Resoluciones JB-2014-2950. Refórmase el Capítulo I 'De la gestión integral y control de riesgos', del Título X, Libro I de la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria

Número de Boletín273
SecciónResoluciones
EmisorJunta Bancaria del Ecuador
Fecha de la disposición 4 de Junio de 2014

LA JUNTA BANCARIA

Considerando:

Que en el título X "De la gestión y administración de riesgos", del libro I "Normas generales para la aplicación de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero" de la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria, consta el capítulo I "De la gestión integral y control de riesgos";

Que la disposición transitoria del citado capítulo I, establece que el auditor interno informará mensualmente al organismo de control, sobre el avance de la implantación del sistema de administración integral de riesgos, dentro de los plazos fijados en el manual de cada institución;

Que es necesario reformar dicha norma con el propósito de establecer como permanente la obligación del auditor interno de informar trimestralmente a la Superintendencia de Bancos y Seguros, sobre el cumplimiento del sistema de administración integral de riesgos; y,

En uso de la atribución legal que le otorga la letra b) del artículo 175 de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero.

Resuelve:

En el libro I "Normas generales para la aplicación de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero" de la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria, efectuar el siguiente cambio:

ARTÍCULO ÚNICO En el capítulo I "De la gestión integral y control de riesgos", del título X "De la gestión y administración de riesgos", efectuar las siguientes reformas:
  1. Incluir como artículo 20 el siguiente y renumerar los restantes:

    "ARTÍCULO 20.- Los auditores internos de las instituciones del sistema financiero tendrán la obligación de incluir en su...

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