Acuerdo 008-2016 - Subróguese las funciones del Ministro a la ingeniera Ligia Alexandra Álava Freire, Viceministra de Tecnologías de la Información y Comunicación
Número de Boletín | 783-Primer Suplemento |
Sección | Acuerdos |
Emisor | Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información |
Fecha de la disposición | 12 de Mayo de 2016 |
El MINISTRO DE TElECOMUNICACIONES y DE lA SOCIEDAD DE lA INFORMACIÓN
Considerando:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República, confiere a las ministras y ministros de
Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo, así como la facultad de expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República, establece que la Administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 126 de la Ley Orgánica del Servicio Público, la subrogación procede por orden escrita de autoridad competente, cuando el titular se encuentre legalmente ausente;
Que, el artículo 270 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público, señala: ·La subrogación procederá de conformidad al artículo 126 de la LOSEP, considerando que la o el servidor subrogante tendrá derecho a percibir la diferencia que exista entre la remuneración mensual unificada de su puesto y la del puesto subrogado, incluyendo estos los puestos que dependan administrativamente de la misma institución. A efectos de la subrogación se deberá cumplir con los requisitos del puesto a subrogarse y en función de la misma se ejercerán las funciones correspondientes al puesto subrogado ( )·;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, los Ministros de Estado son competentes para el despacho de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización alguna del Presidente de la República, salvo los casos expresamente señalados en leyes especiales;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 1600 de 10 de mayo de 2016, el Ab. Pedro Solines Chacón, Secretario Nacional de la Administración Pública, autorizó el viaje al exterior del Ing. Augusto Espín Tobar, Ministro de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, del 17 al 19 de mayo 2016, a la ciudad de Santiago de
Chile para asistir al taller de trabajo sobre ·Desarrollo de la Industria Digital en...
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