Resoluciones RPC-SO-02-No.035-2017. Resolución RPC-SO-02-No.035-2017 - Dese por conocida la 'Lista de Universidades y Escuelas Politécnicas del Sistema de Educación Superior que funcionan legalmente en el Ecuador'

Número de Boletín969
SecciónResoluciones
EmisorConsejo de Educación Superior
Jueves 23 de marzo de 2017 – 41Registro Of‌i cial Nº 969
No. RPC-SO-02-No.035-2017
EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR
Considerando:
del Ecuador, establece: “El sistema de educación superior
se regirá por: 1. Un organismo público de planif‌i cación,
regulación y coordinación interna del sistema y de
la relación entre sus distintos actores con la Función
Ejecutiva (…)”;
Que, el artículo 166 de la Ley Orgánica de Educación
Superior (LOES), dispone: “El Consejo de Educación
Superior es el organismo de derecho público con
personería jurídica, con patrimonio propio, independencia
administrativa, f‌i nanciera y operativa, que tiene por
objetivo la planif‌i cación, regulación y coordinación
interna del Sistema de Educación Superior, y la relación
entre sus distintos actores con la Función Ejecutiva y la
sociedad ecuatoriana (…)”;
Que, el artículo 134 de la LOES, determina: “La oferta
y ejecución de programas de educación superior es
atribución exclusiva de las instituciones legalmente
autorizadas. Se prohíbe el funcionamiento de instituciones
que impartan educación superior sean nacionales o
extranjeras, sin sujetarse a los procedimientos de creación
o aprobación establecidos en esta Ley. (…) El Consejo de
Educación Superior publicará la lista de las instituciones
del sistema de educación superior legalmente reconocidas,
y mantendrá actualizada esta información en un portal
electrónico”;
Que, a través de Resolución RCP.S20.No.331-08, de 28
de agosto de 2008, el ex Consejo Nacional de Educación
Superior (CONESUP), resolvió la suspensión de la
Universidad Jefferson;
Que, el Consejo de Evaluación, Acreditación y
Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior
(CEAACES), el 11 de abril de 2012, notif‌i có al Consejo de
Educación Superior (CES) las Resoluciones de suspensión
def‌i nitiva de catorce instituciones de educación superior,
en cumplimiento de lo establecido en la Disposición
Transitoria Tercera de la LOES;
Que, el 12 de abril de 2012, el CES en ejercicio de la
atribución contenida en el artículo 169, literal h) de
la LOES, resolvió aprobar la suspensión def‌i nitiva de
universidades y escuelas politécnicas, de conformidad con
lo dispuesto por el CEAACES;
Que, mediante Resolución 001-068-CEAACES-2013, de
31 de octubre de 2013, el CEAACES aprobó la suspensión
def‌i nitiva de la Universidad Intercultural de las Nacionales
y Pueblos Indígenas “Amawtay Wasi”, por no haber
superado los parámetros mínimos de calidad establecidos
por el referido Consejo;
Que, a través de Resolución RPC-SE-12-No.049-2013,
de 04 de noviembre de 2013, el Pleno del CES, aprobó
la suspensión def‌i nitiva de la Universidad Intercultural
de las Nacionales y Pueblos Indígenas “Amawtay Wasi”,
dispuesta por el CEAACES;
Que, mediante Resolución RPC-SO-04-No.050-2014, de
29 de enero de 2014, el Pleno del CES, resolvió: “Artículo
1.- Dar por conocida la “Lista de Universidades y
Escuelas Politécnicas del Sistema de Educación Superior
Legalmente Reconocidas” (…)”;
Que, el artículo 3 de la Ley Orgánica de Extinción de las
Universidades y Escuelas Politécnicas Suspendidas por
el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento
de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES) y
mecanismos para asegurar la ef‌i ciencia en la distribución
y uso de recursos públicos en el Sistema de Educación
Superior, publicada en el Segundo Suplemento del
Registro Of‌i cial 913, de 30 de diciembre de 2016, señala:
“De la extinción.- Extínganse en un plazo perentorio
de sesenta días a partir de la publicación de la presente
Ley en el Registro Of‌i cial las siguientes universidades
y escuelas politécnicas: Escuela Superior Politécnica
Ecológica Amazónica. Universidad Tecnológica
América. Escuela Superior Politécnica Ecológica
“Profesor Servio Tulio Montero Ludeña”. Universidad
Técnica Particular de Ciencias Ambientales “José
Peralta”. Universidad Tecnológica “San Antonio de
Machala”. Universidad Autónoma de Quito. Universidad
Cristiana Latinoamericana. Universidad “Alfredo
Pérez Guerrero”. Universitas Equatorialis. Universidad
Panamericana de Cuenca. Universidad “OG MANDINO”.
Universidad Interamericana del Ecuador. Universidad
Intercontinental.”;
Que, la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas
Politécnicas, luego de conocer la “Lista de Universidades
y Escuelas Politécnicas del Sistema de Educación Superior
que funcionan legalmente en el Ecuador”, presentada por
la Coordinación de Normativa del CES, mediante Acuerdo
ACU-CPUEP-SO-001-No.006-2017, decidió recomendar
al Pleno del Consejo de Educación Superior actualizar
la “Lista de Universidades y Escuelas Politécnicas del
Sistema de Educación Superior que funcionan legalmente
en el Ecuador”, para su publicación en el portal electrónico
del CES; y,
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i ere la Ley
Orgánica de Educación Superior,

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