000154 Dense por terminadas las actividades en el Ecuador de la Organización No Gubernamental Extranjera “Health Standards Organization (HSO)”

Fecha de disposición07 Noviembre 2018
Fecha de publicación07 Noviembre 2018
Número de Gaceta362
Miércoles 7 de noviembre de 2018 – 47Registro Of‌i cial Nº 362
REPÚBLICA DEL ECUADOR
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
CERTIFICO: Que el documento que en 02 (dos) fojas útiles
antecede, contiene copias certif‌i cadas de la Resolución No.
052 de 28 de septiembre de 2018, publicada en la Orden
General Ministerial No. 140 de 28 de septiembre de
2018, cuyo original reposa en la Dirección de Secretaría
General de esta Cartera de Estado.
Quito, D.M. 02 de octubre de 2018.
f.) Ing. María Belén Yánez Miranda, Directora de Secretaría
General.
OBSERVACIÓN: La Dirección de Secretaría General
del Ministerio de Defensa Nacional no se responsabiliza
por la autenticidad, validez o licitud de la documentación
presentada para la certif‌i cación por parte de la Unidad
Administrativa que la custodia, así como tampoco por el
uso fraudulento que se pueda hacer de los documentos
certif‌i cados.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Y MOVILIDAD HUMANA
No. 000154
LA SUBSECRETARÍA DE COOPERACIÓN
INTERNACIONAL
Considerando:
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 1202, de 13 de octubre
del 2016, publicado en el Registro Of‌i cial No. 876, de 8 de
noviembre del 2016, se suprimió la Secretaría Técnica de
Cooperación Internacional y se dispuso que el Ministerio
de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana ejerza la
rectoría, planif‌i cación, regulación, control y gestión de
la Cooperación Internacional, teniendo la atribución de
suscribir, registrar y realizar el seguimiento a los convenios,
programas y proyectos de cooperación internacional no
reembolsable ejecutados por el sector público;
Que el Acuerdo Ministerial No. 000040, de 2 de mayo
de 2017, expidió el nuevo Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana, mediante el cual se
creó la Subsecretaría de Cooperación Internacional y la
Dirección de Gestión de la Cooperación Internacional No
Gubernamental;
Que el numeral 1.2.1.5. literal i) del referido Estatuto
establece como atribución de la Subsecretaría de
Cooperación Internacional: “Verif‌i car y articular con los
actores de la cooperación los contenidos de los acuerdos,
Convenios Básicos de Funcionamiento con Organismos no
Gubernamentales Extranjeros; y demás instrumentos de
cooperación internacional a ser suscritos”;
Que entre las atribuciones de la Dirección de Gestión de
Cooperación Internacional No Gubernamental, establecidas
en el referido Estatuto, el literal d) señala: “Elaborar
informes técnicos de cierre de actividades en el país de
Organizaciones no Gubernamentales extranjeras”;
Que conforme se desprende de los literales e) y f) del artículo
primero del Acuerdo Ministerial No. 000059, de 7 de julio
de 2017, la Ministra de Relaciones Exteriores y Movilidad
Humana delegó al Viceministro de Relaciones Exteriores,
Integración Política y Cooperación Internacional, la
atribución de: “Autorizar los contenidos de los convenios,
acuerdos, proyectos y demás documentos de cooperación
internacional no reembolsable y suscribirlos”;
Que la Disposición General Tercera ibídem señala: “ Se
autoriza expresamente a los funcionarios delegados, para
que bajo su control y responsabilidad, por excepción, en caso
de fuerza mayor o caso fortuito, o necesidad institucional,
debidamente motivados, puedan delegar, dentro del ámbito
de su competencia, las facultades delegadas, siempre y
cuando se mantengan dentro del alcance previsto en este
instrumento”;
Que mediante Resolución No. 000162, de 16 de octubre
de 2017, artículo único, el Viceministro de Relaciones
Exteriores, Integración Política y Cooperación Internacional
delegó a la Subsecretaria de Cooperación Internacional, la
atribución de: “autorizar los contenidos de los convenios,
acuerdos, proyectos y demás documentos de cooperación
internacional no reembolsable y suscribirlos”;
Que mediante Decreto Ejecutivo N° 193, de 23 de
octubre de 2017, el Presidente de la República expidió
el Reglamento para el Otorgamiento de Personalidad
Jurídica a las Organizaciones Sociales, cuyo artículo 30
reza: “Terminación de Convenio.- Si la ONG Extranjera
no cumpliere con las disposiciones de esta sección,
así como con lo establecido en el Convenio Básico de
Funcionamiento, el Ministerio de Relaciones Exteriores y
Movilidad Humana previo estudio del caso y resolución
motivada, dará por terminadas las actividades de la ONG
Extranjera en el Ecuador”;
Que el 2 de abril de 2013, el Gobierno de la República del
Ecuador, a través de la Ex Secretaría Técnica de Cooperación
Internacional y la Organización No Gubernamental
extranjera “Accreditation Canada International”,
suscribieron un Convenio Básico de Funcionamiento con
vigencia de cuatro años;
Que con of‌i cio s/n, recibido el 12 de abril de 2017, la
Dirección de Gestión de Cooperación Internacional
No Gubernamental fue notif‌i cada con el cambio de
denominación de “Accreditation Canada International” a
“Health Standards Organization (HSO)”.
Que con memorando No. MREMH-SCI-2018-0656-M,
de 9 de julio de 2018, la Subsecretaría de Cooperación
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