Sustitutiva de organización y funcionamiento del Concejo Municipal

Fecha de publicación11 Mayo 2023
Número de Gaceta867
Jueves 11 de mayo de 2023Registro Ocial - Edición Especial Nº 867
67
Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal del Cantón Huaquillas
1
ORDENANZA SUSTITUTIVA DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
DEL CONCEJO MUNICIPAL DE HUAQUILLAS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales inciden en la vida social e
individual de miles de personas, por cuanto estas entidades son responsables de
brindar soluciones a los problemas ciudadanos cotidianos en materia de servicios
básicos y públicos, infraestructura física, ordenamiento urbano, entre otros. Siendo
este nivel de gobierno el más cercano a la población es necesario que los municipios se
consoliden marcando políticas públicas férreas cuyo único fin sea garantizar la calidad
de vida de los habitantes.
Indudablemente la modernidad y el desarrollo que los pueblos desean alcanzar, exige
cada vez más que los actos decisorios que emanan de los gobiernos municipales, fijen
positivamente el horizonte que debe seguir un municipio. La Constitución de la
República del Ecuador y el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización COOTAD en su artículo 7 reconoce a los concejos municipales, la
capacidad para dictar normas de carácter general a través de ordenanzas, acuerdos y
resoluciones, las mismas que además de ser expedidas, pueden ser reformadas o
derogadas para el cumplimiento de los fines y las funciones esenciales del ejecutivo y
del órgano legislativo.
Por lo que antecede, el presente proyecto ORDENANZA SUSTITUTIVA DE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE HUAQUILLAS,
tiene como finalidad profundizar el ejercicio de la autonomía y descentralización de la
Municipalidad de Huaquillas, así como afianzar los procesos y procedimientos de
legislación y fiscalización del Concejo Municipal, esto permitirá a sus autoridades
electas asumir sus competencias legalmente establecidas con responsabilidad social,
atendiendo y respetando los principios de equidad, transparencia y acceso a la
información pública, además de consolidar una lucha permanente contra la corrupción
que tanto aqueja a nuestra nación y que a través de la regulación de sus órganos e
instituciones puede ser oportunamente combatida.
Jueves 11 de mayo de 2023´ Edición Especial Nº 867 - Registro Ocial
68
Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal del Cantón Huaquillas
2
ORDENANZA SUSTITUTIVA DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
DEL CONCEJO MUNICIPAL DE HUAQUILLAS
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 2 del artículo 225 de la Constitución de la República del Ecuador
determina que el Sector Público comprende las entidades que integran el régimen
autónomo descentralizado, entre ellos los Gobiernos Autónomos
Descentralizados Municipales.
Que, el artículo 226 de la Ley Suprema señala que las instituciones del Estado, tales
como los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales, sus organismos,
dependencias, las servidoras o servidores públicos y todas las personas que
actúen en virtud de una potestad estatal, ejercerán solamente las competencias y
facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley.
Que, el artículo 227 de la Constitución indica que la Administración Pública constituye
un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia,
calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planificación, transparencia y evaluación.
Que, el artículo 238 de la Constitución establece que los Gobiernos Autónomos
Descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, y se
regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial,
integración y participación ciudadana. En ningún caso el ejercicio de la autonomía
permitirá la secesión del territorio nacional.
Que, el artículo 240 de la Norma Constitucional prescribe que los gobiernos autónomos
descentralizados de las regiones, distritos metropolitanos, provincias y cantones
tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones
territoriales.
Que, el inciso segundo del artículo 5 del Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización expresa que la autonomía política es la capacidad
de cada Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal para impulsar procesos
y formas de desarrollo acordes a la historia, cultura y características propias de
la circunscripción territorial. Se expresa en el pleno ejercicio de las facultades
normativas y ejecutivas sobre las competencias de su responsabilidad; las
facultades que de manera concurrente se vayan asumiendo; la capacidad de
emitir políticas públicas territoriales; la elección directa que los ciudadanos
hacen de sus autoridades mediante sufragio universal, directo y secreto; y, el
ejercicio de la participación ciudadana.
Que, el artículo 6 del COOTAD prevé que ninguna función del Estado ni autoridad
extraña, podrá interferir en la autonomía política, administrativa y financiera
propia de los Gobiernos Autónomos Descentralizados.
Jueves 11 de mayo de 2023Registro Ocial - Edición Especial Nº 867
69
Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal del Cantón Huaquillas
3
Que, el artículo 53 del COOTAD dispone que los gobiernos autónomos descentralizados
municipales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política,
administrativa y financiera. Estarán integrados por las funciones de participación
ciudadana; legislación y fiscalización; y, ejecutiva previstas en este Código, para
el ejercicio de las funciones y competencias que le corresponden.
Que, el inciso segundo, numeral 14 del artículo 264 de la Constitución de la República
del Ecuador determina que los Gobiernos Autónomos Descentralizados
Municipales en el ámbito de sus competencias y territorio, y en uso de sus
facultades, expedirán ordenanzas cantonales, disposición que guarda
concordancia con el artículo 7 del COOTAD que estipula que para el pleno
ejercicio de sus competencias y de las facultades que de manera concurrente
podrán asumir, se reconoce a los consejos regionales y provinciales, concejos
metropolitanos y municipales, la capacidad para dictar normas de carácter
general a través de ordenanzas, acuerdos y resoluciones, aplicables dentro de su
circunscripción territorial.
Que, es imperativo establecer procedimientos que permitan una programación
adecuada, un seguimiento y evaluación permanentes en la creación y aplicación
de los actos decisorios legislativos de la administración local; y,
En uso de las atribuciones que le confiere el artículo 240 de la Constitución de la
República del Ecuador, artículos 7, 57 literal a) y artículo 322 del Código Orgánico de
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.
EXPIDE:
ORDENANZA SUSTITUTIVA DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
DEL CONCEJO MUNICIPAL DE HUAQUILLAS
TÍTULO I
DEL CONCEJO MUNICIPAL
CAPÍTULO I
ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DEL CONCEJO MUNICIPAL
Art. 1.- Ámbito.- La presente Ordenanza aplicará para Los concejales, Secretarios o
Secretarias, Funcionarios, Servidores, y; Autoridades que integran el pleno y las
comisiones del Concejo Municipal del Cantón Huaquillas, así como para los ciudadanos
que participan en las sesiones ya sea en comisión general u ocupando la silla vacía de
conformidad con la Ley y la presente Ordenanza.
Art. 2.- Objeto.- La presente ordenanza tiene por objeto determinar y regular la
estructura, la organización, el funcionamiento del Concejo Municipal y de las
comisiones de trabajo, así como el procedimiento parlamentario de los actos decisorios

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR