Resoluciones. SUPERCOM-2019-005 Ratifíquese en todas sus partes el contenido y alcance de la Resolución No. SUPERCOM-2018-009, de 06 de septiembre de 2018

Número de Boletín497
SecciónResoluciones
EmisorSUPERINTENDENCIA DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN - SUPERCOM
Miércoles 29 de mayo de 2019 – 15Registro Of‌i cial Nº 497
Productos absorbentes de higiene personal. - Aquellos
productos destinados a absorber o retener las secreciones,
excreciones y f‌l ujos íntimos en la higiene personal.
Producto de higiene doméstica. - Es aquella formulación
cuya función principal es remover la suciedad, desinfectar,
aromatizar el ambiente y propender el cuidado de
utensilios, objetos, ropas o áreas que posteriormente
estarán en contacto con el ser humano independiente de
su presentación comercial. Esta def‌i nición no incluye
aquellos productos cuya formulación tiene por función
principal el remover la suciedad, desinfectar y propender
el cuidado de la maquinaria e instalaciones industriales
y comerciales, centros educativos, hospitalarios, salud
pública y otros de uso en procesos industriales.
Término. - Se entenderá por término a los días hábiles o
laborables.
CAPÍTULO III
DE LAS ACTUALIZACIONES A LA
NOTIFICACIÓN SANITARIA OBLIGATORIA DE
PRODUCTOS COSMÉTICOS, PRODUCTOS DE
HIGIENE DOMÉSTICA Y ABSORBENTES DE
HIGIENE PERSONAL
Art. 4.- El titular de la NSO podrá realizar las siguientes
actualizaciones a la información contenida en el formulario
del producto, mediante una notif‌i cación de actualización a
la ARCSA, a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana:
TIPO DE ACTUALIZACIÓN
Cambio de subpartida arancelaria.
Correcciones tipográf‌i cas de la notif‌i cación sanitaria
obligatoria por parte del usuario.
Cambio de responsable técnico.
Cambio de representante legal.
Cambio de la dirección del titular de la notif‌i cación
sanitaria obligatoria (siempre y cuando sea el mismo).
Actualización de interpretación de código de lote o
sistema de codif‌i cación de lote.
Actualización del código de NSO acorde a resolución
1333.
Art. 5.- Para actualizar la información contenida en el
formulario que no tiene impacto en la calidad y seguridad
del producto cosmético, producto de higiene doméstica y
producto absorbente de higiene personal se debe seguir el
siguiente procedimiento:
1. El usuario ingresará a través de la Ventanilla Única
Ecuatoriana (VUE), utilizando el formulario de
solicitud de información de cambios de notif‌i cación
sanitaria obligatoria, correspondiente tanto para
productos de origen nacional como los de fabricación
extranjera;
2. En el formulario de solicitud, se debe detallar el tipo
de actualización que requiera efectuar, conforme lo
establecido en el artículo precedente;
3. El usuario escaneará e ingresará en la VUE todos los
documentos que respalden la actualización a realizar
en el formulario;
4. Una vez que el usuario ingrese el formulario de
solicitud y los documentos adjuntos, la Agencia
Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria
-ARCSA, o quien ejerza sus competencias, revisará
que esté acompañada de los requisitos exigidos en las
Decisiones Andinas vigentes y sus reformas;
5. En caso de que la documentación de la solicitud de
actualización no esté acompañada de los requisitos
exigidos en las Decisiones Andinas vigentes y
sus reformas, la ARCSA informará al interesado
los requisitos faltantes mismos que deberán ser
adjuntados por el solicitante en el término de cinco (5)
días, tomando en cuenta que solo se podrá realizar dos
rectif‌i caciones a la solicitud inicial, caso contrario se
dará por cancelado dicho proceso de forma def‌i nitiva
y tendrá que iniciar nuevamente el proceso.
DISPOSICIÓN FINAL
Encárguese de la ejecución y verif‌i cación de cumplimiento
de la presente resolución a la Coordinación General
Técnica de Certif‌i caciones a través de las Direcciones
correspondientes de la ARCSA, dentro del ámbito de sus
competencias.
La presente resolución entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en Registro
Of‌i cial.
Dado en la ciudad de Guayaquil, el 23 de abril de 2019.
f.) Ing. Juan Carlos Galarza Oleas, Msc., Director
Ejecutivo de la Agencia Nacional de Regulación, Control
y Vigilancia Sanitaria – ARCSA, Dr. Leopoldo Izquieta
Pérez.
No. SUPERCOM-2019-005
Econ. Juan Bernard Gambarrotti Rodríguez
SUPERINTENDENTE - LIQUIDADOR
SUPERINTENDENCIA DE LA
INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
Considerando:
del Ecuador, determina que: “Las superintendencias son
organismos técnicos de vigilancia, auditoría, intervención
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