Ordenanzas Municipales. Cantón Urdaneta: Para la creación de la Jefatura Técnica del Agua Potable, Saneamiento Ambiental y aplicación de la tarifa, y demás cobros del servicio de agua potable y saneamiento ambiental

Número de Boletín209-Primer Suplemento
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición14 de Agosto de 2013

EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN URDANETA

Considerando:

Que, el Concejo Municipal del Cantón Urdaneta, en sesión Ordinaria del 10 de Abril del 2013, fundamentado en el informe de la Dirección de Obras Publicas y del Síndico Municipal, resolvió derogar la Ordenanza de Constitución de la Empresa Municipal de Agua Potable y Saneamiento ambiental del Cantón Urdaneta EMAPSA-U".

Que, de acuerdo, al oficio 2013-0088-CSZ5-G remitido por el Gerente Sucursal Regional Zona 5 del Banco del Estado con fecha del 06 de marzo del 2013, es urgente que el GADMC-U disponga de la normativa que regule el cobro de las Tarifas de Agua Potable.

Que, de acuerdo al art. 264 numeral 4, de la Constitución de la República, es competencia exclusiva de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales, la prestación del servicio Público de Agua Potable, alcantarillado y saneamiento ambiental.

Que, de acuerdo al art. 55 literal d) del COOTAD, se ratifica la competencia del Servicio Público de Agua potable, de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales.

Que, de acuerdo a la estructura Orgánico Funcional, del nivel operativo del GADMCU, es necesario crear la JEFATURA TECNICA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO AMBIENTAL para la responsabilidad de operación y demás atribuciones de mantenimiento del Servicio de Agua Potable y Saneamiento Ambiental en el Cantón de Urdaneta.

Que, es necesario normar el proceso de facturación y recaudación de los servicios de Agua Potable y Saneamiento Ambiental, a cargo de la Jefatura creada para el efecto.

Que, se necesita normar el uso de Agua Potable, del sistema de Aguas Servidas, servicio que presta el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Urdaneta, a los usuarios, a fin de proveer de manera eficiente, eficaz, procurando proporcionar soluciones efectivas a las necesidades colectivas.

Que, es obligación precautelar los intereses ciudadanos y del GADMCU al comportamiento indebido de todas aquellas personas que atenten contra el normal funcionamiento e integridad de los servicios a cargo de la misma y con el fin de regular y racionalizar el consumo

Que, el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización (COOTAD) en su Art. 583, dispone la distribución del costo del alcantarillado, y el art. 584 determina la distribución del costo de construcción de la Red de Agua Potable, normativa legal que debe aplicarse en todo lo relacionado a la obra del sistema de agua potable fase 2, que se construya en el territorio establecido en el proyecto, dentro del Cantón Urdaneta.

El Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Urdaneta, en ejercicio de su atribución legislativa,

Expide:

LA ORDENANZA PARA LA CREACIÓN DE LA JEFATURA TÉCNICA DEL AGUA POTABLE, SANEAMIENTO AMBIENTAL Y APLICACIÓN DE LA TARIFA, Y DEMÁS COBROS DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO AMBIENTAL EN EL CANTON URDANETA.

CAPÍTULO I Artículos 1 y 2

DE LA JEFATURA TÉCNICA DE AGUA POTABLE

Y SANEAMIENTO AMBIENTAL.

Construirá las obras de infraestructuras que sean necesarias para la prestación de los servicios básicos y de saneamiento que contempla la Ordenanza constitutiva y les dará el mantenimiento y mejoramiento requeridos apropiados a todos los servicios a cargo de ella.

La Jefatura Técnica de Agua Potable y Saneamiento Ambiental, vigilará el cumplimiento de la presente ordenanza, los reglamentos y en los servicios que brinda la misma.

Servir de manera continua y eficaz, garantizando la potabilidad del Agua que suministra, hasta la caja del medidor de la conexión domiciliaria de la edificación que solicita el servicio, salvo circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, contingencia técnica, o, necesidad publica que hagan aconsejable restringir, regular o racionar el suministro y el uso del agua potable, no siéndole imputable responsabilidad ni reclamación de indemnización por daños y perjuicios derivados de esta situación.

Programar el servicio a quien lo solicite, siempre que se encuentre dentro del área de su jurisdicción, exista la factibilidad técnica y se suscriba el respectivo contrato de servicio, en el orden que fueron presentados, aprobados y pagados los derechos correspondientes. La Jefatura a través de su departamento elaborara un presupuesto detallando los materiales y mano de obra a emplearse.

Limitar los requerimientos a una sola conexión domiciliaria por predio, sean estos vivienda unifamiliar, comercios individuales, salvo el caso de propiedad horizontal o multi-familiar, centro comerciales de uso múltiple, en los que sea factible instalar medidores para cada usuario, previa inspección e informe de la Jefatura de Gestión Comercial.

Emitir mensualmente los comprobantes de pago por los servicios prestados a cada cliente y entregarlos en su domicilio con 10 días de anticipación a su vencimiento. En dichos comprobantes de pago, consignará las condiciones para la suspensión del servicio e incluirá en detalle los conceptos e importe de los servicios prestados.

Operar y mantener en condiciones adecuadas los sistemas que permiten prestar con oportunidad y eficiencia, los servicios del Municipio del Cantón Urdaneta.

Reglamentar la estructura departamental de la Jefatura de Agua Potable y saneamiento ambiental, el sustento financiero y presupuestario, las estadísticas variables e invariables, categorías, costos aproximados de operación, personal permanente y contratado, bienes muebles, número de usuarios, logística, procedimientos y demás, que tengan que ver con la existencia material de la Jefatura, y así ejecutar el cumplimiento de los fines de la Jefatura de Agua Potable y Saneamiento Ambiental del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Urdaneta.

Previo entrega y recepción, el GADMCU equipará y adecuará de todos los bienes y materiales obligatorios al Departamento de la Jefatura de Agua Potable y Saneamiento Ambiental. Los bienes utilizados para la prestación de estos servicios son de propiedad del Municipio del Cantón Urdaneta.

La Jefatura Técnica de Agua Potable y Saneamiento Ambiental, como dependencia Municipal, tendrá absoluta relación, comunicación coordinación y rendición de cuentas para con la Administración y el Concejo Municipal del Cantón Urdaneta, con la finalidad de propender al mejoramiento y desarrollo de sus fines, aspecto que deberá establecerse en el respectivo Reglamento.

DEL USO DEL AGUA POTABLE

Art. 1 Se declara de uso público, el agua potable del sistema que administra actualmente el Gobierno Autónomo descentralizado Municipal del Cantón Urdaneta, facultándose el aprovechamiento a los ciudadanos quienes se sujetaran a las disposiciones de la presente ordenanza.
Art. 2 El servicio de agua potable se concederá para uso residencial, comercial, público y privado, sin fines de lucro; de acuerdo a las normas de la presente ordenanza.

El cuerpo de Bomberos, de conformidad con la ley recibirá el servicio de Agua Potable sin costo, en caso de flagelo o emergencia.

CAPITULO II Artículos 3 a 5

MANERA DE OBTENER EL SERVICIO

Art. 3 Las personas naturales o jurídicas de derecho público o privado directamente o a través de un representante autorizado, que estén interesados en la instalación del servicio de agua potable, presentarán la respectiva solicitud a la Jefatura Técnica de Agua Potable y Saneamiento Ambiental, proporcionando los siguientes documentos:

Previo pago de tasa administrativa al Gobierno Municipal de Urdaneta se hará la solicitud, en la que conste el nombre del interesado.

Copia de cedula de identidad, copia del certificado de votación.

Copia de la escritura registrada y catastrada o certificado de legalización otorgado por la Dirección de Avalúos y Catastro.

La dirección domiciliaria y/o croquis que detalle la ubicación del predio donde se realizara la acometida correspondiente.

Certificado actualizado de no adeudar al Gobierno Municipal de Urdaneta, otorgado por la dirección financiera y.

Documentación con la cual la Dirección de Obras Publicas otorgará la factibilidad de instalación del servicio y la categoría correspondiente.

En el caso de personas Jurídicas, se deberá adjuntar además los siguientes requisitos:

- Copia de la Escritura de Constitución de la Cía.

- Copia del nombramiento inscrito del representante legal.

- Copia del RUC.

Art. 4

La jefatura Técnica de Agua Potable y Saneamiento Ambiental, aprobará la solicitud, y se realizará la liquidación del pago correspondiente, la misma que incluirá el costo del medidor y su instalación, tarifa por el servicio de agua potable, tasa por el servicio de alcantarillado si existiere y tasa por reparación y mantenimiento, de acuerdo a lo que establece el art. 27 de la presente ordenanza.

Art. 5 Las solicitudes para la conexión del Servicio de Agua Potable, tendrán validez o vigencia de un mes, contado a partir de la fecha de su aprobación, si no se efectuara el pago de los valores correspondientes a la liquidación dentro de ese lapso, el interesado deberá presentar una nueva solicitud con los costos actualizados.
CAPÍTULO III Artículo 6

SERVICIO PARA RÉGIMEN DE PROPIEDAD

HORIZONTAL

Art. 6 Para la dotación del servicio de Agua Potable en inmuebles sujetos a las disposiciones a la ley de Régimen de Propiedad Horizontal deberá presentarse los estudios y diseños de los sistemas de agua potable, para su aprobación por parte de la Jefatura de Agua Potable y Saneamiento Ambiental.

En edificaciones multifamiliares sujetas al régimen de propiedad horizontal, se deberá instalar un medidor para cada vivienda y adicionalmente otro de control general a la entrada del edificio.

En el caso de lotizaciones privadas, edificaciones multifamiliares, oficinas o locales comerciales con un solo ingreso y sin micro medición, la Jefatura Técnica emitirá...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR