Resoluciones CNAC-DP-003/2013. Resolución CNAC-DP-003/2013 - Expídese el Código de Ética

Número de Boletín94
SecciónResoluciones
EmisorConsejo Nacional de Aviación Civil
Fecha de la disposición16 de Septiembre de 2013

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL DE

AVIACIÓN CIVIL

Considerando:

Que, el numeral 4 del Art. 3 de la Constitución de la República del Ecuador, establece como deber primordial del Estado, garantizar la ética laica como sustento del quehacer público y el ordenamiento jurídico;

Que, el Art. 11.- El ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes principios: numeral 2 establece: Todas las personas son iguales y gozaran de los mismos derechos, deberes y oportunidades;

Que, el literal b) del Art. 52 de la Ley Orgánica del Servicio Público LOSEP, establece que las Unidades de Administración de Talento Humano, tienen la atribución de elaborar los proyectos de estatuto, normativa interna, manuales e indicadores de gestión de talento humano;

Que, el Art. 22.- De los Deberes de las o los servidores públicos de la LOSEP literal: a) establece; Respetar, cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República, leyes, reglamentos y más disposiciones expedidas de acuerdo con la Ley;

Que, la Codificación de la Ley de Aviación Civil, publicada en el Registro Oficial No. 435 de 11 de enero 2007, en su Art. 3 establece que el Consejo Nacional de Aviación Civil, CNAC, es una entidad autónoma de derecho público, con personería jurídica, cuyo Presidente es el representante legal, judicial y extrajudicial;

Que, mediante Decreto Ejecutivo N° 1440 de 22 de febrero de 2013, se designa al señor Economista Edison Reinaldo Calvachi Mantilla, como delegado del Presidente de la República ante el Consejo Nacional de Aviación Civil, quien lo presidirá;

Que, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 960 de 23 de mayo de 2013, se publica el Código de Ética para el Buen Vivir CEVB de la Función Ejecutiva; y,

En uso de las atribuciones que le confiere el Decreto Ejecutivo No. 1440 de 22 de febrero de 2013.

Resuelve:

EXPEDIR EL CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS

SERVIDORES/AS Y TRABAJADORES/AS DEL

CONSEJO NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

CAPITULO I Artículos 1 y 2

ÁMBITO Y OBJETIVO

Art. 1 Ámbito.- El presente Código de Ética es de aplicación obligatoria para todo el personal que labora en el Consejo Nacional de Aviacion Civil CNAC, bajo cualquier modalidad de vinculación a nivel nacional, todas las personas deberán cumplir y hacer cumplir el Código de Ética vigente.
Art. 2 Objeto.- Establecer y promover principios, valores, responsabilidades y compromisos éticos en relación a comportamientos y prácticas de los/as servidores/as y trabajadores/as del CNAC, para alcanzar los...

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