Resoluciones. Supercom-2017-012 Expídese El Reglamento Interno De Trabajo

Número de Boletín62
SecciónResoluciones
EmisorSuperintendencia de la Información y Comunicación
Martes 22 de agosto de 2017 – 19Registro Of‌i cial Nº 62 – Segundo Suplemento
Las inscripciones se recibirán en:
- Of‌i cinas del CPCCS en Quito, en la calle Santa Prisca
425 y Vargas, Edif‌i cio Centenario;
- Delegaciones provinciales del CPCCS en todo el país
(cuyas direcciones pueden encontrarse en el portal web
institucional www.cpccs.gob.ec).
- Of‌i cinas consulares del Ecuador en el exterior.
Por ningún concepto se recibirán postulaciones fuera del
término y horario previstos o en un lugar distinto a los
indicados.
En Quito, D.M. a 1 de agosto de 2017.
Raquel González Lastre, Presidenta del CPCCS.
María José Sánchez Cevallos, Secretaria General.
Art. 2.- Disponer a la Coordinación de Comunicación,
realice la publicación de la convocatoria para la
conformación de la Comisión Ciudadana de Selección
que llevará a cabo el proceso del Concurso de oposición y
méritos para la selección y designación para la renovación
parcial de las y los Consejeros del Consejo Nacional
Electoral, la misma que se realizará el martes 01 de agosto de
2017, en tres diarios de amplia circulación nacional, en los
idiomas of‌i ciales de relación intercultural; y, en los medios
de comunicación audiovisual disponibles que garanticen el
acceso a la información de personas con discapacidad; de
igual manera se dispone que coordine con las Delegaciones
Provinciales la difusión masiva de la convocatoria.
Art. 3.- Disponer a la Coordinación de Relaciones
Internacionales, que coordine con el Ministerio de
Relaciones Exteriores, a través de los representantes
diplomáticos y las of‌i cinas consulares del Ecuador, el
procedimiento necesario para que se realice la difusión
y promoción de la convocatoria a f‌i n de obtener la
participación activa de las ecuatorianas y ecuatorianos en
el exterior.
DISPOSICIÓN FINAL.- Disponer a la Secretaría
General, notif‌i que con el contenido de la presente
resolución a las Coordinación General de Comunicación,
a la Coordinación General de Relaciones Internacionales,
al Ministerio de Relaciones Exteriores, para que procedan
como corresponda; y, al Registro Of‌i cial para que proceda
con la respectiva publicación.
Dado en la sala de sesiones del Pleno del Consejo de
Participación Ciudadana y Control Social, en el Distrito
Metropolitano de Quito, a los veintiséis días del mes de
julio de dos mil diecisiete.-
f.) Yolanda Raquel González Lastre, Presidenta.
Lo Certif‌i co.– En Quito, Distrito Metropolitano, a los
veintiséis días del mes de julio de dos mil diecisiete.
f.) María José Sánchez Cevallos, Secretaria General.
CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y
CONTROL SOCIAL.- Certif‌i co que es f‌i el copia del
original que reposa en las archivos de Secretaría General.-
Número fojas(s) -4-. Quito, 27 de julio de 2017.- f.) Ab.
María José Sánchez C., Secretaria General.
Nro. SUPERCOM-2017-012
EL SUPERINTENDENTE DE LA
INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
Considerando:
Ecuador, establece: “El derecho a la seguridad jurídica
se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la
existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y
aplicadas a las autoridades competentes”;
determina: “Las superintendencias son organismos
técnicos de vigilancia, auditoría, intervención y control de
las actividades económicas, sociales y ambientales, y de
los servicios que prestan las entidades públicas y privadas,
con el propósito de que estas actividades y servicios se
sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al interés
general. Las superintendencias actuarán de of‌i cio o por
requerimiento ciudadano. Las facultades específ‌i cas de las
superintendencias y las áreas que requieran del control,
auditoría y vigilancia de cada una de ellas se determinarán
de acuerdo con la ley (...) “;
dispone: “Las instituciones del Estado, sus organismos,
dependencias, las servidoras o servidores públicos y las
personas que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que
les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el
deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
f‌i nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución”;
señala: “La administración pública constituye un servicio
a la colectividad que se rige por los principios de
ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
planif‌i cación, transparencia y evaluación “;
Que la Superintendencia de la Información y Comunicación
fue creada mediante Ley Orgánica de Comunicación,
publicada en el Tercer Suplemento del Registro Of‌i cial Nro.
22 de 25 de junio de 2013, como un organismo técnico de
vigilancia, auditoría, intervención y control, con capacidad
sancionatoria, de administración desconcentrada, con
personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía
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