNP-SNP-2021-0065-R
Quito, D.M., 29 de julio de 2021
SECRETARÍA NACIONAL DE PLANIFICACIÓN
CONSIDERANDO:
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente
las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce
y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
Que el artículo 227 ibídem, determina: La administración pública constituye un servicio
a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación,
transparencia y evaluación”;
Que el artículo 77, numeral 1, literal e) de la Ley Orgánica de la Contraloría General del
Estado, establece como una de las atribuciones y obligaciones específicas del titular de la
entidad: "Dictar los correspondientes reglamentos y demás normas secundarias
necesarias para el eficiente, efectivo y económico funcionamiento de sus instituciones";
que la Secretaría Técnica del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación
Participativa, será ejercida por el ente rector de la planificación;
Que el número 4 del artículo 27 ibídem, establece que es atribución del Secretario
Nacional de Planificación: "4.-Delegar por escrito las facultades que estime conveniente.
Los actos administrativos ejecutados por las o los funcionarios, servidores o
representantes especiales o permanentes delegados, para el efecto, por el Secretario
Nacional tendrán la misma fuerza y efecto que si los hubiere hecho el titular o la titular
de dicha Secretaría y la responsabilidad corresponderá al funcionario delegado";
Que el artículo 55 del referido Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva, establece: "Las atribuciones propias de las diversas entidades y
autoridades de la Administraci6n Pública Central e Institucional, serán delegables en las
autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas
por Ley o por Decreto (. . .)";
Que mediante Decreto Ejecutivo Nro. 1244 de 23 de febrero de 2021, se crea la
Directorio de la Empresa Pública Servicios Postales del Ecuador SPE EP, como una
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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