Recursos 115-2011. Recursos de casación en los juicios seguidos por la ssiguientes personas naturales y/o jurídicas: María Elisa Saldaña Espinoza en contra de Carlo sVásconez Mosquera y otra
Número de Boletín | 34-Edición Especial |
Sección | Recursos |
Emisor | Corte Nacional de Justicia Sala de lo Civil, Mercantil y Familia |
Fecha de la disposición | 9 de Febrero de 2011 |
ACTORA: Marí aElisa Saldaña Espinoza.
DEMANDADOS: Carlo sVásconez Mosquera y Alicia Gómezcoello Gómezcoello.
JUEZ PONENTE: DR. GALO MARTÍNEZ PINTO.
CORTE NACIONAL DE JUSTICIA
SALA DE LO CIVIL, MERCANTIL Y FAMILIA
Quito, 09 de febrero de 2011.- Las 10h40
VISTOS: Conocemos la presente causa como Jueces de la Sal aCivil, Mercantil y Familia de la Corte Nacional de Justicia, en mérito a l odispuesto en la segunda disposición transitoria del Código Orgánico de l aFunción Judicial publicado en el suplemento del Registro Oficial No. 544 de 9de marzo de 2009; en el numeral 4 literales a) y b) del apartado IV, DECISIÓN ,de la sentencia interpretativa 001- 08-SI-CC pronunciada por la Cort eConstitucional el 28 de noviembre de 2008, publicada en el suplemento de lRegistro Oficial No. 479 de 2 de diciembre del mismo año, debidamente posesionado sel 17 de diciembre último ante el Consejo de la Judicatura; y, en concordanci acon el artículo 5 de la resolución sustitutiva adoptada por el Pleno de l aCorte Nacional de Justicia el 22 de diciembre de 2008, publicada en el Registr oOficial No. 511 de 21 de enero de 2009; y los artículos 184.1 de l aConstitución de la República del Ecuador y 1 de la Ley de Casación. En l oprincipal, en el juicio ejecutivo que por dinero sigue la parte actora, esto e sMaría Elisa Saldaña Espinoza contra los demandados Carlos Vásconez Mosquera y Alicia Gómezcoell oGomezcoello, (y en el que se declara con lugar la tercería coadyuvante deducid apor José Valverde Pangol en trámite ordinario), aquéllos deducen recurso d ecasación respecto de la sentencia pronunciada el 28 de agosto de 2008, a la s15h45, por la Primera Sala Especializada de lo Civil, Mercantil, Inquilinato yMaterias Residuales de la Corte Superior de Justicia de Cuenca, que confirmó l asentencia que le fue en grado dentro del juicio ya expresado seguido contra l aparte recurrente. Aceptado a trámite el recurso extraordinario de casación y ,encontrándose la causa en estado de resolución, para hacerla, la Sala efectú alas consideraciones previas siguientes: PRlMERA.- Declarar su competencia par aconocer el recurso extraordinario de casación en virtud de lo dispuesto en lo sartículos 184.1 de la Constitución de la República del Ecuador y 1 de la Ley d eCasación y por cuanto esta Sala calificó el recurso de la relación por cumpli rlos requisitos de procedencia, oportunidad, legitimación y formalidade sexigidas por el artículo 6 de la ley de la materia, admitiéndolo a...
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