Resoluciones. Expídese el Código de Ética

Número de Boletín208
SecciónResoluciones
EmisorAgencia de Regulación y Control Minero-ARCOM
Fecha de la disposición15 de Octubre de 2013
CAPITULO I

FUNDAMENTACIÓN LEGAL

Considerando:

Que, la Constitución de la República del Ecuador en los artículos 3 numeral 4 establece como deber primordial del Estado, entre otros, el de "Garantizar la ética laica como sustento del quehacer público y el ordenamiento jurídico"; y numeral 8 establece "Garantizar a sus habitantes el derecho a una cultura de paz, a la seguridad integral y a vivir en una sociedad democrática y libre de corrupción."

Que, en el artículo 313 de la Constitución vigente, considera a los recursos naturales no renovables como sectores estratégicos, por lo cual el cumplimiento de la actividades asignadas a la Agencia de Regulación y Control Minero, implican un alto grado de complejidad, especialidad, y riesgo de trabajo;

Que, el artículo 8 de la Ley de Minería, publicada en el Suplemento Registro Oficial No. 517 de 29 de enero de 2009, crea la Agencia de Regulación y Control Minero, como institución de derecho público, con personería jurídica, autonomía administrativa, técnica, económica, financiera y patrimonio propio; adscrito al Ministerio Sectorial;

Que, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial N° 960 de 23 de mayo de 2013 se publica el Código de Ética para el Buen Vivir de la Función Ejecutiva, expedido por la Secretaria Nacional de Transparencia de Gestión.

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 122 publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 67 de 16 de noviembre del 2009, se integra el Directorio de la Agencia de Regulación y Control Minero;

Que, mediante el Acta N° 001-2013 y la acción de personal N° 191117 del 10 de junio de 2013, el Directorio de la ARCOM, nombra al Ing. Victor Hugo Narváez Baquerizo, como Director Ejecutivo.

Que, el art. 22 del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Agencia de Regulación y Control Minero, en el número II, letra a), determina que entre las atribuciones y responsabilidades del Director Ejecutivo está la "Dirección y administración de la Agencia de Regulación y Control Minero." El literal d) a su vez dispone "Representar legal y administrativamente a la Agencia de Regulación y Control Minero."

Que, la misión de la Agencia de Regulación y Control Minero es: Regular y Controlar a los titulares y beneficiarios de derechos mineros en el aprovechamiento racional, técnico, socialmente responsable y ambientalmente sustentable de los recursos naturales no renovables, enmarcados en normativa legal y ambiental vigente.

Que, la visión de la Agencia de Regulación y Control Minero es: Consolidar su presencia en el sector minero como el organismo estatal de regulación y control, caracterizado por altos niveles de efectividad y gestión transparente, propiciando la confianza de los inversionistas y coadyuvando al buen vivir de la comunidad.

Resuelve:

Expedir el Código de Ética, documento que reflejará la identidad cultural y de disciplina de la Agencia de Regulación y Control Minero, expresada en valores corporativos para el cumplimiento de su misión y visión, el cual fue elaborado con la participación activa de los y las servidoras.

CAPITULO II

FINALIDAD

La aplicación de un código de ética tiene como finalidad, transparentar la gestión de las y los servidores de la ARCOM para prevenir la corrupción, sustentado en valores, principios y normas, a todos aquellos actos en las labores diarias ejercidas en la institución.

CAPITULO III

PRINCIPIOS Y VALORES ETICOS

GENERALES

El personal que conforma la ARCOM, en todos los niveles, se caracterizará por desarrollar sus actividades en cumplimiento de los principios constitucionales y legales, bajo los siguientes principios y valores:

AUTOCRÍTICA: Ser capaz de reconocer los puntos débiles en el ejercicio profesional, nos fortalece, como servidores, servidoras, trabajadores, trabajadoras y como seres humanos. La autocrítica personal positiva nos permite aprender y crecer. No hacerlo nos mantiene estancados.

BUENA FE: Desempeñaremos las funciones con la convicción en cuanto a la verdad de un hecho o la rectitud de una conducta. La buena fe nos exige honestidad en la relación con las partes que intervienen en una gestión, proceso o acto. Observar, para ello, un comportamiento mesurado, sincero y coherente, motivado solamente por los valores y el deseo del bien común.

COLABORACIÓN: La acogemos como la disposición, apropiación y ejecución de acciones con el propósito de lograr un resultado conjunto. La colaboración produce un ambiente de enriquecimiento, respeto, apoyo y solidaridad. Colaborar es responsabilidad de todos, facilita el proceso de desarrollar la fortaleza interna institucional.

COMPROMISO: Compartir la misión y visión de la institución y orientamos las actuaciones personales hacia el logro de los objetivos institucionales. Reconocemos y asumimos como propias las orientaciones estratégicas de la ARCOM, dedicando nuestros mejores esfuerzos...

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