Acuerdos. 0000003 Dispónese el cierre del Consulado del Ecuador en Mumbai, República de La India

Número de Boletín411
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana
Martes 22 de enero de 2019 – 7Registro Of‌i cial Nº 411
Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición,
sin perjuicio de la publicación de un extracto del mismo
en el Registro Of‌i cial. Notifíquese su contenido a la
organización social Asociación de Ex Integrantes del
Grupo de Bastoneras del Colegio 24 de Mayo (ASEB24).
Del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo,
encárguese la Coordinación General Jurídica.
Comuníquese y publíquese.
Dado en la ciudad de Quito Distrito Metropolitano, a los
20 días del mes noviembre del 2018.
f.) Raúl Pérez Torres, Ministro de Cultura y Patrimonio.
MINISTERIO DE CULTURA Y PATRIMONIO.- Fiel
copia del original.- f.) Ilegible, Documentación y Archivo.
No. 0000003
EL MINISTRO DE RELACIONES
EXTERIORES Y MOVILIDAD HUMANA
Considerando:
Que el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República del Ecuador, prescribe: “A las ministras
y ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la
rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión (…)”;
del Ecuador, señala: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias y
facultades que les sean atribuidas en la Constitución y
la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para
el cumplimiento de sus f‌i nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
prescribe: “(…) Como órgano inmediato al Jefe del
Estado, corresponde al Ministro de Relaciones Exteriores
colaborar directamente con el Jefe del Estado en la
formulación de la política internacional y ejecutarla. El
Ministro es, además, el jefe directo del Servicio Exterior”;
Que el artículo 4 de la Ley Orgánica Ibídem, dispone: “El
Ministerio de Relaciones Exteriores, bajo la dirección
directa del Ministro, es el órgano central que orienta,
dirige y coordina el trabajo de las misiones diplomáticas
y de las of‌i cinas consulares. (…)”;
Que el artículo 7 de la Ley Orgánica ibídem, dispone: “El
Ministro de Relaciones Exteriores expedirá las normas,
acuerdos y resoluciones del Ministerio, el de las misiones
diplomáticas y el de las of‌i cinas consulares”;
Que a través de Acuerdo Ministerial Nro. 000114 de 28 de
diciembre de 2011, la máxima autoridad acordó la apertura
del Consulado del Ecuador en Mumbai, con jurisdicción
en los estados de Gujarat, Maharashtra, Goa, Karnataka,
Kerala, Tamilnaddu y Andhra Pradesh, a partir de enero
del 2012;
Que con Acuerdo Ministerial No. 000123, de 22 de
septiembre de 2014, el Ministro de Relaciones Exteriores
y Movilidad Humana, de ese entonces, expidió la norma
para “Establecer la Categorización de las Of‌i cinas
Consulares del Ecuador en el Exterior”;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 135, de 1 de
septiembre de 2017, publicado en el Suplemento del
Registro Of‌i cial No. 76, de 23 de octubre de 2017, el
Presidente de la República Lcdo. Lenín Moreno Garcés,
decretó “Las Normas de Optimización y Austeridad del
Gasto –Público”, aplicables a los gastos de personal,
bienes y servicios;
Que el artículo 10, número 1.1.1, del Estatuto Orgánico
de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio
de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, expedido
mediante Acuerdo Ministerial No. 40, de 2 de mayo de
2017, establece entre las atribuciones y responsabilidades
del Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad
Humana, las siguientes: “(…) e) Emitir lineamientos y
dirigir la gestión del Ministerio de Relaciones Exteriores
y Movilidad Humana con sus respectivos procesos a
nivel central y desconcentrado, así como las misiones
diplomáticas, representaciones permanentes, of‌i cinas
comerciales y consulares”;
Que con Acuerdo Ministerial Nro. 00181, de 6 de
junio de 2018, el Ministro de Relaciones Exteriores y
Movilidad Humana, Subrogante, ratif‌i có la aprobación e
implementación de la Plantilla Óptima de Personal de las
Misiones Diplomáticas y Of‌i cinas Consulares; y,
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i ere el numeral
del Ecuador, en concordancia con el artículo 7 de la
del artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva,
Acuerda:
ARTÍCULO PRIMERO.- Disponer el cierre del
Consulado del Ecuador en Mumbai, República de La India,
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