SSCO-DO-06-2017 Cámara De La Pequeña Industria Del Carchi – Capeicar

Fecha de disposición06 Septiembre 2017
Fecha de publicación06 Septiembre 2017
Número de Gaceta73
12 – Miércoles 6 de septiembre de 2017 Registro Of‌i cial Nº 73
Artículo 3.- El ámbito geográf‌i co en el cual está
autorizada la Cámara de Industrias de Manta – CIM, para
emitir certif‌i cados de origen en el marco de la habilitación
otorgada, es la provincia de Manabí.
Artículo 4.- La Cámara de Industrias de Manta – CIM
podrá realizar la certif‌i cación y verif‌i cación del origen de
los productos de exportación, de los siguientes acuerdos
comerciales: Comunidad Andina – CAN, los Acuerdos
de Complementación Económica y otros aplicables
dentro del marco de la Asociación Latinoamericana de
Integración – ALADI y el Acuerdo de Alcance Parcial
de Complementación Económica entre el Gobierno de la
República del Ecuador y el Gobierno de la República de
Guatemala.
Artículo 5.- Los funcionarios de la Cámara de Industrias de
Manta – CIM que actualmente se encuentran habilitados,
continuarán realizando las respectivas certif‌i caciones de
origen, excepto el funcionario Carlos Calero Calderón
quien es suspendido por el plazo de seis (6) meses, por
no presentarse a la evaluación escrita y por ende no
aprobar la misma, conforme lo dispuesto en el artículo
30 de la Normativa Complementaria para la Emisión de
Certif‌i cados de Origen y Verif‌i cación de Mercancías de
Exportación, expedida en la Resolución Nro. MCE-SSCE-
DO-024-2016.
Artículo 6.- La Cámara de Industrias de Manta – CIM
para la emisión de certif‌i cados de origen, deberá cumplir la
normativa vigente en los Acuerdos Comerciales descritos
en el artículo 4 de la presente Resolución; y, demás
Leyes, Reglamentos, Resoluciones y otras expedidas en la
materia; así como, con las disposiciones administrativas
que expida el Ministerio de Comercio Exterior a través de
su Dirección de Origen.
Artículo 7.- La Cámara de Industrias de Manta – CIM
tendrá que considerar las recomendaciones técnicas
enlistadas en el Anexo de la presente Resolución.
La presente Resolución entrará en vigencia, a partir de la
fecha de su expedición, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Of‌i cial.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Guayaquil, a los trece días del mes de junio de
2017.
f.) Ing. María Antonieta Reyes De Luca, Subsecretaria de
Servicios al Comercio Exterior.
ANEXO DE LA RESOLUCIÓN
Nro. SSCO-DO-05-2017
RECOMENDACIONES TÉCNICAS PARA
LA ENTIDAD HABILITADA CÁMARA DE
INDUSTRIAS DE MANTA - CIM
1. Se recomienda que los soportes de procesos productivos
que son entregados por las empresas exportadoras a
la entidad habilitada CIM en una inspección técnica,
sean f‌i rmadas y sellados por un representante del área
técnica de la empresa.
2. Notif‌i car a las empresas vía correo electrónico sobre
las observaciones detectadas en las DJO revisadas
por los funcionarios de las entidades certif‌i cadoras y
cerciorarse que en un tiempo no mayor a las 72 horas
hábiles se lleven a cabo las modif‌i caciones necesarias.
3. Para los próximos procesos de evaluación o auditoria
se solicita que se incluya las DJO dentro de los
soportes físico que se entregan al MCE.
4. Se sugiere entregar los informes de inspección
originales para los próximos procesos de calif‌i cación
y auditoria iniciados por el MCE.
Nro. SSCO-DO-06-2017
LA SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS AL
COMERCIO EXTERIOR DEL MINISTERIO DE
COMERCIO EXTERIOR
Considerando:
Que, el artículo 85 del Código Orgánico de la Producción,
Comercio e Inversiones, publicado en el Suplemento del
Registro Of‌i cial No. 351 de 29 de diciembre de 2010,
dispone que mediante norma reglamentaria se designará a
la unidad gubernamental que se encargará de la regulación
y administración de la certif‌i cación de origen de las
mercancías nacionales de exportación;
Que, mediante Decreto Ejecutivo N° 25 suscrito el 12
de Junio del 2013, publicado en el Registro Of‌i cial
Suplemento Nro. 19 De 20 de junio de 2013, se crea el
Ministerio de Comercio y Exterior; y, en el artículo 3 se
transf‌i eren a dicho Ministerio todas las competencias,
atribuciones, programas, proyectos, representaciones y
delegaciones que le correspondían a la Subsecretaría de
Comercio y Servicios del Viceministerio de Industrias
del Ministerio de Industrias y Productividad, siendo una
de estas la administración de la certif‌i cación de origen de
mercancías nacionales de exportación;
Que, mediante Acuerdo MCE-DM-2016-0008 suscrito el
03 de marzo de 2016, el Ministerio de Comercio Exterior
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