Acuerdos MDT-2017-0011. Acuerdo MDT-2017-0011 - Subróguense las funciones de Ministro, al economista Pablo Andrés Calle Figueroa, Viceministro de Servicio Público

Número de Boletín969
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Trabajo
18 – Jueves 23 de marzo de 2017 Registro Of‌i cial Nº 969
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA.- Los aspectos técnicos, administrativos y
operativos que se requieran para la correcta implementación
y ejecución de las directrices y lineamientos de
procedimiento general de otorgamiento y uso del DMEE,
serán def‌i nidos por la SEREE con el apoyo de la Dirección
Nacional de Ef‌i ciencia Energética y en coordinación con
el CTO, en el ámbito de competencias de cada integrante.
SEGUNDA.- El Subsecretario de Energía Renovable y
Ef‌i ciencia Energética, controlará el cumplimiento del
presente Acuerdo e informará y/o reportará en forma
directa o a solicitud del Ministro de Electricidad y Energía
Renovable, las acciones realizadas con relación a la
ejecución del presente instrumento, para lo cual remitirá
anualmente, para conocimiento de la máxima autoridad
institucional, un informe detallado de los trámites y
gestiones efectuadas, y por ejecutar en el siguiente
período.
TERCERA.- Las o los servidores que participen en
la ejecución del presente Acuerdo Ministerial y que se
encuentran mencionados en este acto administrativo, no
estarán exentos de responsabilidad por los actos realizados
en el ejercicio de sus funciones, responderán administrativa
y judicialmente por las acciones u omisiones en el manejo
y administración de los recursos públicos de ser el caso,
debiendo para el efecto, cumplir y hacer cumplir las
normas del ordenamiento jurídico vigente en el país.
CUARTA.- De la ejecución y socialización del presente
Acuerdo Ministerial encárguese a la Subsecretaría de
Energía Renovable y Ef‌i ciencia Energética, en el ámbito
de sus competencias y atribuciones
El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su
suscripción sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
Dado en Quito, D.M., a 24 de febrero de 2017.
f.) Medardo Cadena Mosquera, Ministro de Electricidad y
Energía Renovable.
No. MDT-2017-0011
Dr. Leonardo Renato Berrezueta Carrión
MINISTRO DEL TRABAJO
Considerando:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución
de la República del Ecuador, dispone: “A las ministras
y ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la
rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión. (…)”;
Que, la Ley Orgánica del Servicio Público publicada en
el Segundo Suplemento del Registro Of‌i cial No. 294, de
6 de octubre de 2010, en su artículo 126 establece que:
“Cuando por disposición de la Ley o por orden escrita
de autoridad competente, la servidora o el servidor deba
subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerárquico
superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente,
recibirá la diferencia de la remuneración mensual
unif‌i cada que corresponda al subrogado, durante el
tiempo que dure el reemplazo, a partir de la fecha de la
subrogación, sin perjuicio del derecho del titular”;
Que, el artículo 270 del Reglamento General de la Ley
ibídem, publicado en el Suplemento del Registro Of‌i cial
No. 418, de 01 de abril de 2011, indica que la subrogación
procederá de conformidad a lo anotado en el artículo 126
de la Ley Orgánica del Servicio Público, considerando
que la o el servidor subrogante tendrá derecho a percibir
la diferencia que exista entre la remuneración mensual
unif‌i cada de su puesto y la del puesto subrogado, incluyendo
estos los puestos que dependan administrativamente de la
misma institución;
Que, el inciso segundo del artículo 17 del Estatuto del
Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva
prevé: “Los Ministros de Estado, dentro de la esfera de su
competencia, podrán delegar sus atribuciones y deberes
al funcionario inferior jerárquico de sus respectivos
Ministerios, cuando se ausenten en comisión de servicios
al exterior o cuando lo estimen conveniente, siempre y
cuando las delegaciones que concedan no afecten a la
buena marcha del Despacho Ministerial, todo ello sin
perjuicio de las funciones, atribuciones y obligaciones
que de acuerdo con las leyes y reglamentos tenga el
funcionario delegado.”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 834 de 19 de
noviembre de 2015, el Presidente Constitucional de la
República, señor economista Rafael Correa Delgado,
designa al señor doctor Leonardo Renato Berrezueta
Carrión, como Ministro del Trabajo;
Que, mediante Of‌i cio Nro. MDT-MDT-2017-0153, de
02 de febrero de 2017, el señor Ministro del Trabajo, Dr.
Leonardo Berrezueta, solicita a la Secretaría Nacional de
la Administración Pública, autorice el uso de vacaciones
por la jornada del 02 de febrero de 2017, para lo cual lo
subrogará en su cargo, el Econ. Pablo Calle, Viceministro
de Servicio Público;
Que, mediante of‌i cio Nro. SNAP-CGGI-2017-0052-O,
de 09 de febrero de 2017, la Mgs. Paola Suntaxi Flores,
Coordinadora General de Gestión Interinstitucional,
remite el Acuerdo Nro. 1916, expedido por la Secretaria
Nacional de la Administración Pública, Magdalena
Gonzáles Alcívar, mediante el cual otorgó al Dr. Leonardo
Berrezueta Carrión, Ministro del Trabajo, licencia con
cargo a vacaciones por el 02 de febrero de 2017; y,

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