Acuerdo MH-2017-0015-AM - Subróguese el cargo del señor Ministro, a la Lic. Digna del Rocío Pesantes Moreira, Viceministra
Fecha de disposición | 06 Marzo 2017 |
Fecha de publicación | 06 Marzo 2017 |
Número de registro | MH-2017-0015-AM |
Número de Gaceta | 956 |
Lunes 6 de marzo de 2017 – 9Registro Ofi cial Nº 956
de la Administración Pública Central e Institución, serán
delegables en
las
autoridades u órganos de inferior
jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley
o
por Decreto. La delegación será publicada en el Registro
Ofi cial”;
Que, el artículo 9 de la Norma Técnica de Califi cación
de Servicios y Evaluación del Desempeño establece la
integración de los Comités de Reclamos de Evaluación
del Desempeño, que dispone: “Es el órgano competente
para conocer y resolver los reclamos presentados por los
servidores en la aplicación del proceso de evaluación del
desempeño. Se establecerá la cantidad de comités que sean
necesarios de acuerdo con la organización institucional y
estará integrado por: a) La máxima autoridad institucional
o su delegado con voz y voto dirimente, quien lo presidirá;
b) El responsable de la UARHs institucional o su delegado,
quien actuará como Secretario con voz y un solo voto; y, c)
El Jefe inmediato superior con voz y sin voto”;
Que, con Decreto Ejecutivo No. 1005 de 29 de abril de
2016, el Presidente Constitucional de la República designó
al Ing. José Icaza Romero como Ministro de Hidrocarburos;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No.
MH-DM-2016-
0019-AM
de 25 de mayo de 2016, el
Ing.
José Alberto Icaza
Romero, Ministro de Hidrocarburos, delega a la titular de la
Coordinación
General Administrativa Financiera o a quien
haga sus veces, varias atribuciones y
facultades;
Que, mediante Memorando No.
MH-COGEAF-2017-
0002-ME
de 5 de enero de 2017,
la
Coordinadora General
Administiva Financiera remite a la Coordinación General
Jurídica
un
proyecto de Acuerdo Ministerial con el cual
se reforma el Acuerdo Ministerial
No. MH-DM-2016-
0019-AM
de 25 de mayo de 2016; proyecto que en fecha
12 de enero de
2017
mereció el visto bueno de la referida
Coordinación General
Jurídica;
Que, es necesario racionalizar y desconcentrar la gestión
administrativa y fi nanciera del
Ministerio
de Hidrocarburos,
a fi n de proveer de mayor agilidad al despacho de las labores
inherentes a
dicha
institución, por lo que es necesario
ampliar la delegación de funciones a él o a la titular de
la
Coordinación General Administrativa Financiera, de tal
manera que incluya capacidad de
decisión
en aspectos
administrativos y fi nancieros;
y,
En ejercicio de las atribuciones que le confi ere el número
1 del artículo 154 de la Constitución
Ecuador; artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de
la
Función Ejecutiva; artículo 75 del
Código Orgánico de Planifi cación y Finanzas Públicas y
la Codifi cación y Reforma al Reglamento General para
la Administración, Utilización, Manejo
y
Control de los
Bienes y Existencias del Sector
Público.
Acuerda:
Artículo 1.- Incluir a continuación del numeral 1.17 del
Artículo 1 del Acuerdo Ministerial
No. MH-DM-2016-
0019-AM
de 25 de mayo de 2016, el siguiente
numeral:
“1.18. Presidir el Comité de Reclamos de Evaluación del
Desempeño, de conformidad con
el
artículo 9 de la Norma
Técnica de Califi cación de Servicios y Evaluación del
Desempeño”.
Artículo 2.- El o la titular de la Coordinación General
Administrativa Financiera
responderá
personal y
pecuniariamente dentro del ámbito administrativo y
civil, por los actos realizados
en
ejercicio de la presente
delegación ante el Ministro de Hidrocarburos y las
autoridades competentes.
Artículo 3.- El o la titular de la Coordinación General
Administrativa Financiera presentará
al
Ministro de
Hidrocarburos para su control, un informe ejecutivo de la
gestión realizada al
amparo
de la presente
delegación.
Artículo 4.- De la aplicación y ejecución del presente
Acuerdo, encárguese a él o la titular de la Coordinación
General Administrativa Financiera o quien haga sus veces.
Artículo Final.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en
vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio
de su promulgación en el Registro Ofi cial. Dado en Quito,
D.M., a los 13 día(s) del mes de Enero de dos mil diecisiete.
f.) Sr. Ing. José Alberto Icaza,
Romero
Ministro de
Hidrocarburos.
MINISTERIO DE HIDROCARBUROS.- Es fi el copia
del original.- Lo certifi co.- Quito, a 25 de enero de 2017.-
f.) Ilegible, Centro de Documentación.
Nro. MH-2017-0015-AM
Sr. Ing. José Alberto Icaza Romero
MINISTRO DE HIDROCARBUROS
Considerando:
publicada en el Registro Ofi cial No. 449 de 20 de octubre
de 2008, en su artículo 154, numeral l, dispone que las
Ministras y Ministros de Estado además de las atribuciones
establecidas en la Ley, les corresponden ejercer la rectoría
de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los
acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su
gestión;
Que, la Ley Orgánica del Servicio Público publicada
en el Segundo Suplemento del Registro Ofi cial No. 294
de 6 de octubre de 2010, en su artículo 126 dispone que
cuando por disposición de la Ley o por orden escrita de
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba