Resoluciones INMOBILIAR-SDTGB-2016-0001. Resolución INMOBILIAR-SDTGB-2016-0001 - Transfiérese de dominio el inmueble de propiedad de INMOBILIAR, ubicado en el cantón Quito, provincia de Pichincha, a favor de la Escuela Politécnica Nacional

Número de Boletín681
SecciónResoluciones
EmisorServicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público
Fecha de la disposición 5 de Enero de 2016

SUBDIRECTOR TÉCNICO DE GESTIÓN DE

BIENES DELEGADO DEL DIRECTOR GENERAL

DEL SERVICIO DE GESTIÓN INMOBILIARIA DEL

SECTOR PÚBLICO, INMOBILIAR (S)

Considerando:

Que el numeral 1 del artículo 3 establece como deber del Estado garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, en particular la educación, la salud, la alimentación, la seguridad social y el agua para sus habitantes.

Que el artículo 26 de la Constitución de la República del Ecuador determina que: "La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo".

Que el artículo 27 de la Constitución de la República del Ecuador dice: "La educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico, en el marco del respeto a los derechos humanos, al medio ambiente sustentable y a la democracia; será participativa, obligatoria, intercultural, democrática, incluyente y diversa, de calidad y calidez; impulsará la equidad de género, la justicia, la solidaridad y la paz; estimulará el sentido crítico, el arte y la cultura física, la iniciativa individual y comunitaria, y el desarrollo de competencias y capacidades para crear y trabajar.

La educación es indispensable para el conocimiento, el ejercicio de los derechos y la construcción de un país soberano, y constituye un eje estratégico para el desarrollo nacional".

Que el artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador reconoce y garantiza a las personas "El derecho a acceder a bienes y servicios públicos y privados de calidad, con eficiencia, eficacia y buen trato, así como a recibir información adecuada y veraz sobre su contenido y características".

Que el artículo 225 de la Constitución de la República del Ecuador establece: "Art. 225.- El sector público comprende: ...3. Los organismos y entidades creados por la Constitución o la ley para el ejercicio de la potestad estatal, para la prestación de servicios públicos o para desarrollar actividades económicas asumidas por el Estado...".

Que el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador manda que las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, los servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal "Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines".

Que el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador establece que: "La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación".

Que la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 277 determina que para la consecución del buen vivir, serán deberes generales del Estado, entre otros "Producir bienes, crear y mantener infraestructura y proveer servicios públicos".

Que el artículo 351 de la Constitución de la República del Ecuador establece que el Sistema de Educación Superior estará articulado al sistema nacional de educación y...

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