Acuerdos. 000197 Deléguese al Subsecretario de América del Norte y Europa, Embajador Augusto Alejandro Saá Corriere como delegado permanente del Ministerio, para que integre el Comité Técnico Estratégico de Promoción y Atracción de Inversiones “CEPAI”; y, al Subsecretario de América Latina y El Caribe, Embajador MauricioEfraín Baus Palacios, como delegado alterno

Número de Boletín303
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana
28 – Lunes 13 de agosto de 2018 Registro Of‌i cial Nº 303
Que, con Decreto Ejecutivo N° 64, de 6 de julio de
2017, se incluye al Ministerio a cargo de las relaciones
exteriores, y al Ministerio a cargo de los hidrocarburos, en
la integración del Comité de Comercio Exterior (COMEX),
previsto en el literal k) del artículo 71 del Código Orgánico
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i ere el numeral
los artículos 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva;
Acuerda:
ARTÍCULO PRIMERO.- Delegar al Subsecretario
de América del Norte y Europa, Embajador Augusto
Alejandro Saá Corriere, para que a nombre del Ministerio
de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, integre
el Comité de Comercio Exterior “COMEX”; y, al y al
Embajador Mauricio Efraín Baus Palacios, Subsecretario
de América Latina y El Caribe, como delegado alterno.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El delegado ejercerá
las facultades previstas en el Código Orgánico de la
normativa pertinente, para el funcionamiento del Comité de
Comercio Exterior; en consecuencia, suscribirá las actas,
acuerdos, resoluciones y más documentos que se generen
en dicho cuerpo colegiado.
ARTÍCULO TERCERO.- El delegado informará
permanentemente al titular de esta Cartera de Estado, de las
acciones realizadas en ejercicio de la presente delegación.
ARTÍCULO CUARTO.- Designar al Primer Secretario
del Servicio Exterior, Pablo Agustín Escobar Ullauri, como
técnico especializado, en representación de esta Cartera
de Estado, dentro del Comité Técnico Interinstitucional
“CTI” del Comité de Comercio Exterior “COMEX”. De
igual manera, informará permanentemente de las gestiones
realizadas en el marco de la presente delegación.
ARTÍCULO QUINTO.- El presente Acuerdo entrará
en vigor a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Of‌i cial, de lo cual se encargará la
Dirección de Gestión Documental y Archivo.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA.- Se deroga el
Acuerdo Ministerial No. 60, de 18 de julio de 2017 y
cualquier otra disposición que se oponga al presente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Quito Distrito Metropolitano a, 22 de junio de
2018.
f.) José Valencia, Ministro de Relaciones Exteriores y
Movilidad Humana.
REPÚBLICA DEL ECUADOR
MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y MOVILIDAD HUMANA
RAZÓN.- Siento por tal que la una (01) foja, que antecede,
es copia del Acuerdo Ministerial No. 000196, del 22 de
junio de 2018, conforme el siguiente detalle fojas: 1, es
copia original, documentos que reposa en la DIRECCIÓN
DE GESTIÓN DOCUMENTAL Y ARCHIVO.- LO
CERTIFICO.
Quito, D.M. 17 de julio de 2018.
f.) Dr. Andrés Fernando Hidalgo Bautista, Director de
Gestión Documental y Archivo.
OBSERVACIÓN: Esta Dirección de Gestión Documental
y Archivo del Ministerio de Relaciones Exteriores y
Movilidad Humana no se responsabiliza por el estado
y la veracidad de los documentos presentados para la
certif‌i cación por parte de la Dirección que los custodia,
y que puedan inducir a equivocación o error, así como
tampoco por el uso doloso o fraudulento que se pueda hacer
de los documentos certif‌i cados.
No. 000197
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y
MOVILIDAD HUMANA
Considerando:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República del Ecuador, prescribe: “A las ministras
y ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la
rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión”;
del Ecuador, determina: “La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planif‌i cación, transparencia y evaluación”;
señala: “El Ministro de Relaciones Exteriores expedirá las
normas, acuerdos y resoluciones del Ministerio, el de las
misiones diplomáticas y el de las of‌i cinas consulares”;
Que, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico
y Administrativo de la Función Ejecutiva (ERJAFE),
prescribe: “(…) Los Ministros de Estado, dentro de la
esfera de su competencia, podrán delegar sus atribuciones
y deberes al funcionario inferior jerárquico de sus
respectivos Ministerios (…)”;
Que, el artículo 55 del Estatuto ibídem, dispone: “Las
atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades
de la Administración Pública Central e Institucional,
serán delegables en las autoridades u órganos de inferior
jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por
Ley o por Decreto (…)”;
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