Acuerdos. SNPD-005-2019 Refórmese el Acuerdo No. SNPD-077-2018, de 26 de diciembre de 2018

Número de Boletín413
SecciónAcuerdos
EmisorSecretaría Nacional de Planificación y Desarrollo
34 – Jueves 24 de enero de 2019 Registro O cial Nº 413
No. SNPD-005-2019
Mgs. Fernando Patricio Proaño Salvador
SECRETARIO NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y
DESARROLLO, ENCARGADO
Considerando:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República dispone que: “A las ministras y ministros de
Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley,
les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiere su gestión (...)”;
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República
dicta que: “Las instituciones del Estado, sus organismos,
dependencias, las servidoras o servidores públicos y las
personas que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que les
sean atribuidas en la Constitución y la ley (…)”;
Que, el artículo 227 de la misma Norma Suprema
establece que: “La administración pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de
e cacia, e ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
plani cación, transparencia y evaluación”;
Que, el numeral 4 del artículo 27 del Código Orgánico
de Plani cación y Finanzas Públicas, determina como
atribución del Secretario Nacional de Plani cación y
Desarrollo: “(…) 4. Delegar por escrito las facultades que
estime conveniente. Los actos administrativos ejecutados
por las o los funcionarios, servidores o representantes
especiales o permanentes delegados, para el efecto, por el
Secretario Nacional tendrán la misma fuerza y efecto que si
los hubiere hecho el titular o la titular de dicha Secretaria
y la responsabilidad corresponderá al funcionario
delegado”;
Que, el artículo 54 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva manda que: “(…)
La titularidad y el ejercicio de las competencias atribuidas
a los órganos administrativos podrán ser desconcentradas
en otros jerárquicamente dependientes de aquellos,
cuyo efecto será el traslado de la competencia al órgano
desconcentrado. La desconcentración se hará por Decreto
Ejecutivo o Acuerdo Ministerial”;
Que, el artículo 55 del referido Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva establece
que: “Las atribuciones propias de las diversas entidades
y autoridades de la Administración Pública Central
e Institucional, serán delegables en las autoridades u
órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren
prohibidas por Ley o por Decreto (…)”;
Que, con Decreto Ejecutivo No. 1372, publicado en el
Registro O cial No. 278 de 20 de febrero de 2004, se
creó la Secretaría Nacional de Plani cación y Desarrollo
como el organismo técnico responsable del diseño,
implementación, integración y dirección del Sistema
Nacional de Plani cación, en todos sus niveles;
Que, el literal r) del acápite 1.1.1.1. “Direccionamiento
Estratégico”, del Punto 1 “Nivel de Gestión Central”,
del artículo 10 del Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos de la Senplades, publicado
en la Edición Especial del Registro O cial No. 755, de
11 de noviembre de 2016, establece como atribución del
Secretario Nacional de Plani cación y Desarrollo: “(…) r)
Delegar facultades y atribuciones dentro de la estructura
jerárquica institucional, cuando considere necesario (…)”;
Que, con Decreto Ejecutivo No. 571 de 23 de noviembre
de 2018, se designó al Mgs. Fernando Patricio Proaño
Salvador, Secretario Nacional de Plani cación y Desarrollo,
Encargado;
Que, mediante Acuerdo No. SNPD-077-2018, de 26
de diciembre de 2018, se designaron los delegados
permanentes, principales y alternos, que representen a la
Secretaría Nacional de Plani cación y Desarrollo, en los
diferentes cuerpos colegiados en los que participa esta
Secretaría de Estado; y,
En ejercicio de las atribuciones y facultades que le con eren
el numeral 4 del artículo 27 del Código Orgánico de
Plani cación y Finanzas Públicas; y, el Decreto Ejecutivo
No. 571, de 23 de noviembre de 2018,
Acuerda:
Art. 1.- Suprímanse los literales p) y w) del artículo 2 y
literal f) del artículo 4 del Acuerdo No. SNPD-077-2018,
de 26 de diciembre de 2018.
Art. 2.- Refórmese el literal c) del artículo 1 del Acuerdo
No. SNPD-077-2018, de 26 de diciembre de 2018, por lo
siguiente:
c) Consejo de Educación Superior -CES-: Delegado
Permanente Principal: Subsecretario/a de
Plani cación Nacional; Delegado Permanente Alterno:
Coordinador/a General Jurídico, o quienes hagan sus
veces;
Art. 3.- Refórmese el literal y) del artículo 2 del Acuerdo
No. SNPD-077-2018, de 26 de diciembre de 2018, por lo
siguiente:
y) Comité Estratégico de Promoción y Atracción
de Inversiones: Delegado Permanente Principal:
Subsecretario/a General de Plani cación y Desarrollo;
Delegado Permanente Alterno: Subsecretario/a de
Plani cación Nacional, o quien haga sus veces;
Art. 4.- Refórmese el literal b) del artículo 3 del Acuerdo
No. SNPD-077-2018, de 26 de diciembre de 2018, por lo
siguiente:
b) “Junta de Regulación y Control del Poder de Mercado:
Delegado Permanente Principal: Coordinador/a
General de Empresas Públicas o Análisis Regulatorio,
Delegado Permanente Alterno: Director/a de
Plani cación Empresarial Pública, o quienes hagan
sus veces”.
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