Snpd-014-2017 Desígnense Funciones A Varias Personas

Fecha de disposición19 Julio 2017
Fecha de publicación19 Julio 2017
Número de Gaceta39
Miércoles 19 de julio de 2017 – 31Registro Of‌i cial Nº 39
DISPOSICIÓN GENERAL ÚNICA.- Los procesos que
actualmente se encontraren en trámite deberán sujetarse
a las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo
Ministerial.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.- Vigencia.- El presente
Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
Dado en la ciudad Quito, D.M., a los 05 días del mes de
mayo de 2017.
f.) Javier Córdova Unda, Ministro de Minería.
MINISTERIO DE MINERÍA.- CENTRO DE
DOCUMENTACIÓN.- Fiel copia del original.- Fecha 14
de junio de 2017.- f.) Ilegible.
No. SNPD-014-2017
Andrés Mideros Mora
SECRETARIO NACIONAL DE
PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO
Considerando:
manda que: “Las instituciones del Estado, sus organismos,
dependencias, las servidoras o servidores públicos y las
personas que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que les
sean atribuidas en la Constitución y la ley (…)”;
Que, el artículo 227 de la misma Norma Suprema,
establece que: “La administración pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de
ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
planif‌i cación, transparencia y evaluación”;
Que, el numeral 4 del artículo 27 del Código Orgánico
de Planif‌i cación y Finanzas Públicas, dispone que es
atribución del Secretario Nacional de Planif‌i cación y
Desarrollo: “(…) 4. Delegar por escrito las facultades que
estime conveniente. Los actos administrativos ejecutados
por las o los funcionarios, servidores o representantes
especiales o permanentes delegados, para el efecto,
por el Secretario Nacional tendrán la misma fuerza y
efecto que si los hubiere hecho el titular o la titular de
dicha Secretaria y la responsabilidad corresponderá al
funcionario delegado”;
Que, el artículo 54 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, manda que:
“(…) La titularidad y el ejercicio de las competencias
atribuidas a los órganos administrativos podrán ser
desconcentradas en otros jerárquicamente dependientes
de aquellos, cuyo efecto será el traslado de la competencia
al órgano desconcentrado. La desconcentración se hará
por Decreto Ejecutivo o Acuerdo Ministerial”;
Que, el artículo 55 del referido Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
establece que: “Las atribuciones propias de las
diversas entidades y autoridades de la Administración
Pública Central e Institucional, serán delegables en las
autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las
que se encuentren prohibidas por Ley o por Decreto (…)”;
Que, con Decreto Ejecutivo No. 1372, publicado en el
Registro Of‌i cial No. 278, de 20 de febrero de 2004, se
creó la Secretaría Nacional de Planif‌i cación y Desarrollo,
como el organismo técnico responsable del diseño,
implementación, integración y dirección del Sistema
Nacional de Planif‌i cación en todos sus niveles;
Que, con Decreto Ejecutivo No. 8, de 24 de mayo de 2017,
se designó a Andrés Mideros Mora, Secretario Nacional
de Planif‌i cación y Desarrollo;
Que, mediante Acuerdo No. SNPD-044-2016, de 26 de
octubre de 2016, publicado en la Edición Especial del
Registro Of‌i cial No. 755, de 11 de noviembre de 2016, la
Secretaría Nacional de Planif‌i cación y Desarrollo, expidió
la Reforma al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional
por Procesos de la Secretaría Nacional de Planif‌i cación y
Desarrollo –Senplades, emitida mediante Acuerdo No. 91,
publicado en la Edición Especial de Registro Of‌i cial No.
97, de 22 de enero de 2014;
Que, el literal r) del acápite 1.1.1.1. “Direccionamiento
Estratégico”, del Punto 1 “Nivel de Gestión Central”,
del artículo 10 del Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos de la Senplades, publicado
en la Edición Especial del Registro Of‌i cial No. 755, de 11
de noviembre de 2016, establece como atribución de la
Secretaria Nacional de Planif‌i cación y Desarrollo: “(…) r)
Delegar facultades y atribuciones dentro de la estructura
jerárquica institucional, cuando considere necesario
(…)”;
Que, mediante los respectivos instrumentos jurídicos se
han creado Consejos Nacionales, Comités, Comisiones,
Juntas, Directorios y otros cuerpos colegiados, en los
que participan delegados de la Secretaría Nacional de
Planif‌i cación y Desarrollo;
Que, mediante los respectivos acuerdos ministeriales se
han designado los delegados de la Secretaría Nacional de
Planif‌i cación y Desarrollo, ante los diferentes Consejos
Nacionales y Técnicos, Comités, Comisiones, Juntas,
Directorios y otros cuerpos colegiados;
Que, es necesario designar a los delegados permanentes,
principales y alternos, que representen a la Secretaría
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