Cantón Ventanas: Que reforma a la Ordenanza que reforma la Ordenanza de creación de la parroquia rural Chacarita

Número de Boletín293
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición15 de Noviembre de 2013

EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE VENTANAS

Considerando:

Que, la Parroquia Rural Chacarita, constitutiva del Cantón Ventanas de la Provincia de Los Ríos, se creó mediante Ordenanza Municipal, aprobada por el Concejo Municipal de Ventanas, y sancionada el 10 julio del 2009, sustentada en la Ley Orgánica de Régimen Municipal, la misma que no fue aprobada por el Ministerio de Gobierno, de conformidad con la normativa vigente, entonces.

Que, mediante Ordenanza de Reforma a la de creación de la Parroquia Rural Chacarita, expedida el 14 de abril del 2011 y publicada en el Registro Oficial N° 504 de fecha 2 de agosto de 2011, el Concejo Municipal de Ventanas, acogiéndose a las excepciones prescritas en el literal v) del Art. 57 del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización - COOTAD, modifica sus límites territoriales; designa la cabecera parroquial y se señala los recintos que lo integran.

Que, con la vigencia de la ordenanza reformatoria de creación de la Parroquia Rural Chacarita, los Organismos de Estado correspondientes, le reconocen jurídicamente como circunscripción territorial parroquial integrada al cantón Ventanas, constituida como Gobierno Autónomo Descentralizado.

Que, la Ley para la Fijación de Límites Territoriales Internos, publicada en el Registro Oficial N° 934 del 16 de abril del 2013, crea el Comité Nacional de Límites Internos (CONALI);

Que, el CONALI en cumplimiento a la Disposición Transitoria Décima Primera de la Ley para la Fijación de Límites Territoriales Internos, emitió el Informe de verificación del cumplimiento de los requisitos de delimitación física y de población, a la ordenanza de creación y delimitación de la parroquia rural Chacarita; exhortando al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Ventanas, la necesidad de realizar la delimitación física detallada de su territorio;

Que, las observaciones efectuadas por el CONALI han sido acogidas por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Ventanas, por considerarlas necesarias para el ejercicio de las competencias que por mandato constitucional y legal les fueron asignadas a los gobiernos autónomos descentralizados;

Que, el Concejo Municipal de Ventanas para actualizar la delimitación física de la Parroquia Rural Chacarita, ha socializado con el Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial y ciudadanos de esa circunscripción territorial; y,

En ejercicio de las atribuciones conferidas por la...

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