Acuerdos. Snpd-005-2018 Desígnese Al Señor Santiago Medina Palacios, Asesor De Despacho, Para Que Actúe Como Delegado De Esta Secretaría De Estado, Ante El Directorio Del Banco De Desarrollo Del Ecuador B.P.

Número de Boletín185
SecciónAcuerdos
EmisorSecretaría Nacional de Planificación y Desarrollo
10 – Miércoles 21 de febrero de 2018 Registro Of‌i cial Nº 185
13. En todo lo no previsto en el presente Acuerdo, el
Gerente del Proyecto Emblemático: “Consolidación de
la Preinversión en el ciclo de la Inversión Pública
para el cumplimiento de los Objetivos del Plan
Nacional para el Buen Vivir”, asumirá en materia
de contratación pública, todas las competencias,
atribuciones, funciones y responsabilidades del/la
Secretario/a Nacional de Planif‌i cación y Desarrollo,
específ‌i camente dentro del Proyecto Emblemático a su
cargo; y,
14. Asistir a las Audiencias de Mediación que sean
convocadas, respecto de los actos, hechos o contratos
administrativos inherentes al Proyecto Emblemático:
Consolidación de la Preinversión en el ciclo de
la Inversión Pública para el cumplimiento de los
Objetivos del Plan Nacional para el Buen Vivir” y/o
al Ex Instituto Nacional de Preinversión, en gestión
conjunta con la Coordinación General Jurídica.
Art. 3.- Todas aquellas atribuciones que mediante este
instrumento no han sido delegadas expresamente al
Gerente del Proyecto Emblemático: “Consolidación de
la Preinversión en el ciclo de la Inversión Pública para
el cumplimiento de los Objetivos del Plan Nacional para
el Buen Vivir”, serán ejercidas por el/la Subsecretario/a
General de Planif‌i cación y Desarrollo, en el marco de
los acuerdos de delegación emitidos por la Secretaría
Nacional de Planif‌i cación y Desarrollo, entendiéndose al
Proyecto Emblemático: “Consolidación de la Preinversión
en el ciclo de la Inversión Pública para el cumplimiento
de los Objetivos del Plan Nacional para el Buen Vivir”,
administrativamente sujeto a dicha Subsecretaría General.
Art. 4.- El Gerente del Proyecto Emblemático:
Consolidación de la Preinversión en el ciclo de la
Inversión Pública para el cumplimiento de los Objetivos
del Plan Nacional para el Buen Vivir”, será responsable
de los actos y hechos que cumplan en ejercicio de la
presente delegación, e informará al Secretario Nacional de
Planif‌i cación y Desarrollo, de forma trimestral o cuando le
sea requerido, sobre las actividades realizadas.
Art. 5.- Derogar en forma expresa el Acuerdo No. SNPD-
022-2017, de 03 de julio de 2017; así como, cualquier otro
instrumento de igual o menor jerarquía, en tanto que se
oponga al contenido del presente Acuerdo.
Art. 6.- Encárguese al/la Coordinador/a General Jurídico/a,
o a quien haga sus veces, notif‌i que con el contenido de este
Acuerdo al/la Subsecretario/a General de Planif‌i cación
y Desarrollo, al Gerente del Proyecto Emblemático:
Consolidación de la Preinversión en el ciclo de la Inversión
Pública para el cumplimiento de los Objetivos del Plan
Nacional para el Buen Vivir”, al/la Coordinador/a General
Administrativo/a Financiero/a; y, al/la Coordinador/a
General de Planif‌i cación y Gestión Estratégica, o quienes
hagan sus veces, para su oportuna ejecución.
Art. 7.- De la ejecución del presente Acuerdo, que
entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Of‌i cial,
encárguese al/la Subsecretario/a General de Planif‌i cación
y Desarrollo, al/la Coordinador/a General de Planif‌i cación
y Gestión Estratégica, al/la Coordinador/a General
Administrativo/a Financiero/a; y, al Gerente del Proyecto
Emblemático: “Consolidación de la Preinversión en el
ciclo de la Inversión Pública para el cumplimiento de los
Objetivos del Plan Nacional para el Buen Vivir”.
CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.
Dado, en el Distrito Metropolitano de Quito, a 11 de enero
de 2018.
f.) Etzon Romo Torres, Secretario Nacional de Planif‌i cación
y Desarrollo.
Es f‌i el copia del original.- Lo certif‌i co.- f.) Ilegible.
No. SNPD-005-2018
Etzon Romo Torres
SECRETARIO NACIONAL DE
PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO
Considerando:
establece que: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la ley (…)”;
Que, el numeral 4 del artículo 27 del Código Orgánico
de Planif‌i cación y Finanzas Públicas, establece que es
atribución del Secretario Nacional de Planif‌i cación y
Desarrollo: “(…) 4. Delegar por escrito las facultades que
estime conveniente. Los actos administrativos ejecutados
por las o los funcionarios, servidores o representantes
especiales o permanentes delegados, para el efecto, por el
Secretario Nacional tendrán la misma fuerza y efecto que si
los hubiere hecho el titular o la titular de dicha Secretaría
y la responsabilidad corresponderá al funcionario
delegado”;
Que, el artículo 373 del Código Orgánico Monetario y
Financiero, respecto de la conformación de los directorios
de las instituciones f‌i nancieras públicas, dispone lo
siguiente: “Cada una de las entidades f‌i nancieras
públicas tendrá un directorio constituido de la siguiente
manera: 1. Un delegado permanente del Presidente de la
República, quien lo presidirá y tendrá voto dirimente; 2.
Los titulares de tres secretarías de Estado cuyo ámbito de
acción esté directamente relacionado con las f‌i nalidades
y objetivos de la respectiva entidad f‌i nanciera, o sus
delegados permanentes; y, 3. El titular de la secretaría de
Estado a cargo de la política económica o su delegado
permanente”;
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